- Pedir al Supremo Gobierno las últimas noticias que haya recibido sobre las desavenencias del Perú. (Anexo núm. 233. V. sesiones del 29 de Agosto i del 4 de Setiembre de 1823.)
- Elejir como tercer diputado por Chiloé a don Manuel de Ortúzar. (Anexo núm. 234. V. sesiones del 1.º i del 3.)
- Cumunicar al Supremo Gobierno la fecha en que don José Calisto González i don Domingo Olalquiaga, amanuenses de la secretaría, empezaron a prestar sus servicios. (Anexo núm. 235. V. sesiones del 28 de Agosto i del 4 de Setiembre de 1823.)
- Iluminar el dia de mañana el edificio del Congreso i disponer que lo mismo ordene la intendencia de la capital en celebracion del juramento prestado por el Director Supremo. (V. sesiones del 1.º i del 3.)
- Archivar el juramento escrito firmado por el Supremo Director.
ACTA
Se abrió a la hora acostumbrada con treinta i nueve diputados.
Leyóse el acta del dia anterior i fué aprobada i rubricada por el Presidente.
El diputado suplente por la Laja, don Alejo Currel, presentó certificado de la enfermedad que alegó para interponer su renuncia.
Se admitió ésta, i se acordó: ofíciese al Poder Ejecutivo para que dé órdenes a efecto de que proceda a nuevo eleccion.
Entró a la sala el Director Supremo, prestó el juramento de obediencia al Congreso, i desempeñar fielmente los deberes de su ministerio i se retiró.
El señor don José María Rozas, diputado por Chiloé, prestó juramento i tomó asiento.
Entró a discusion el modo de conciliar las autoridades del Perú. Se resolvió: pídanse al Ejecutivo las últimas noticias i datos que tenga sobre el Estado de las desavenencias de aquéllas.
I se suspendió la discusion.
Se pasó a la eleccion del diputado de Chiloé que quedó para esta sesion, i haciéndose conforme al reglamento, resultó electo don Manuel de Ortúzar.
En este estado, se levantó la sesion a la nueve de la noche. —Juan Egaña. —Doctor Gabriel Ocampo, secretario.
ANEXOS
Núm. 227
Como ▼Director Supremo del Estado i como Teniente Jeneral de sus Ejércitos, reconozco en el ▼Congreso, que actualmente se halla reunido, la ▼Representacion Nacional, i juro a Dios Nuestro Señor, i empeño mi palabra de honor en que respetaré i obedeceré i haré respetar i obedecer conforme a las leyes sus disposiciones. Así Dios me ayude si cumpliese i si no él i la ▼Patria me lo demanden. —▼Ramon Freire
Núm. 228
El ▼Director Supremo ha recibido del Soberano ▼Congreso la lei dictada con fecha 1.º de Agosto, que dice así:
"Dése montepío a las viudas i familias de los militares que fallecieron ántes de la revolucion en servicio del Rei Católico."
El Director observa que esta leí habla indistintamente con todas las viudas i familias de los militares sin las limitaciones que prescribe el reglamento del monte en que se declaran las personas que tienen derecho a pension. Desea pues, saber la voluntad del Soberano Congreso, esto es, si contra lo dispuesto en el reglamento se abonará a todas las viudas i familias dicha pension, o se entiende este abono conforme a lo preceptuado en el referido reglamento. I si lo primero parece inconcuso que tambien la disfruten con mas razon las de los militares que han fallecido i fallecieron en adelante en servicio de la Patria.
El Director reitera al Soberano Congreso los sentimientos de su alta consideracion i distinguido aprecio. —▼Ramon Freire . —Santiago Fernández. —Al Soberano Congreso Nacional.
Núm. 229
▼Excmo. Señor:
La Comision de Hacienda ha visto el espediente formado sobre la venta hecha por el cura de Valparaíso de algunos fundos destinados a ejercicios espirituales; i opina que, en su actual estado, es un asunto puramente contencioso, que debe resolverse por la autoridad judicial.
Vuelva este espediente al Poder Ejecutivo