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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo V (1821-1822).djvu/230

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SENADO CONSERVADOR
SENADO CONSERVADOR
SESION 366, ORDINARIA, EN 9 DE JULIO DE 1821
PRESIDENCIA DE DON JUAN AGUSTIN ALCALDE


SUMARIO. —Asistencia. —Cuenta. —Provision de los empleos de hacienda. —Construccion de obras nuevas por los Cabildos. —Solicitud de don José Riglos. —Reglamento del hospital militar. —Creacion de dos compañías de plaza para Concepcion i Chillan. —Cartas de ciudadanía de don José Bustamante i don Bartolomé Aris Navarrete. —Acta. —Anexos.


Asisten los señores:

Alcalde Juan Agustin
Cienfuegos José Ignacio
Fontecilla Francisco B.
Perez Francisco Antonio
Rozas José Maria de
Villarreal José Maria (secretario)

CUENTA

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que el Supremo Director acompaña una nota del Gobernador-Intendente de Concepcion, i propone que se creen dos compañías de caballería de plaza, una para guarnecer a Concepcion i otra para guarnecer a Chillan. (Anexo núm. 321.)
  2. De otro oficio con que el mismo Majistrado acompaña dos representaciones del Tribunal Mayor de Cuentas, sobre las fianzas que los Intendentes i los asesores letrados deben rendir, i propone que se deje a los actuales seguir sin tales garantías en el ejercicio de sus cargos i exijirlas en adelanto a los nuevos titulares. (Anexo núm. 322. V. sesiones del 14 de Agosto de 1820 i 12 de Diciembre de 1821.)
  3. De dos espedientes sobre otorgacion de carta de ciudadanía, seguidos, respectivamente, por don José Bustamante i por don Bartolomé Aris Navarrete.
  4. De una solicitud de don José Riglos, natural de Buenos Aires, en demanda de que, atentos sus servicios a la causa de la independencia, se le declare en posesion de todas las gracias, privilejios i derechos de que los hijos del país gozan.

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Que en adelante los jefes de oficina sean nombrados por el Director Supremo, con arreglo a lo dispuesto por la Constitucion, i los puestos subalternos se provean con empleados de las mismas oficinas despues de haber servido a lo ménos cuatro meses a mérito i otros cuatro a medio suel