Ir al contenido

Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo IX (1824).djvu/311

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
307
SESION DE 10 DE ABRIL DE 1824
SENADO CONSERVADOR
SESION 63, EN 30 DE ABRIL DE 1824
PRESIDENCIA DE DON AGUSTIN DE EYZAGUIRRE


SUMARIO. —Cuenta. —Aprobación del acta precedente. —Voto del señor Ruiz Tagle sobre el sueldo del secretario de la Legación chilena en Europa. —Nombramiento de don Mariano de Egaña para Ministro de Chile en Europa. —Quorum para formar sala. —Proyecto de almacenes francos. —Suspensión i enjuiciamiento del gobernador de Talca. —Instrucciones dadas al Plenipotenciario de Chile en Europa i oficio dirijido al Gobierno español. —Acta. —Anexos.


CUENTA

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que el Supremo Director Delegado insiste en su opinion de que no se viola el artículo 25 de la Constitución, saliendo de Chile en comision un Ministro de Estado, i agrega que el nombrado para la Plenipotencia de Lóndres ha rendido fianza de residencia a satisfacción del Gobierno. (Anexo núm. 472. V . sesión del 26.)
  2. De otro oficio en que el mismo Majistrado comunica tener fundados motivos para creer que el rejidor de Talca don José Antonio Rivera, tomó parte activa en la revolución de aquel pueblo i propone suspender hasta obtener mas datos todo procedimiento contra el gobernador. (Anexo número 473. V . sesión del 26.)
  3. De una esposicion que el señor senador don Francisco Ruiz Tagle presenta para que se inserte en el acta de la sesión del 29, de las razones por qué salvó su voto en el acuerdo relativo al sueldo del secretario de la Legación de Chile en Europa. ( V. sesión del 29.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Declarar inadmisible la inserción en el acta de la esposicion del señor Ruiz Tagle, i que se salve su voto nominalmente i se le dé certificado si lo pide.
  2. Archivar el oficio del Gobierno sobre el nombramiento de don Mariano de Egaña para Ministro de Chile en Europa. ( V. sesión del 22 de Diciembre de 1824.)
  3. Declarar que mientras el número de senadores no suba de siete, cuatro bastan a formar 1 quorum. ( V. sesión del 4 de Marzo de 1825.)
  4. Sobre el proyecto de establecer almacenes francos, que informe en dos dias la Contaduría Mayor i fecho la Inspección