Núm. 367
Excmo. Señor:
Consiguiente a lo indicado por V. E., en su respetable nota 4 del actual, he prevenido a los Ministros del tesoro público consideren i abonen los sueldos respectivos a los individuos de esa Corporacion, sentándolos en la lista mensual de sueldos civiles i en la forma que V. E. instruye en la razon que acompaña; lo que tengo el honor de instruirle en contestacion.
Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago, 25 de Junio de 1823. —Ramon Freire. —Por enfermedad del señor Ministro, José Raimundo del Rio. —Excmo. ▼Senado Conservador.
Núm. 368
El Director pasa al Senado Conservador el memorial presentado por don Juan Miguel Benavente, en que solicita se declare el abono de cincuenta pesos que le señaló la Honorable Asamblea de Concepcion, como encargado del mando político i militar que tuvo a bien conferirle. Mas, no siendo de reglamento este sueldo, desea el Director el acuerdo del Senado Conservador para disponer el pago por la Hacienda Nacional, recordando al mismo tiempo los méritos del interesado que acredita en bastante forma con los documentos de que hace mérito i acompaña a su citado memorial. —El Director reitera al Senado Conservador los sentimientos de su mas alto aprecio i consideracion. —Santiago, Junio 24 de 1823. —Ramon Freire. —Santiago Fernández. —Al ▼Senado Conservador.
Núm. 369
Para publicar la ampliacion al reglamento del comercio libre de 1813, que el Excmo. Senado aprobó por lei de 20 del corriente, es necesario que este Ministerio tenga a la vista el ejemplar que se le pasó a aquel efecto. Sírvase US. hacerlo así presente a S. E. para que disponga su devolucion. Tengo el honor de ofrecer a Ud. mis respetos i consideracion. —Santiago, junio 25 de 1823. —Por enfermedad del señor Ministro, José Raimundo del Rio. —Señor Secretario del Excmo. ▼Senado.
Núm. 370[1]
▼Legacion Peruana
Se sabe ya con evidencia que la espedicion que tuve el honor de anunciar a US., en mi nota de dos del presente, que dirijia mi gobierno a puertos intermedios, se realizó el quince del próximo pasado, i que en esta fecha está mui próxima a tocar el punto de su destino. Me persuado que el motivo que ha dado impulso a su pronta salida es el de haberse contado con los auxilios ofrecidos por US. a nombre de S. E, el Supremo Director, de tropas, armas i un millon de empréstito. Esta asercion se confirma con las letras que nuevamente i ademas de las anteriores han jirado contra mí, para que, con su valor e importe, se remitan a dicha fuerza espedicionaria prontos auxilios de víveres, vestuarios i otros artículos de guerra. Yo me hallo en el dia sin fondos algunos con que llenar tan urjentes obligaciones, mediante a que el medio millon de empréstito anteriormente obtenido, se halla consumido i aun protestadas algunas letras venidas dias ántes de Lima con el mismo fin i objeto. En este concepto i para que la indicada empresa no sufra un desastre semejante al de Moquegua, por falta de los mismos elementos que causaron la ruina de ésta, ruego a US. de nuevo que, en ejercicio de su decidido celo por la libertad política de todas las secciones de nuestro continente meridional, ponga en consideracion del Cuerpo Lejislativo i de S. E., el Supremo Director, esta estraordinaria ocurrencia, a fin de que penetrados ámbos poderes de su ardua i delicada entidad, me concedan la suma restante al millon entero, en virtud de los fundamentos que espuse a US. en mi espresada nota.
Tengo la honra de ofrecer a US. los sentimientos de mi mayor consideracion i aprecio. —Santiago, Junio 17 de 1823. —José de Larrea i Loredo. —Señor ▼Ministro de Estado en el departamento de Gobierno i Relaciones Esteriores, Dr. don Mariano Egaña.
Núm. 371
▼Legacion peruana.
Sin embargo de que, en mis anteriores notas del 2 i 17 del que rije, tengo solicitado del Supremo Gobierno de esta República medio millon de pesos mas del que anteriormente me fué otorgado por las razones i fundamentos producidos en ámbas ocasiones, hoi me veo en la apurada situacion no ya de pretender el logro de esa suma que no basta a hacer frente a mis multiplicadas i urjentes atenciones, sino la de un millon i medio mas efectivo para el complemento de dos, que no dudo ha de concederme la magnánima i jenerosa Nacion de Chile, en continuacion i ejercicio de los heróicos esfuerzos con que ha acreditado
- ↑ Este documento i el siguiente han sido trascritos del volúmen titulado Gobierno i Ajentes Diplomáticos del Perú en Chile, años 1823 a 34 pájinas 106 i 107 respectivamente, del archivo del Ministerio de Relaciones Esteriores. (Nota del Recopilador.)