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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo VII (1823).djvu/192

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SESION DE 11 DE JUNIO DE 1823

a V. E. el Tribunal Mayor de Cuentas en la quiebra de los secuestros i demás ramos fiscales en que resultan fallidos de consideracion los Arayas i Benavides; últimamente, Excmo. Señor, la recluta pedida a un pueblo enteramente desolado, está encargada a José Maria Barba, conocido por un ladrón público i degradado por tal de la carrera militar; quien hoi día engancha a hombres casados i de obligaciones para redimirlos a fuer de dinero, i solo por estar mezclado en la faccion de las familias antedichas se le toleran estos manejos, como a otros que tienen la misma comision i son de la misma liga.

Estos procedimientos, Excmo. Señor, i otros innumerables, que por prolijidad omito, tienen al pueblo de Quillota reducido a un grado tal de desesperacion que ya nada falla para que cada cual armado reclame a viva fuerza sus derechos i se complete lo que falta para la total ruina de aquel pueblo; los majistrados tiemblan a vista del poder; la justicia en sus manos no es respetada por falta de éste; la hez del pueblo toma la voz de él, i abandonando hasta el mismo gañan las labores del propietario, encuentra en el pillaje i el salteo las ventajas que una recta administracion debia proporcionarles en un virtuoso trabajo.

Yo, Excmo. Señor, quiero descargar la responsabilidad que sobrellevo en V. E. para que, como el primer Tribunal de la Nacion, elija el remedio que reclaman tantos males i que merece ciertamente un pueblo que no ha sido el último en los sacrificios por la independencia i libertad nacional.

Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago i Junio 6 de 1823. —Antonio Olmedo.- Señores del Excmo. Senado.



Núm. 312[1]

(Reservado)

¡Qué terrible es tener que ocurrir al primer Majistrado de la República para reprimir el abuso del poder subalterno i contener en sus límites a los jueces de los partidos! No hace tres meses que los pueblos se conmovieron por causas que todo Chile sabe, i a pesar de esto por un influjo del fatal destino, la arbitrariedad aun no ha cesado. Han sido mui públicos i escandalosos los últimos sucesos de Quillota obrados por unos jénios turbulentos, que aun permanecen en esta ciudad por un tolerantismo funesto, i con asombro de los que aman el órden, la tranquilidad i el verdadero espíritu de las leyes. El Excmo. Supremo Director, considerando que el medio mas eficaz para restablecer la subordinacion, tan estrepitosamente perturbada en este pueblo, era remover al Teniente Gobernador que este vecindario habia elejido, i colocar en su lugar a un imparcial, nombró a este fin al señor coronel don José Santiago Luco. Esta determinacion nos pareció mui conforme i la mas adecuada para conciliar los ánimos, i seguramente lo habria sido, si el electo hubiere correspondido a las sábias i benéficas intenciones del Directorio. En aquellos críticos i aciagos momentos, concebimos todos la mas lisonjera i fundada esperanza de un porvenir mas tranquilo i feliz; pero desgraciadamente se advirtió que ántes de entrar en esta ciudad el delegado nombrado, ya venia asociado a aquellos mismos que causaron las convulsiones de Marzo, i que, con tanto estrépito, han introducido i sostenido la discordia en Quillota. Estos los arbitros i únicos consultorios de este Gobierno; i de tales antecedentes, ciertos por notoriedad, V. E. puede deducir cuáles serán las consecuencias.

Desde que el señor de Luco se recibió del mando de este partido, no se separan de su lado don Juan Araya i los Benavides, sujetos bien conocidos en esta capital por las escandalosas i punibles tentativas con que trajeron a estos habitantes la consternacion mas desastrosa, burlándose con descaro aun de las órdenes de los Majistrados de esa Corte. Así es que hoi dirijen el gobierno de Quillota, i no se da un paso que no sea para perturbar la paz a que anhelamos. Prisiones injustas, arrestos, tropelías i excesos han sido los frutos que nos ha traido este señor imparcial. Él, sin mas exámen ni audiencia que el empeño o direccion de don Juan Araya, en cuya casa come i bebe lo mas del tiempo, impone una dura prision con grillos en la cárcel pública a un alcalde de barrio, porque éste fué uno de los muchos que activamente se ocuparon en el sosten de la autoridad reconocida. Mas escandaloso fué el arresto que impuso al rejidor decano de este Ayuntamiento don José Ignacio Olmedo, con infraccion del artículo 1.º, capítulo 6.º, título 4 de la Constitucion que nos rije, i tambien este paso fué sufrido por el espíritu de venganza que anima a los perturbadores del órden i a que tan fácilmente condesciende el electo Gobernador imparcial.

El ha instado vivamente a que esta Municipalidad renuncie sus empleos, para colocar individuos de sus favoritos, i erijir una faccion que perpetúe la arbitrariedad i la opresion de este vecindario. Nosotros hubiéramos deferido gustosos a sus insinuaciones si no conociésemos la responsabilidad que nos liga por resultados tan funestos como indefectibles. El pueblo nos ha elejido por dos ocasiones, i no podemos dejar de corresponder a sus confianzas, por satisfacer siniestras intenciones de un solo individuo. Pero aun tiene V. E. mas que admirar en la estraña conducta de este delegado imparcial; con desprecio de los funcionarios públicos de este partido, se ha comisionado a todos los autores de


  1. Este documento ha sido trascrito del volúmen titulado Lejislaturas, años 1820-22, pájina 363, del archivo del Ministerio de la Guerra. (Nota del Recopilador.)