nes el dia primero de mayo. Cada uno traerá consigo testimonio auténtico de su nombramiento, que presentará a la junta, i ademas un poder jeneral del ▼cabildo i electores, en que, haciéndose relacion de su eleccion i providencias que la han motivado, se le confiera con libre i jeneral administracion para desempeñar las augustas funcion es de su nombramiento, i para resolver i acordar sobre todo lo que se proponga en el Congreso, obligándose, porsí i a nombre de todos los vecinos, a tener por válido, obedecer i cumplir lo que con los demas diputados hicieren i resolvieren.
Sáquense prontamente los correspondientes testimonios, i remítanse en primera oportunidad a los subdelegados i cabildos que tengan parte en su cumplimiento, con encargo que procedan a verificar las elecciones con la mayor anticipacion posible. —Santiago i diciembre 15 de 1810. —▼El conde de la Conquista. —▼Fernando Márquez de la Plata. —Dr. ▼Juan Martinez de Rozas. —▼Ignacio de la Carrera. —Francisco Javier de Reina. —▼Juan Enrique Rosales. —Dr. ▼José Gregorio de Argomedo, secretario. —Agustin Diaz, escribano de gobierno.
Concuerda con su orijinal, de que certifico. —Santiago i diciembre 18 de 1810. —Agustin Diaz,escribano de gobierno.
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