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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo VIII (1823).djvu/403

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CONGRESO CONSTITUYENTE



ANEXOS

Núm. 690

Señor Presidente:

Excmo. Señor: Doi a V. E. parte como ayer a la una i tres cuartos del dia falleció mi hermano, don Jacinto Urrutia, representante de la corporacion de V. E. por el partido de Parral; i siendo de mi cargo honrarle en su funeral, necesito que la justificacion de V. E. se digne proporcionarme por el alto Congreso los auxilios que estime por conveniente para dichos oficios, los que se celebrarán mañana a las nueve de la mañana en el convento o iglesia del señor San Agustin.

Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago i Noviembre 9 de 1823. —Salvador Urrutia.


Núm. 691

Acompaño a US. la minuta de los honores fúnebres que ha decretado el Soberano Congreso deben hacerse al señor diputado Urrutia, en la iglesia de Agustinos, para que se sirva US. librar las órdenes correspondientes a su cumplimiento en la parte que le corresponde.

Tengo el honor, con esta ocasion, de ofrecer a US. los sentimientos de mi mejor aprecio. —Secretaria del Congreso, Santiago, Noviembre 10 de 1823. —Al señor Ministro de la Guerra. —(Otro id. al señor Ministro de Gobierno, acompañando la minuta de los honores fúnebres del señor Urrutia.)


Núm. 692


Minuta de los honores fúnebres que deben hacerse en las exequias del señor diputado Urrutia.

Asistirá una comision del Senado (digo del seno del Congreso) compuesta de ocho individuos, presidida por el señor Vice-Presidente, que acompañada de todas las corporaciones se dirijirá desde la sala de sesiones a la iglesia de Agustinos, donde se celebrarán las exéquias, escoltada por una compañía del Escuadrón de Guias de S.E.

Se formará el batallón de Granaderos mandado por su coronel, i desde éste hasta el últitimo oficial llevará al brazo izquierdo el luto de estilo. Las corbatas de las bandas i las cajas irán enlutadas (de cuenta del difunto, por no tener rejimiento de su mando que haga el costo de luto). La tropa acompañará el féretro desde el De profundis, depósito o casa segun Ordenanza. Al llegar a la iglesia, formado en ala hará una descarga, otra al alzar i la última al tiempo de las preces que usa la Iglesia a la humacion del cadáver; a este mismo tiempo la fortaleza hará una salva de 15 tiros. Desde el depósito o De profundis hasta la sepultura de aquél, se pondrán al lado del féretro un cabo i cuatro soldados, dos a cada costado, i aquél a la retaguardia, con sus fusiles terciados, sin bayonetas, i se incorporarán despues a su cuerpo.

La Comision del Soberano Congreso, Gobernador-Intendente i demás corporaciones llevarán el luto que les corresponde, segun el uso del cuerpo a quien corrrespondan. —Secretaria del Congreso, Santiago, Noviembre 10 de 1823— Al señor Ministro de la Guerra.