▼te, con fecha 31 de Enero del presente año, lo que sigue:
"Serena, 31 de Enero de 1824. —Visto el antecedente informe, se declara: que no teniendo los mazos de tabaco las doce onzas cada uno, que señala la tarifa, debe deducirse el derecho a razon de veinte pesos quintal, como tabaco en rama, lo que tendrán presente los Ministros para otras ocurrencias iguales a la presente, que se hará saber al interesado para su intelijencia. —Pinto. —Rodríguez. —Peña."
Lo ponemos en conocimiento de Uds. por exijirlo así la obligacion i desempeño de nuestro ministerio. —Dios guarde a Uds. muchos años. —▼Aduana de Coquimbo i Febrero 28 de 1824. —Custodio de Amenábar. —Antonio Cordovez. —Señores de la ▼Inspeccion Jeneral de Hacienda del Estado de Chile.
Núm. 337
▼Excmo. Señor:
Por el adjunto oficio i presupuesto del gobernador de Valparaíso, que acabamos de recibir i acompañamos a V. E., reconocerá la urjencia con que deben contribuirse varios de los artículos que se piden para la refaccion de la fragata O'Higgins; pero, como el feriado de mañana i pasado i los trámites que necesariamente habrá de seguir el Supremo Gobierno hasta obtener la órden del Senado para su entrega, entorpecería su refaccion con la ceieridad que desea el Supremo Gobierno, hemos tenido a bien consultar privadamente a V. E. si será conveniente que, ínterin el Supremo Gobierno consigue la espresada órden, se faciliten por nuestro comisionado en Valparaíso dichos artículos, a fin de que, por su demora, no se perjudiquen las miras del Supremo Gobierno. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago i Abril 3 de 1824. —▼Domingo Eyzaguirre. —▼Francisco Javier de Errázuriz. —Excmo. Señor Presidente del ▼Senado Conservador de la República.
Núm. 333
▼Tengo la satisfaccion de pasar a Uds., en estracto, el presupuesto de lo que se ha menester para la carena de la fragata O'Higgins i debe proporcionarse del ▼empréstito de Londres, cuyo documento orijinal paso igualmente con esta fecha al Ministerio de Marina para el conocimiento de S. E., el señor Director Supremo; pero debo encarecerá Uds. que el cobre, lonas e hilo para coser velas son artículos urjentísimos i es preciso se dé órden en el dia al comisionado para que los facilite, porque de otro modo se paraliza la obra de la carena en un tiempo tan avanzado en que perjudican los momentos; teniendo el mayor placer en contestar a la distinguida comunicacion de Uds., del 25 próximo pasado Marzo. —Dios guarde a Uds. muchos años. —Gobierno de Valparaíso, Abril 2 de 1824. —▼José Ignacio Zenteno. —Señores Directores de la ▼Caja Nacional de Descuentos.
Núm. 339
Piezas de lona | Número de las piezas | N.°1 | N.°2 | N.°3 | N.°4 | N.°5 | N.°6 | N.°7 | Suma de las piezas | Libras de hilo |
54 | 36 | 10 | 50 | 38 | 16 | 22 | 226 | 238 |
Jarcias | Piezas | Menas | 15 | 13 | 11 | 9 | 8 | 7 | 6½ | 6 | 5½ | 5 | 4½ | 4 | 3½ | 3 | 2½ | 2 | 1½ | Suma de las piezas |
Núm. de las piezas |
1 | 1 | 1 | 4 | 1 | 6 | 2 | 4 | 2 | 5 | 6 | 4 | 10 | 11 | 10 | 13 | 3 | 82 |
Dos cables de cáñamo, de i 20 brazas i 20 pulgadas; 2 calabrotes, de 120 brazas 11 pulgadas i guindaleza para estacha, de 120 brazas i de 8 pulgadas; i cable de cadenas, de 120 brazas i de 20 líneas; i ancla de 44 quintales; i anclote de 16 quintales; i id. de 12.