Ir al contenido

Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo VIII (1823).djvu/526

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
527
SESION DE 9 DE DICIEMBRE DE 1829
  1. Que el señor Ministro de Gobierno presente por escrito la indicacion que hace para que se fijen penas a los que carguen armas prohibidas. (V. sesiones del 10 de Octubre i ordinaria del 9 de Diciembre de 1823.)

ACTA

Se abrió a la hora acostumbrada.

Leida el acta de la anterior fué aprobada i rubricada por el señor Presidente.

Se leyó la protesta i mocion del señor diputado Larrain que presentó a la Sala, relativa a que se tome en consideracion la seguridad del sistema que se hallaba espuesto si la alta jurisdiccion eclesiástica es ejercida por un preladoj probadamente contrario a él.

Se tomó en consideracion si debia o no imprimirse en el Redactor la esposicion leida, i el señor Presidente dijo: que habia en la mocion del señor Larrain cuatro proposiciones que sujetaba al juicio del Congreso en estos términos:

  1. ¿Se pasa o nó al señor Larrain, como a proponente del proyecto para ereccion de Cámaras Eclesiásticas, el espediente relativo a este objeto, para que informe por escrito sobre los fundamentes aducidos por el Ilmo. Obispo. Resuelto, pásesele.
  2. El Congreso, ¿se declara o nó juez competente para juzgar del agravio que se reputa hecho en el informe del Obispo a un diputado de su seno? Acordada la negativa. El señor Argomedo pidió se estampase que su dictámen habia sido opuesto a esta resolucion. El señor Vicuña preguntó quién seria el juez en este caso.
  3. ¿Juzga o nó el Congreso la denuncia que hace el señor Larrain de la conducta política del Revdo. Obispo? Resuelto, pase el Ejecutivo, para que, tomando en consideracion cuanto espone el señor Larrain, asegure al Estado de las resultas que pueden causar el influjo del señor Obispo, verificándose esto a la mayor brevedad[1].
  4. ¿Debe o nó imprimirse aquélla? En este estado se suscitaron dudas sobre sí se habia mandado en la sesion anterior se estampase en el acta o nó la esposicion que se le mandó traer por escrito al señor Larrain. Informaron por la afirmativa el señor Vice-Presidente que presidia la Sala i el secretario, i se reservó su resolucion para la sesion ordinaria del dia. El señor Larrain no sufragó en ninguna de estas votaciones, porque el señor Presidente le escluyó como parte.

Entró el señor Ministro de Gobierno, i habiéndosele invitado a que espusiese el objeto de su venida dijo: que, habiendo presentado en la sesion anterior la renuncia que hace el Enviado nombrado acerca del Gobierno de Buenos Aires, por defecto de dotacion competente, concurria a la discusion de ella para que el Soberano Congreso tomase la resolucion conveniente.

Igualmente hizo mocion, de parte de S. E., el Supremo Director, para que se dictase una pena aplicable a los que cargan armas prohibidas, i que aunque el Soberano Congreso declaró vijentes las leyes del Código español donde se imponian penas a aquéllos; pero que por su severidad eran casi inaplicables i no llenaban su objeto. El señor Presidente contestó que formalizase la iniciativa para que se tomase en consideracion en la sesion ordinaria del dia.

En este estado, se levantó la sesion a la hora acostumbrada. —Fernando Errázuriz. —Dr. Gabriel Ocampo, secretario.


ANEXOS

Núm. 890

Soberano Señor:

El >Supremo Director está recibiendo consultas de los delegados acerca de las elecciones concejiles del año entrante. Parece que el intento de que no se verifiquen tales elecciones hasta que la nueva >Constitucion del Estado establezca si permanecen >Cabildos i en qué forma, es prudente i dirijido tambien a evitar pequeñas desavenencias que suelen promover las elecciones concejiles en los pueblos de corta poblacion.

El Director habia creido conveniente suspender la eleccion, encargando a los actuales individuos de todos los Cabildos empeñasen su celo en arreglar, en los dias que faltan hasta la publicacion de la Constitucion, sus respectivos archivos, cuentas de propios i demas ramos de su privativa inspeccion, i espera que si el Soberano Congreso aprueba este pensamiento se digne comunicarlo para espedir las órdenes convenientes a su cumplimiento. Con este motivo, el Director Supremo protesta nuevamente al Soberano Congreso su mas alta consideracion i respeto. —Palacio Directorial. Santiago Diciembre 6 de 1823. —Ramon Freire ,— Mariano de Egaña. —Al Soberano Congreso.


  1. Segun los borradores de esta acta, (V. tomo 27 del archivo del Senado) el autor de la tercera indicacion fué el Vice-Presidente señor Argomedo obtuvo ella 17 votos, i a continuacion de ella viene lo siguiente: "Con la calidad que se verifique a la mayor brevedad. Ocampo: que se oiga préviamente a la Comision de Alta Policía. Al Ejecutivo sin calidad, 2. Osorio: que se oiga a la Comision de Justicia, 5. Errázuriz: que se proceda como previenen las leyes vijentes, 2. Montt: que juzgue el Congreso. Que pase al tribunal que corresponda i que la denuncia se entienda respecto a los delitos que no hayan sido castigados. Vial: el del señor Argomedo con la calidad de que se convoque a la mayor brevedad." (Nota del Recopilador.)