- Que los comandantes de los dos batallones de guardias nacionales hagan salir rondas para perseguir ladrones; i que el Gobernador-Intendente imparta órdenes para que los alcaldes de barrio hagan salir patrullas todas las noches. (Anexo núm. 462. V. sesiones del 18 de Junio de 1819 i del 13 de Agosto de 1821.)
- Devolver a don José García Cádiz el espediente que solicita. (V. sesion del 6 de Julio de 1821.)
ACTA
▼En la ciudad de Santiago de Chile, a tres dias del mes de Agosto de mil ochocientos veintiún años, reunido el Excmo. ▼Senado en su sala de acuerdos i en sesiones ordinarias, determinó S.E. se manifestara al ▼Supremo Director que, si al paso de aumentarse los gastos del Estado i los apuros del Erario, no era fácil proporcionar nuevas entradas, debia solo tratarse de la mayor economía, manteniendo solo los empleados precisos. Que si era un escándalo para el público la permanencia de tres estados mayores, uno en esta capital, otro en Concepcion i el otro en Chillan, debia proveerse de la concentracion de estos empleos, reduciéndolos aun jefe militar con el título de inspector o mayor de órdenes con un oficial i un escribiente, con los que puede despacharse todo lo anexo a los estados mayores; i que aquellos oficiales que no tengan un cuerpo ni hagan servicio activo, lleven únicamente la mitad del sueldo de su dotacion, según las ordenanzas, que, principiándose la minoracion de gastos en este ramo, se lograría mui pronto salir de apuros, adoptándose los demas medios de economía que tenía propuestos S.E.
▼A presencia de lo que instruyó el Supremo Gobierno con la comunicacion del Gobierno de Mendoza, sobre el desgraciado resultado de una parte de la división que atacó a la de los anarquistas, mandó S.E. se le hiciera ver que, no pareciendo demasiado apuradas las circunstancias en que ha quedado aquella división ni la provincia de Mendoza, le proporcionarán los auxilios que se pedian, balanceándose por el ▼Supremo Director esa urjencia con los apuros de nuestro Erario i las actuales atenciones en que se halla el Gobierno con los movimientos de la provincia de Concepcion.
▼Determinó S.E. se hiciera presente al Supremo Gobierno que, para consultar la tranquilidad pública de que se lamentaba el vecindario, se dieran las órdenes oportunas para que salieran dos patrullas de los dos batallones de nacionales, reencargando al Gobierno-Intendencia que, duplicando sus cuidados, previniera la salida de las rondas de policía auxiliadas de los misinos vecinos, para evitar el descuido que se critica i los particulares tengan seguridad de sus personas. I, ejecutadas las comunicaciones, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. —Alcalde. —Rozas. —Cienfuegos. —Fontecilla. —Villarreal, secretario.
ANEXOS
Núm. 357
Excmo. Señor:
▼Varios individuos amantes del país me han insinuado lo útil que seria atraer hacia nosotros a dos sabios estranjeros que también desean venir. Son éstos Mr. Bonpland i Mr. S. S. Dawson Lavaysse, asilados ámbos en las provincias de Buenos Aires, cuyas divisiones intestinas los tienen disgustados. Mas, como no han de dejar la subsistencia, poca o mucha que tengan, por venir de aventureros sin seguridad de otra mejor, tengo el honor de proponer a V.E. se les invite a su traslacion, asignando al primero mil doscientos pesos anuales i mil al segundo, miéntras aquí permanezcan, ofreciéndoles tierras para ubicarse i que el Gobierno les dará destinos análogos a sus conocimientos. Si V.E. aprueba esta idea, aun convendrá librarles alguna cantidad para que costeen su traslacion, i esto les hará conocer que la oferta no es puramente nominal.
Escuso esponer a V.E. los conocimientos en que abundan estos dignos estranjeros, pues son ya demasiado públicos i sus obras son aquí leidas con utilidad i placer. Esta clase de hombres es la adquisicion mas apreciable para un Estado: es trasladar en cierto modo hacia nosotros la ciencia i las artes de sus países cultos. Sigamos el ejemplo de las grandes naciones que se han elevado pagando grandes sueldos i pensiones a los talentos e injenios de obras para atraerlos. Aun cuando sus conocimientos no se difundieran aquí, siempre nos serian ventajosos, porque a las veces bastan las producciones de un hombre sabio para libertar a un pueblo de la nota de inculto. Con ellos habrá de quien tomar lecciones de historia natural, de botánica, química, mineralojía, de matemáticas, economía, i de aquella estension de facultades en que ellos sobresalen. Las preciosidades de este reino empezarán a conocerse i nuevas riquezas nos librarán de apuros, i entónces será nuestro Estado verdaderamente independiente. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial en Santiago, Agosto 2 de 1821. —▼Bernardo O'Higgins. —Dr. ▼José Antonio Rodríguez. —Excmo. Senado.