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SENADO CONSERVADOR
  1. su independencia, debe conceder libertad absoluta de derechos a ninguna nación, porque esto seria ciertamente reducirnos a un estado de nulidad que baria revivir las pretensiones de la España o de cualquier otro Gobierno. Seguramente nuestro Erario se aniquilaría en aquel caso; los productos de aduanas forman sus principales ingresos i a una sola que se concediesen aquéllos, las demás tendrían la habilidad de aprovecharse de este permiso para hacer sus introducciones como propiedades de la nación predilecta, i sumerjirnos en la mas horrorosa miseria.
  1. Que es de nuestro interes concibamos aun a costa de sacrificios la amistad i protección de la Inglaterra i Norte América, por una consecuencia de los mismos principios que se han desenvuelto; cuidando en todo caso de que las concesiones que se hagan a una de estas naciones, no exciten celos í resentimientos en la otra. A la primera podemos lisonjear haciéndole una moderada rebaja de derechos en sus importaciones. A la segunda podemos ofrecer esta misma gracia, i nuestros auxilios pecuniarios, bajo la suposición que, siendo esta República nuestra aliada natural, i conviniendo sus ideas con los principios políticos que hemos proclamado, no será difícil captarnos su decidida protección, presentándole tan poderosos incentivos. En todo caso será siempre la obra jefe de nuestra política evitar el choque de los intereses de estas dos naciones.
  2. Que cualquier sacrificio que haga Chile con el objeto indicado en el artículo anterior, jamas debe ser instantáneo, para que el interes permanente de estas naciones las conserve siempre ligadas a los nuestros i siempre consecuentes a la amistad i protección que nos dispensen por medio del resorte mas poderoso que mueven las naciones en sus designios políticos.



Núm. 104


Bases para las instrucciones que ha de comunicar el Gobierno al Enviado cerca de las Córtes de Europa, don Antonio José de Irisarri.


Debe ante todo suponerse que el único medio que parece al Gobierno puede ser eficaz para terminar la guerra de la Independencia i asegurar la libertad i suerte de los Estados de América, es llevar adelante i venciendo cualquier clase de obstáculos, el plan de que los nuevos Gobiernos hablen a la España i a los demás Gobiernos europeos, reunidos i formando una sola voz. Es manifiesta la diferencia que hai entre hacer uno solo de estos Estados proposiciones aisladas i acaso contradichas por los otros, a hacerlas de consuno i con toda la respetabilidad e importancia que deben dar la opinion i voz reunida de medio mundo, Por otra parte, el Ministerio nunca dejará de repetir que las proposiciones aisladas deben causar mas daño que ventaja, porque los Estados mas débiles se anticiparán a ofrecer partidos ventajosos a la España, i ruinosos tal vez al resto de América, i obligarán por consiguiente, a los Estados que se hallan en mejor pié a entrar por negociaciones perjudiciales, o que jamas habrian admitido sino necesitados por el abandono de sus demás aliados naturales. La reunión de las nuevas naciones llama la atención délos Gobiernos europeos sobre un todo fuerte i poderoso, donde los Estados débiles no temen el conocimiento de su poca fuerza cuando se consideran pertenecer a una masa robusta i grande que naturalmente ha de inspirar respeto. Por fortuna no hai que temer entre estos nuevos Estados pretensiones encontradas, porque ellos respecto de los Gobiernos europeos no tienen diversos intereses i sus deseos i conveniencias son unos mismos iguales para todos: el reconocimiento de la Independencia i la consiguiente terminación de la guerra. Debe también asentarse que no es probable que el Gabinete de Madrid, ni algún otro europeo haga proposiciones solo a Chile u a otro Estado aislado de América, sino que ellas deben ser jenerales a todos los países revolucionados.

Atendidas las comunicaciones de los ajentes de Chile en Europa, de 8 de Mayo i 3 de Junio, de que está instruido el Senado, (i en que conviene también instruir a los Gobiernos aliados) presuponiendo siempre la necesidad de que las negociaciones se hagan de común acuerdo, en la intelijencia de que, siendo unos mismos los intereses comunes, convendrían en unas mismas instrucciones, el Ministerio de Chile opina, que deberían dictarse las siguientes, haciéndonos cargo de las circunstancias políticas de América i Europa, i de las intenciones de estos Gabinetes, que consideraríamos bajo estos tres respectos:

  1. Que se insistiese en las proposiciones hechas al señor Irisarri por Mr. Cock, i que se creen formadas de acuerdo con el Ministro Caning.
  2. Que se tratase de obligar a los nuevos Estados americanos a recibir soberanos de alguna dinastía europea.
  3. Que la Santa Alianza hubiese resuelto sojuzgar a la América, ya fuese para que volviese a la dominación española o para que se distribuyese su territorio entre algunas potencias.

En el primer caso, las proposiciones parecen admisibles, obligándose Chile, en cuanto a la primera, a contribuir por su justo rateo entre los demás Estados, i con consideración a la decacencia actual del país, al gravamen del empréstito estranjero i nacional que le recarga, a su pobreza comparado con los otros Estados i a que todo el territorio de Chile eslá libre, incluso Chiloé, dentro de tres meses, i que por lo mismo no hai compensación que dar a los españoles por el territorio, plazas i armamentos que pierden; el rateo se debería verificar en esta forma: