SESION 104, ESTRAORDINARIA, EN 25 DE DICIEMBRE DE 1823
PRESIDENCIA DE DON FERNANDO ERRÁZURIZ
SUMARIO. —Aprobación del acta precedente. —Incorporacion de don Juan Garcés. —Segunda discusión del título XX i primera del XXI del proyecto de Constitución. —Aprobación de los artículos 191 a 215 del mismo. —Primera lectura del título XXII del mismo. —Acta.
Don Juan Garcés, diputado por Curicó, presta el juramento de estilo i se incorpora en la Sala.
ACUERDOS
Se acuerda:
- Dejar para tercera lectura el título XX i para segunda el XXI del proyecto de Constitución. (V. sesiones ordinaria del 24 i estraordinaria del 26.)
- Aprobar en la forma que consta en el acta los artículos 191, 192, 193, 194, 195, 196, 197, 198, 199, 200, 201, 202, 203, 204, 205, 206, 207, 208, 209, 210, 211, 212, 213, 214 i 215 del mismo proyecto. (V. sesiones ordinaria del 24 i estraordinaria del 26.)
- Dejar para tercera lectura el título XXII del mismo. ( V. sesiones ordinaria del 24 i estraordinaria del 26.)
ACTA
Se abrió a la hora acostumbrada.
Leida el acta de la anterior, fué aprobada i rubricada por el Señor Presidente. El señor don Juan Garcés, diputado por Curicó entró a la Sala, prestó juramento i tomó asiento.
Entró a segunda discusión el título XX de la fuerza pública i a primera el título XXI de la hacienda pública.
Se llamó a tercera i última discusión el título XVIII del réjimen interior i fué aprobado en los términos siguientes:
▼Art. 191. El Estado se divide gradualmente en gobiernos departamentales, delegaciones, subdelegaciones, prefecturas e inspecciones.
Art. 192. En cada departamento habrá un solo gobierno político i militar que nombrará el Director Supremo, con acuerdo del Senado. Su