▼pendiente. V. E. sabe mui bien que las naciones cuidarán mui poco de examinar los derechos personales de los actuales mandatarios, i que los pueblos del Perú, cuando jiman en las horribles cadenas o se vean arrastrados a los patíbulos que les prepara esta disension, no recordarán las facultades que existian en el ▼Congreso Nacional, o en los primeros funcionarios de aquella República, i que sus lágrimas i su execracion recaerán sobre esos funcionarios que, pudiendo dar un paso glorioso al desprendimiento i al olvido momentáneo de sus facultades, tuvieron en su mano la salvacion de su ▼Patria.
En la efusion de su cordialidad i del íntimo dolor que causa al Congreso de Chile esta horrible imájen de las desgracias del Perú, invita a V. E., le excita i le conjura para que no se omita medio que restablezca la union i el órden, i, como íntimo amigo i aliado, le propone que se forme una conferencia de personas que tengan la confianza del Congreso actual peruano, de V. E. i de los señores Tagle i Riva Agüero; que se asiente por base la disolucion del Congreso i renuncia de los señores Riva Agüero i Tagle al mando actual de la República, i que provisoriamente se nombre un jefe que, siendo a satisfaccion de todos los interesados e investido de toda la autoridad que se crea necesaria a evitar disensiones, lo instale el Congreso i en el mismo acto declare su disolucion. Este mismo jefe puede convocar un nuevo Congreso, si se cree asequible que, en lo mas ardiente de la guerra i cuando no pueden reunirse representantes de todas las provincias ni ejecutarse las leyes que dicta la ▼Nacion para el estado de tranquilidad, sea conveniente semejante reunion.
En este caso, ofrece Chile asilo i la mas distinguida hospitalidad i consideracion a todas las personas que quieran retirarse por algun tiempo del fermento que hayan ocasionado las pasiones. Doblará sus esfuerzos para prestar auxilios de víveres í cuanto pueda al sosten de la causa del Perú i sacrificará sus tropas por la gloria i la independencia de esta benemérita Nacion.
Pero, al mismo tiempo, pone en consideracion del Soberano Congreso de V. E. i de los funcionarios actuales que la última division que ha mandado, fué en circunstancias i en el momento en que el ▼Gobernador de Chiloé ha notificado al de Valdivia, la rendicion de esta plaza, en que ha dejado espuestas i sin suficientes guarniciones todas las fronteras del Sur, en que absolutamente ha quedado sin armamentos i sin tropas veteranas, i aunque sabe de un modo casi seguro que en Europa se trata de apoderarse de Chiloé i Valdivia como llaves únicas i principales para la guerra, el comercio i la posesion de los mares i pueblos del Pacífico; en estas circunstancias i en la triste certidumbre de que sus tropas van a ser infructuosamente sacrificadas en el Perú, si continúan las disensiones civiles, cree de absoluta necesidad hacer regresar esta division para sostener su propia existencia i para que este país sirva siquiera de asilo a las desgraciadas víctimas peruanas.
Esta franca i leal esplicacion será la mas distinguida prueba del ardiente interes que toma la Nacion chilena, i por su representacion el Congreso en la felicidad del Perú. Todo lo que comunico a V. E., de órden del Congreso Soberano, protestándole de mi parte los sentimientos de la mas alta consideracion i aprecio. —Sala del Congreso, Santiago, Noviembre 8 de 1823. —Al Excmo. Señor Libertador, Presidente de Colombia i Jeneral en Jefe del Ejército del Perú, ▼Simón Bolívar.
Núm. 688
▼El Soberano Congreso, en sesion reservada de ayer, acordó que el Poder Ejecutivo oficie a los señores mariscales don N. Torre Tagle i don José de la Riva Agüero, invitándolos a una conciliacion en obsequio de los intereses del Perú i de los jenerales de la América, segun el tenor de la nota que en copia acompaño para que se les remita i que con esta fecha se dirije por la Sala al ▼Congreso del Perú i al Excmo. Señor Libertador de Colombia, don ▼Simon Bolívar.
Con este motivo, el secretario del Soberano ▼Congreso tiene la honra de ofrecer al del ▼Supremo Director las consideraciones de su mas alto aprecio.- Secretaría del Congreso, Santiago, Noviembre 8 de 1823.- Al señor ▼Ministro de Relaciones Esteriores.
Núm. 689
▼Alguna pipería de la que no pudo conducir desde Francia la corbeta Voltaire, vino despues a bordo de la fragata Bayonesa i su flete, importante trescientos noventa i nueve pesos, derecho, el que debe cargarse a los gastos del ▼empréstito levantado en Lóndres, se ha mandado pagar hoi por Tesorería. Tengo el honor de ponerlo en noticia de la Comision de Hacienda del Soberano ▼Congreso, para los fines convenientes, como igualmente para que se abone esta partida a la Tesorería Jeneral. —Noviembre 6 de 1823. —A la Comision de Hacienda del Soberano Congreso.