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DE LA CONVENCION PREPARATORIA DE 1822

que apenas llegó la orden del directorio a esta ciudad para que se verificase la eleccion de su representante, principiaron todos los miembros de la Municipalidad, i yo entre ellos, a pensar en el sujeto que debia desempeñar tan alta confianza; pero al mismo tiempo empezó el señor secretario del señor Intendente a prevenir los ánimos e inducirlos a que elijiesen al señor don Santiago Fernández. El empeño que hubo en la persuacion hizo sin duda que recayese la eleccion en este sujeto, a pesar de que muchos no querían, i con especialidad yo, que antes i en el acto mismo de la votacion manifesté mi opinion porque creia enteramente que el sujeto indicado no era adecuado para el efecto. Despues, hablando sobre este asunto, oí casi jeneralmente a todos que la causa de haber sido nombrado este individuo era porque así lo prevenía una esquela reservada que habia recibido del directorio el señor Intendente, i me aseguraron que jeneralmente se habia hecho lo mismo en todos los partidos de la provincia; tanto que un sujeto me aseguró que el Gobernador de Rere habia consultado a la Intendencia qué habia sobre lo que le prevenía la esquela que él habia recibido del directorio. Esto es cuanto puedo informar a US. en obsequio de la verdad, i en cumplimiento de la orden trascrita en la precitada comunicación que tengo el honor de contestar. —Dios guarde a US. muchos años. —Concepción, Enero 27 de 1823. —Antonio Pantaleon Fernández. —Señores del mui Ilustre Cabildo, Justicia i Rejimiento. —Es copia.—Novoa.


Núm. 20[1]

Efectivamente, para el nombramiento de diputado que debia representar esta ciudad en la Convencion Preparatoria, recibí carta del Señor Director (que devolví porque así me encargó) en que me pedia que, sin dar lugar a que se exaltasen los partidos, se elijiese al teniente-coronel don Santiago Fernández. Esta insinuacion me causó toda la sorpresa i rubor consiguientes, i no atreviéndome a hacer semejante declaracion a los electores, comisioné para el desempeño de esta dilijencia a mi secretario don Domingo Binimelis, que la efectuó, esponiendo con mi permiso a varios de aquéllos el motivo que obligaba para echar mano del citado Fernández, inapetecible para tan delicado encargo. Las circunstancias seguramente no eran a propósito para reprochar un procedimiento tan opuesto i perjudicial al derecho de los pueblos; pero fué indispensable ceder para evitar funestas consecuencias, que necesariamente habrían resultado de contradecir la voluntad del árbitro de la República. —Concepcion, Enero 15 de 1823. —Ramon Freire.


Núm. 31

Cuando en Chillan se hizo la eleccion de diputado para la disuelta Convencion Preparatoria, Ud. mandaba aquel partido interinamente. Esta Asamblea necesita saber si por el Director o por otro se le remitió a Ud. una esquela reservada, designándole el sujeto que debia elejirse, para que tocando todos los recursos se interesase a que saliese el que le detallaba. Esperamos, pues, lo esponga a continuacion, espresando quién era el que se le prevenía, si cumplió con este encargo, si a mas se le pedia el contesto en seguida de la propia esquela. —Dios guarde a Ud. muchos años. —Sala de la Asamblea de los pueblos libres de Concepcion, Enero tres de mil ochocientos veintitrés. —Esteban Manzanos, presidente. —Félix Antonio Vázquez de Novoa, diputado secretario.


Núm. 22

El ciudadano Juan de Ojeda, ex-Teniente Gobernador de Chillan, en cumplimiento del oficio que antecede, dice: que es efectivo que en el pliego dirijido por la Supremacía de la República, para la eleccion del diputado que debia nombrarse en el partido de su mando, a efecto de que se realizase la Convencion Preparatoria, recibió una esquela del Supremo Director, en que le hace ver la grande obra que se iba a emprender, de la que debia provenir nuestra presente i futura felicidad, i que, para ello, era preciso nombrar un hombre de toda satisfaccion e intelijencia; que, por los conocimientos que tenia del coronel don Pedro Ramón de la Arriagada, le parecía el mas a propósito para este desempeño. I concluye diciendo que al pié de aquélla ponga la constancia de haberla recibido. Lo que verifiqué. Se procedió a la eleccion, i propuse al referido don Pedro, i todos los vocales aprobaron la propuesta, sin haber habido la menor contradiccion ni practicádose alguna otra dilijencia relativa al nombramiento. I esto es lo que ha pasado i cuanto puedo en mérito de justicia decir sobre el caso. —Concepcion i Enero tres de mil ochocientos veintitrés. —Juan de Ojeda.


Núm. 23

Don Manuel González Palma, teniente-coronel de infantería graduado de ejército i Teniente-Gobernador del partido de Itata, etc. Certifico


  1. Este informe fué al pié del oficio de la Asamblea de Concepcion incluido en el documento 2.º de estos Antecedentes. —(Nota del Recopilador.)