Ir al contenido

Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo VIII (1823).djvu/458

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
461
SESION DE 24 DE NOVIEMBRE DE 1823

la mas alta de las confianzas en el encargo mas árduo, juramos corresponderla a toda costa, i aunque estamos mui distantes de creer igual objeto proporcionado a nuestra fuerza, su producto es el proyecto que elevamos a Vuestra Soberanía.

Observaciones jenerales

No hai sociedad sin contrato; porque no puede haberla sin deberes i derechos, que entre iguales (cuales nacen los hombres), es preciso estipular; estos convenios son el pacto social, cuya carta es la Constitucion de cada Estado.

Como el pacto se dirije a asegurar el goce posible de felicidad, los medios o garantías son su objeto esencial e inmediato; hallarlos con relacion al país que se constituye, es el problema de un proyecto constitucional; los tiempos i los hombres variaron constantemente sobre ellas.

El equilibrio de los poderes por su division; la del Lejislativo en Cámara, la representacion, las elecciones directas, la amovilidad de las majistraturas, el sindicato, la libertad de imprenta i poderes neutros, ocupan los políticos del dia; pero ni están conformes, ni el éxito ha correspondido en los ensayos: por eso no seguiremos servilmente las teorías políticas, ni nos aventuramos sin ejemplo.

El equilibrio reduce a nulidad toda potencia, sea física o moral, si es perfecto; i si nó, se chocan i arrastran; en el primer caso, resultaria la anarquía por la inaccion de los poderes; i en el segundo, o la guerra civil, que significa el choque, o el despotismo, que establece la preponderancia; es, pues, preciso dictar garantías auxiliares, que obren o callen a la vez para sostener el único equilibrio practicable.

La division (si es verificable en su rigoroso significado) reduce el Ejecutivo a subalterno del Lejislativo, como lo es un oficial del Rei a quien obedece; pierde su vitalidad i centralizacion, sin las que es imposible obrar; i si no, el Ejecutivo, apoyado de la fuerza, la riqueza i las gracias que sobrepone i anula al Lejislativo. El profundo Lloyd decia: "Siempre sucederá que el Poder Ejecutivo destruya al Lejislativo, porque hai una lucha entre ámbos, i teniendo el primero la fuerza i las rentas, siempre lo logrará, como lo vemos en la historia de todas las repúblicas." Rousseau i Reynal juzgan inconciliable la tranquilidad interior en la division de ámbos poderes.

Un poder intermediario que, neutralizando el choque caprichoso de las autoridades Ejecutiva i Lejislativa contenga sus arbitrariedades i los haga obrar en justicia, es el gran resorte que adivinaba Mably, i quiso proponer Constant; pero, si un cuerpo es permanente, se reviste de los intereses de corporacion, i siendo un Rei, vence con su pompa i fuerza la resistencia de las demas autoridades.

La division de las Cámaras Lejislativas, que se nos vende por invencion moderna, tiene su época desde el bajo imperio e invasion de los bárbaros del Norte en Francia, Inglaterra i Alemania; sin que haya impedido en ellas todos los horrores del feudalismo ni que la guerra civil haya derramado mas sangre en Inglaterra i arrastrado mas reyes al cadalso que en las demas monarquías reunidas.

La representacion, si no es solidaria, establece el provincialismo, que provoca el federalismo i termina en la anarquía; son tan tristes como repetidos i recientes los sucesos que sancionan esta verdad; cada seccion quiere hacer valer separada la soberanía que representa, porque es indivisible, hasta que divididas todas, se anula la soberanía misma.

El pueble, decia Montesquieu, es admirable para conocer el mérito i las virtudes de sus principales conciudadanos; pero muchas veces no puede examinar la idoneidad, que necesita verse i esperimentarse de cerca. Por esto es mui conveniente que la facultad que tiene para elejir sus mandatarios, sea dirijida por la calificacion de personas ilustradas.

Como la perpetuidad provoca al abandono i la aristocracia, la amobilidad periódica i especialmente si es corta la duracion, inspira el desaliento i aleja los hombres útiles de los empleos; cada uno ve en su propio interes (que es tambien su primera inclinacion) la necesidad de contemporizar con los que al otro dia pueden sobreponérsele, i el hombre de provecho (a quien llaman por todas partes las ocupaciones útiles) no preferirá seguramente la carrera de destinos momentáneos a la estabilidad de su fortuna, aunque no sea tan brillante; de modo que sin templar esta garantía perderia su provecho.

Todos los pueblos i casi todas las Constituciones han adoptado el sindicato; los Eforos de Lacedemonia, los Somotetes de Atenas, la Censura Romana, el Consejo de los diez de Venecia, los Siete Inquisidores de Jénova, la Censura bienal de Filadelfia i las listas de elejibles, con esclusion de los censurados por el pueblo francés del año de 93 i 95, son otros tantos modos de espedirlos confiados a la vez a la opinion de una persona, otras a la de un cuerpo aristócrata, ejercidas inquisitorialmente algunas i casi siempre despóticas; la insurreccion misma lo suplió en Creta i Francia contra los actos atentatorios del Rei, i en Polonia arruinó su tolerancia el reino; tambien necesita acomodarse el sindicato para conciliar sus estremos.

La libertad de imprenta, que bien dirijida es una garantía i el medio mas poderoso de desenrollar el jénio i civilizar, es un azote público, cuando puede satisfacer las pasiones innobles, entrar en la conducta del ciudadano particular i hacer su diversion de lo mas sagrado i respetable; ella debe servir de advertir al majistrado la opinion, al público sus riesgos o sus ventajas i