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CORTE DE REPRESENTANTES

privilejio esclusivo por cinco años, con la calidad de dar cuenta al Congreso i la de sujetar las primeras procedencias del proyecto a un nuevo análisis, a presencia de un comisionado por la Junta Gubernativa de Hacienda, según ella misma dictamine.

Se trajo a la vista un oficio del señor Director Delegado del departamento, en que pasa un nuevo reglamento para el espendio de tabacos; se mandó dejar una copia en el archivo de la secretaría. Discutido su tenor, fué aprobado, i se devolvió para su cumplimiento, alzándose la sesion a la una i media de la tarde. —Ruiz Tagle. —Prieto. —Dr. Albano. —Valdivieso. —Montt. —José Tadeo Mancheño, secretario.


ANEXOS

Núm. 515 [1]

Excmo. Señor Supremo Delegado:

La Corte ha tomado en consideracion el espediente promovido por don Santiago Heitz, sobre el proyecto de reducir a arroz el trigo i cebada, concederle un privilejio esclusivo por el término de cinco años, i lo sujeta a la condicion de dar cuenta al Congreso para su aprobacion, i a las calidades que exije la Junta Gubernativa de Hacienda, en su decreto de Octubre 4. —Se devuelve a V.E. el espediente, i le protesto mi mas alto aprecio. —Santiago, Diciembre 9 de 1822. Francisco Ruiz Tagle. —José Tadeo Mancheño, secretario.—Excmo. Señor Supremo Delegado en el departamento de Hacienda.


Núm. 516

Santiago, Diciembre 13 de 1822. —Visto el espediente promovido por don Santiago Heitz, sobre que se le conceda poner en planta el proyecto esclusivo de reducir a arroz la cebada, con lo informado por la Junta Económica de Hacienda, de acuerdo con la Suprema Corte de Representantes, he venido en conceder el proyecto esclusivo por el término de cinco años, con la precisa condicion de darse cuenta al Congreso para su aprobacion i de que el empresario se sujete necesariamente a la calidad, de que si el Supremo Gobierno, para alentar al fabricante acreciese los actuales derechos del arroz, el tiempo del privilejio será por cinco años. Si no hiciese novedad alguna,sea por ocho; pero si privase la introducción de esta especie, por el mismo hecho debe cesar el privilejio, entendiéndose en todos casos la gracia, que no podrá darse al público el nuevo arroz para su consumo, sin que sus primeros granos reciban un nuevo análisis; despues de haberse presenciado su manufactura por uno de los vocales de la Junta Económica i del facultativo don Francisco Isern de Llombard. —mprímase i llévese al Congreso. —O'Higgins. —Rodríguez.


Núm. 517

Excmo. Señor Supremo Delegado:

Se devuelve a V.E. el nuevo reglamento de tabacos, que queda aprobado por la Corte en todas sus partes. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Sala de Corte, Diciembre 9 de 1822. Francisco Ruiz Tagle. —José Tadeo Mancheño, secretario. —Excmo. señor Supremo Delegado en el departamento de Hacienda.


Santiago, 12 de Diciembre de 1822. —Tómese razón e imprímase. —O'Higgins. —Rodríguez.

  1. Este documento ha sido trascrito del volúmen titulado Causas Particulares, años 1819-22, tomo 1,504, pajina 465, del Ministerio de Gobierno, actualmente en la Biblioteca Nacional. (Nota del Recopilador.)