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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo VI (1822-1823).djvu/132

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CONVENCION PREPARATORIA

sion de Lejislacion, el de la Comision de Minería i el del señor Astorga, que opinó porque conozca la Cámara de Justicia en apelacion, teniendo voto los conjueces, dos mineros. Reducido a votacion, resultaron por el dictámen de la Comision de Lejislacion, 16 votos. Por el de Minería, 3. Por la proposicion del señor Astorga, 1.

Opinó el señor Tagle por la limitacion del numero de recusaciones; quedó este punto para despues, en el decurso del debate.

Artículo 3.º Aprobado

Artículo 4.º Aprobado.

Artículo 5.º Se discutió largamente, dividida la opinion sobre si solo el Supremo Poder Judiciario, o con la asociación de dos mineros con voto, o uno de sus Ministros con dos conjueces, habian de dar el último e inapelable fallo. Se esforzaron en el debate los señores Errázuriz, Montt, Tagle, Gallinato, Matta, secretario, Astorga, Presidente 1 Vice-Presidente Resultaron últimamente tres dictámenes: el de la Comision de Lejislacion, el de Minería, el del señor Errázuriz porque al Supremo Poder Judiciario se agreguen dos mineros prácticos con voto. Resultaron en la votacion: por lo primero, 14 votos. Por lo segundo, 5. Por lo tercero, 1.

Artículo 6.º Aprobado, enmendado en una espresion.

Artículos 7.º i 8.º Aprobados.

Habiéndose observado los graves males resultantes de número indefinido de recusaciones, se dijo: Añádase: "Pueda recusarse a los conjueces en los términos del dictámen de Lejislacion por sospechas justificadas."

Esforzó el señor Ruiz Tagle la gran dificultad proveniente de quién ha de justificar la sospecha o quién ha de juzgar i sentenciar sobre los motivos que se aleguen para dicha recusacion. No puede resolverse el caso; quedó para la sesion siguiente en primera hora; i se levantó la sesión a las dos i media de la tarde. (V. sesiones del 7 de Enero de 1820, del 29 de Agosto i del 4 de Setiembre de 1822.) —Dr. Casimiro Albano. —Camilo Henríquez, secretario. —Dr. José Gabriel Palma, secretario.


ANEXOS

Núm. 200

El señor Presidente me ordena diga a US. que la sala ha notado la falta de asistencia a las sesiones anteriores, lo que hago de su órden, esperando de su celo por el bien del país se sirva darme una contestacion que satisfaga a la sala, al mismo tiempo que protesto a US. mi consideracion a su persona. —Secretaría de la Convencion, Setiembre 3. —Señor diputado don Francisco de Paula Caldera.

Núm. 201 [1]

El señor Presidente me ordena pida a US. una coleccion completa de la Gaceta Ministerial i estraordinarias, otra del Mercurio i Cosmopolita para que obren en secretaría en los diferentes casos que ocurren. Al mismo tiempo, estando de acuerdo con S.E., me ha prevenido dar a la prensa el diario de sesiones; para todo lo que es de necesidad, se sirva US. ordenar al administrador de la imprenta ocurra a esta secretaría por los orijinales, i a traer las colecciones indicadas, si US. lo tiene a bien. —Protesto a US. mi mas alta consideracion. —Secretaría de la Convencion i Setiembre 3 de 1822. —José Gabriel Palma, secretario. —Señor Ministro de Estado Dr. don Joaquin Echeverría.

  1. Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Lejislaturas, 1820-23, pajina 244, del archivo del Ministerio de la Guerra. (Nota del Recopilador.)