Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo V (1821-1822).djvu/162

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
162
SENADO CONSERVADOR

almonedas i bajo de un proveedor de tanta probidad como bien asalariado. Permítanos V. E. resumirlas para contestarlas, i son:

La provision en el nuevo sistema demanda los gastos de bodega, proveedor i dependientes. Se espone a pérdidas por la mala calidad de los efectos o descuido en los almacenes; no estarán siempre prontos para surtir i auxiliar los buques; habrá el gasto de envases i vasijas; será difícil hallar un hombre activo i delicado que llene el cargo de proveedor; i, finalmente, no hai dinero para esa provision, porque no alcanza el ramo de balanza. Oiga ahora V. E. que todo se proveyó en nuestro informe, i que todo tiene un remedio, justamente el mismo cuya necesidad ha promovido este espediente.

Hai necesidad de bodegas, de un proveedor i dependientes que han de costar al Erario, es una verdad. Pero el proveedor por contrata ¿no tiene la misma necesidad? Es innegable; ahora bien, él ha de sacar el pago de esa necesidad en su remate, en que ha de indemnizarse de sus especies i gastos, sacando a mas toda la utilidad que pueda; luego, si el Fisco ha de pagarlos en esta contrata, i a mas dejarle todo el lugar que se propone de utilizar el contratista, léjos de perder, gana en pagar bodegas, proveedor i dependientes. Como el remate de artículos separados es condicion esencial la buena calidad de los efectos, i que sean a satisfacción del proveedor, que ha de estar diariamente sobre los almacenes para proveer a la conservacion de las especies que quedan de su responsabilidad desde el momento que las recibió a su satisfaccion, i para hacer efectiva ésta ha de dar las fianzas bastantes, queda cubierto este inconveniente, porque si se habla de aquellos casos inevitables e inculpables, éstos los calcula mui bien el contratista proveedor para cargarlos en su remate i siempre con el favor que dicta el interes propio. Los víveres estarán siempre prontos i mucho mas prontos en los remates para especies; lo primero, porque será condicion del remate que el que no lo pusiere en almacenes al tiempo prefijado, ha de pagarlos al Estado al mayor precio de los de mejor calidad que comprare para reemplazar su falta; i lo segundo, porque es infinitamente mas fácil que diez o veinte hombres pudientes, i que talvez tienen de cosecha los artículos que rematan, pongan cada uno el suyo, que lo haga por inumerables un proveedor contratista, por lo jeneral sin fondos ni recursos, como han sido los mas que tuvimos hasta aquí.

El Tribunal conoce la dificultad de hallar un hombre que llene la proveeduría, i por eso pidió que se asalariase con tres mil pesos anuales, sueldo capaz de facilitar un hombre de todas las calidades necesarias i que con toda esa asignación i los gastos que han intimidado al señor gobernador en sus observaciones produzca seguramente al Erario mas de cien mil pesos de ahorro; i ¿qué será mas fácil? que sea delicado i activo un hombre escojido i bien pagado, o un proveedor rematante que mejora sus utilidades talvez i sin talvez en los manejos? Aquél está ligado por la gratitud i por su responsabilidad afianzada, i como no es dueño de la especie que provee, ni puede coludirse con tantos como son los rematadores particulares, será bien difícil, ya que no puede ser imposible, que maniobre en semejantes negocios.

El gasto de envases i vasijas, a mas de que ha de cargarlo i con utilidades el proveedor contratista, será justamente uno de los ahorros que nos debe producir el nuevo sistema, porque el proveedor del Estado los entregará a la marina bajo los resguardos de ordenanza, para recojerlos conforme a la misma, que no permite desperdiciar un fleje ni una duela, miéntras ahora nada vuelve a almacenes, ni hai quién ni cómo pueda hacérsele cargo.

No hai dinero, i si la proposicion fuera cierta, tampoco habria armada ni provision; lo cierto es que ha habido ahogos, porque hubo gastos estraordinarios, i acaso mas que por éstos por el desorden de su manejo. Si no hai plata, no se puede hacer contratas con el subastador proveedor, ni habrá uno tan necio que entre en ellas si sabe que no se le ha de pagar; pero ello es que entran i es la mejor prueba de que son pagados. El artículo tercero de nuestro informe de fojas 4 garante bastante a los subastadores particulares, i si el ramo de balanza no alcanza para los demas artículos, el Erario, que ha de sufrir su costo, de uno u otro modo, designará los ramos que sean bastantes; por lo que cree el Tribunal que, si V E. adopta el nuevo sistema, el tiempo ejecuta por los remates i que, entretanto se verifican, debe el comisario de marina presentar un proyecto económico para el manejo de la nueva provision al Tribunal de Cuentas, a fin de que, discutido, se apruebe por V. E. i obre en su en table. —Contaduría Jeneral de la República, Santiago, Febrero 26 de 1821 . —Rafael Correa de Saa. —Agustin de Vial E. — Francisco Solano Briceño.


Santiago, 5 de Marzo de 1821. —Pase al Excelentísimo Senado con la brevedad que exije su importancia. —O'Higgins. —Dr. Rodríguez.


Núm. 213

Excmo. Señor:

Notando en los partes dados por el resguardo de la cordillera, el número considerable de comerciantes que de la provincia de Cuyo han pasado en estos últimos meses a este Estado a comprar efectos para espertar a su país, se me ocurrió el proyecto que, declarando libre de todo derecho los que por un camino principal i designado de la cordillera se estraigan para las