OFICIO DEL CABILDO DE SANTIAGO AL GOBERNADOR DEL OBISPADO, EN 28 DE FEBRERO DE 1811
El ▼cabildo de Santiago pide al gobernador del obispado que interponga su autoridad con los curas de la capital i con los prelados de las órdenes relijiosas para que espliquen al pueblo los deberes inherentes al cargo de diputado, i la grave obligacion que tienen los ciudadanos de elejir a los individuos que reunan mayor idoneidad.
Este ▼cabildo se halla ya en la necesidad de convocar al pueblo para que haga la eleccion de diputados que le representen en las próximas córtes del reino. No hai asunto que merezca ser considerado con mayor escrupulosidad i circunspeccion. Los individuos en quienes recaiga van a ejercer el alto poder del pueblo, que ha de depositar en ellos toda su confianza. Sus facultades se estienden a formar una nueva ▼constitucion, que, siendo dictada con juicio, sabiduría i amor a la patria, producirá la felicidad de todo el reino; de lo contrario, le hará esperimentar males los mas funestos i que trascenderán hasta la mas remota posteridad.
Nada ménos va a tratar la respetable asamblea de los ▼diputados que el establecimiento del sistema de gobierno que deba rejimos en lo sucesivo; los medios de a segurar la observancia de las leyes fundamentales que hayan de sancionarse, sin que en ningun tiempo pueda el despotismo i la tiranía atentar su infraccion; la reforma de la instruccion i ▼educacion pública, que, rectificando las costumbres, forme desde la primera edad ciudadanos útiles i benéficos a la relijion i a la patria; el arreglo de los ▼tribunales de justicia, para que a los que la soliciten se les administre rectamente sin la retardacion i dispendio de sus intereses, que justamente lamentan cuantos litigan, i obliga a muchos al estremo de abandonar sus causas; el fomento de las artes i la agricultura, que, proporcionando a toda clase de individuos una vida activa i laboriosa, destierren el ocio i la mendicidad, que sucesivamente le hacen declinar en los vicios mas detestables.
Sin entrar en otras muchas materias no ménos graves, i que igualmente son de la inspeccion de los diputados, las que se han tocado solo presentan un trabajo insuperable aun para los patriotas mas ilustrados, i que con mayor celo consagran todo su estudio i tareas a espedirlo con acierto. I ¡cuál será nuestra desgracia si entre los vecinos de este pueblo hubiesen algunos que, o por ignorancia, o por su interes personal, no procedan con libertad i justificacion a elejir para diputados a los mas beneméritos, así por sus luces como por su juiciosidad i patriotismo! Probablemente vendria a resultar la destruccion del reino, el descrédito e ignominia del nombre chileno, i la mas negra infamia contra los que existimos en este delicado tiempo.
No se persuade el cabildo que en el pueblo por quien representa haya un solo individuo que, olvidando los sentimientos que deben caracterizar a un buen patriota, a un hombre de honor i virtuoso, quiera ser autor de males tan enormes; sin embargo, estima de necesidad, i como un deber esencial de su instituto, propender en cuanto sea posible a que todos se instruyan en unas materias de que los mas acaso no tienen la menor nocion. A este efecto, ha acordado pasar a US. este oficio, suplicándole interponga su autoridad i respeto con los curas de este correjimiento i los prelados de las relijiones, encargán