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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo II (1818-1819).djvu/85

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SESlON DE 19 DE NOVIEMBRE DE 1818

bajo la protesta que las despacharé en breves dias, como lo deseo. —Dios guard e a US. muchos años. —Casa de Moneda, Noviembre 19 de 1818. —José Santiago Portales. —Señor Secretario del Excmo. Senado, don José María Villarreal.


Núm. 103

Excmo. Señor:

Se ha visto por el Senado la nota de V.E. de 18 del presente relativa a que se reforme un decreto del Supremo Gobierno Delegado, del año próximo pasado de 1817, en el que se autorizó al Gobierno de Intendencia con el grado de Coronel de Ejército; i examinados los fundamentos i reflexiones en que V.E. apoya aquella solicitud, se ha acordado que en el caso que los Gobernadores de Provincia en el Estado sean militares, lo sirva cada uno con el grado que tenga, i recayendo en paisanos sea sin distintivo alguno militar, temporal ni perpétuo. Su despacho i comisiones solo son en lo político: una Comandancia de Armas desempeña los cargos militares. Así podria V.E. mandarlo publicar, quedando derogadas las anteriores resoluciones. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Noviembre 19 de 1818. —Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 104

Excmo. Señor:

Ha visto el Senado en la Gaceta Ministerial la comision que tiene don N. Cárdenas para proveer de víveres al Ejército en su tránsito i espedicion del Sud. Esta es la mas delicada i que debia servirse por sujetos de la mejor conducta i opinion pública. V.E., penetrado de los males que el público esperimenta comunmente por iguales empleados, ha querido ponerles sus trabas en los reglamentos para el mejor órden i desempeño; pero nada aprovecha si no se observan, como está sucediendo; i aun cuando no se desviara aquel interesado un punto de ellas, solo su presencia aterraria i espantaria a algunas jentes que han esperimentado otras ocasiones sus inícuos procedimientos. V.E. conoce bien estos males i sus tristes resultas, que ya ha sentido el Estado. Es necesario proveer en tiempo de remedio, sin que pueda embarazarlo ninguna contrata con que esté ligado el Gobierno, pues podrá correr sin perjuicio que se sirva por otro sujeto que sea de concepto i opinion pública i de la satisfaccion de V.E. El Senado, que vela por el bien jeneral, i por el honor i mejor opinion de V.E., hace esta mocion i espera el remedio oportuno. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Noviembre 19 de 1818. —Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 105

Necesita el Senado una razon puntual de todas las boca-tomas que salen del rio Mapocho, desde su nacimiento hasta su término, con designacion de los sujetos, dueños o interesados a ellas. En el dia, noticioso Ud. de sus tenientes, la pasará al Senado para tomar las providencias que tiene acordadas. —Dios guarde a Ud. —Santiago, Noviembre 19 de 1818. —Señor Rejidor Juez de Aguas.