Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo IV (1820).djvu/473

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
472
SENADO CONSERVADOR

tevideo, dirijidas a confidentes suyos de esta capital en que, como preliminares de la subversion del actual Gobierno con que amenaza, les encarga asesinar a las primeras autoridades civiles i militares del Estado.

Aunque en materia de alta traicion, i que dicen tendencia al trastorno total del mismo Estado, parece no admite duda que el jefe Supremo tiene toda la autoridad necesaria para proceder contra sus atentadores; he tenido por conveniente detenerme en el citado juicio, en consideracion a los artículos 2.º i 8.º, capítulo 1.º, título 4.º de la Constitucion Nacional, cuyo contexto suena a limitar las funciones de la autoridad suprema para su conocimiento, i exije trámites estensos en las dilijencias que deben servir para la averiguacion en estos delitos.

Estas disposiciones solo deben obrar en los juicios criminales comunes i ordinarios, i de ninguna manera en los de alta traicion. En todos los países i por las lejislaciones mas moderadas, se puede i debe en ello jirar por trámites sumarísimos, sin sujecion a las ritualidades jenerales. De otra suerte, se espondria al Estado a un contraste capaz de conducirlo a su ruina i jamás se podria cumplir con lo prevenido en el artículo 16 del citado título i capítulo.

Conviene, pues, que entretanto se hace una declaracion que sirva de regla para lo sucesivo, tenga V.E. la bondad de acordar, que este Supremo Gobierno puede proceder en la secuela de esta causa con una omnímoda facultad, a fin de precaver los indicados riesgos, i avisarme su deliberacion con la prontitud que exije la gravedad de la materia. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial de Santiago de Chile, 16 de Noviembre de 1818. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado del Estado.


Núm. 631

Luego que recibí la nota de V.E., fecha 23 del actual, inculcando sobre el nombramiento de dos ordenanzas para el servicio de esa honorable corporacion, impartí la conveniente orden al jefe del estado mayor jeneral, para que destine al efecto indicado dos soldados veteranos, quienes, dados de baja en el cuerpo a que pertenecen, pasarán revista en lo sucesivo en la compañía de plaza para el abono de sus sueldos, i recibirán igualmente un vestuario completo. Con lo que tengo el honor de contestar a la nota de V.E. ya citada. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial en Santiago, Octubre 25 de 1820. —Bernardo O'Higgins. —José Ignacio Zenteno. —Excmo Senado.

viembre de 1818 i discutido su contenido, fué contestado por el Senado con el documento número 94 del T.II. No lo encontramos a tiempo para incluirlo en aquel tomo, i lo agregamos a esta sesion por haberse tratado también en ella de don José Miguel Carrera, (Nota del Recopilador.)


Núm. 632

Excmo. Señor:

Devuelvo a V.E. la representacion del Tribunal del Consulado con el informe del Mayor de Cuentas, demostrativo de cuarenta i ocho mil trescientos pesos que pierde anualmente el Estado, en beneficio de las consignaciones a ciudadanos chilenos, bajo el cálculo prudencial de enterarse tres millones i medio por el estranjero. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial, Octubre 25 de 1820. —Bernardo O'Higgins. —Dr. José Antonio Rodrigues. —Excelentísimo Senado.


Núm. 633

Excmo. Señor:

Tengo el honor de acompañar a V.E. el adjunto espediente, en fojas 86 útiles, seguido sobre el contrabando de unos añiles, el que V.E. se sirve pedirme en nota de 23 del corriente, que contesto con la mas distinguida consideracion. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial, Octubre 26 de 1820. —Bernardo O'Higgins. —Dr. José Antonio Rodríguez. —Excmo. Senado.


Núm. 634

Excmo. Señor:

Con la mas alta consideracion, paso a manos de V.E. el adjunto espediente obrado en la distribucion del comiso de añiles, de que hace referencia el acuerdo de V.E., fecha 11 del corriente, que tengo la honra de contestar. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial, Octubre 26 de 1820. —Bernardo O'Higgins. —Dr. José Antonio Rodríguez. —Excmo. Senado.


Núm. 635

Importan por avalúo los efectos comisados a don Juan Reid, tercer piloto de la fragata Oak

$353
Almojarifazgo a 29% 102. 3

Alcabala a 10% 35.

Subvencion a 1¼% 5.

Impuesto a ½% 1. 6 144.




$ 208.2 ¼
Derechos del escribano, por no tener sueldo

9.1 ½



$199. ¾