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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo I (1810-1814).djvu/212

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CONGRESO NACIONAL DE 1811

cosa que reproducir el clamor jeneral. Los chilenos ocurrieron a ella por su proteccion i por su voz activa. Basta esto para la lejitimidad de la obra. Pero la junta, excediendo los deberes de toda lejislacion pública como en cada individuo de su sociedad reconoce un hermano i un hijo, los provoca a que adviertan la mas reforma que apetezcan. Sus representaciones serán oidas i atendidas, i nada desea como sus advertencias Alentaos, buenos patriotas. Ciudadanos juiciosos, ayudad a nuestra rejeneracion. La virtud tendrá desde hoi proteccion, como abominacion i perseguimiento el vicio, la intriga i el egoismo. Perecerán nuestros enemigos. El espíritu público i las prendas sociales presidirán las asambleas, i serán el resorte de los movimientos políticos. Entónces solo tiene lugar el hombre en el trono del heroismo, cuando en tan altas prerrogativas sabe elevar su sér arrancándolo del despreciable seno de los antipatriotas, de las almas bajas i de la apatía de los corazones tibios, perezosos, ineptos. A la obra, grandes chilenos. Resolucion i firmeza. —Publíquese por bando. —Santiago i diciembre 2 de 1811. —Carrera. —Doctor Echeverría. —Doctor Hipólito de Villegas. —Pedro Ramon de Arriagada. —Manuel Valdes. —Juan Estéban Fernandes de Manzanos. —Antonio Urrutia. —Doctor Juan Pablo Fretes. —Doctor Juan Francisco De la Barra. —Doctor Josè Silvestre Lazo. —Josè Marìa de Rozas.