Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo VI (1822-1823).djvu/454

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
452
CORTE DE REPRESENTANTES

de contradecirles sin pérdida de momento, lo que verificamos verbalmente i por escrito en la Bolsa antes de recibir la esquela de Ud., i mandaremos publicar la contradiccion formal en las gacetas de esta tarde i de mañana. —Sírvase admitir las protestas de nuestra consideracion, con que estos sus afectísimos i S.S.Q.B.S.M. —(Firmado). —Hullet, Hermanos y Compañía.


Núm 581 [1]

Excma. Suprema Corte:

En nota 2 de Enero, se acompañó a V.E.S. el presupuesto de la cantidad indispensable i necesaria para los gastos del ejército que debia moverse con motivo de las diferencias de Concepcion, i ascendió a trescientos ochenta i cuatro mil pesos. Cada dia se van necesitando mas auxilios, i el Erario, exhausto i agotado, no encuentra otro arbitrio que recibir del empréstito de Londres la suma importante del presupuesto, hipotecando por su principal e intereses, o la masa decimal o el producto de alcabalas: ámbos ramos son bien pingües, i bajo esta garantía espero que S.E.S. se sirva mandar se ponga en Tesorería la citada cantidad lo mas pronto posible, para las urjencias diarias, bajo el concepto que el citado presupuesto aun no llena el total de Jas necesidades, pues en él no están comprendidos los sueldos del jeneral, Estado Mayor i otros estraordinarios. No creo se presente inconveniente alguno, hallándose la suma bastante asegurada, i el apuro de las actuales circunstancias solo, puede salvarse con este arbitrio. —Tengo la satisfaccion de asegurar a la Sala, como siempre, mis mejores sentimientos de consideracion i aprecio. —Santiago, 15 de Enero de 1823.


Núm. 582 [2]

Luego que se comunicó por el E.S. Ministro de Estado en el departamento de Gobierno al de Hacienda la nota acordada por V.E.S. sobre el establecimiento de un banco de Chile, para el manejo del empréstito admitido en Londres, se ofició, Excmo. Cabildo, por dicho departamento al Superintendente de la Casa de Moneda i Tribunal del Consulado, previniendo al primero para que se dispusiese al depósito, como V.E.S. lo acordó, i a los últimos para que invitasen i promoviesen las suscriciones de vecinos i comerciantes para dar entradas al Banco en los términos que previene dicha acta; mas, hasta la fecha, solo ha contestado el Tribunal del Consulado, manifestando haber hecho su convocatoria, i que solo concurrió un corto número de individuos, que alcazaron a seis, por cuya pequeñez i sus pocas facultades, tuve a bien no hacerles saber el objeto de a cita de que ha dado cuenta i tengo el honor de instruirlo a V.E.S. para que se sirva deliberar lo conveniente en tan interesante asunto. —Santiago, 13 de Enero de 1823.


Núm. 583 [3]

Excmo. Señor:

Por la honorable nota de V.E., de 2 del corriente i adjunta copia del acta de 23 de Diciembre: último, celebrada por la Suprema Corte de Representantes, queda esta Municipalidad instruida del empréstito de cinco millones que negoció en Londres el Ministro Enviado don Antonio José de Irisarri, a fin de formar allí un banco de Chile; i el Cabildo se ha interesado en noticiarlo a los vecinos e invitarles a una suscricion de las cantidades en metálico que puedan prestar al banco, reembolsables en Londres o en esta capital. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Sala Capitular de Santiago i Enero 4 de 1823. —Excmo señor. —José Antonio Rosales. —Juan Albano. —Manuel Tagle. —José Jiménez. —Pedro de Larrain. —Francisco de Echague i Audia. —Salvador de la Cavarcda. —Pedro de la Cuadra, rejidor secretario. —Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 584

Excma. Suprema Corte:

Ya no es la primera vez que, como la representacion adjunta del mariscal de campo don Francisco Calderon, ha recibido el Gobierno otras de igual naturaleza, quejándose con sobrada justicia de la indotacion de la alta clase militar. Obligado de este reclamo, me difijí en 10 de Setiembre del año anterior a la Honorable Convencion, acompañándole un reglamento que, según el tino con que en él se consulta la economía del Erario, me pareció adaptable. Pero las incesantes tareas de aquella Honorable Sala, ro le permitieron, sin duda, su sancion o reforma; i de aquí es que, repitiendo de nuevo los jefes insinuados, en circunstancias que es necesario atemperar a su solicitud, yo ruego a V.E.S. se digne tomar en consideracion el in

  1. Este documento lia sido trascrito del volúmen titulado Miscelánea, años 1817 a 51, tomo 161, página 317, del a chivo del Ministerio de Hacienda. (Nota del Recopilador.)
  2. Este documento ha sido trascrito del volúmen titulado Miscelánea, años de 1817 a 51, tomo 161, página 316 vuelta, del archivo del Ministerio de Hacienda. (Nota del Recopilador.)
  3. Este documento ha sido trascrito del volúmen titulado Miscelánea, años 1617 o 39, tomo 164, pajina 232, del archivo del Ministerio de Hacienda. (Nota del Recopilador).