dentes i asesores no las tienen dadas. La Intendencia de Concepcion ajita espediente sobre la ereccion de dos oficiales de su secretaria; lo que hasta ahora se ha concedido por ser opuesto a las leyes i práctica. Sobre todo, V. E. sabrá dictar la providencia que mas convenga. —Tribunal de Cuentas, 14 de Noviembre de 1821. —▼Rafael Correa de Saa. —Francisco Solano Briceño.
Santiago, Noviembre 17 de 1821. —Pídanse los antecedentes al Ministerio de Estado i, agregados, pásense al Excmo. Senado con la consulta correspondiente. —▼O'Higgins. ▼—Vial.
Núm. 565[1]
▼Cuando estuve en esa capital, representé a S. E., por conducto de US., las dificultades que se presentaban para el exacto despacho en la secretaría de esta Intendencia, por falta de oficiales, i propuse para desempeñar este destino, de primero, al teniente de nacionales don Diego Cavada, único que la ha desempeñado por el espacio de cinco años, cuyo ejercicio, con la multiplicación de asuntos i negocios con que cada dia se recarga la Intendencia, le ha deteriorado su salud i se necesita de un segundo, que también propuse a US., que lo es don Pascual Molina. Recuerdo a US. nuevamente el despacho de sus títulos, con intervencion del ▼Ministerio de Hacienda, quien en aquella techa acordó conmigo el sueldo que debian percibir.
Tengo el honor de repetirlo a S. E., por conducto de US., para los fines que tengo indicados. —Dios guarde a US. muchos años. —Serena i Abril 13 de 1821. —▼Joaquin Vicuña. —Señor Ministro de Estado en el departamento de Gobierno.
Santiago, Mayo 4 de 1821. —Se aprueban los propuestos; proponga los sueldos que deben asignárseles i el ramo que haya de sufragarlos. —▼O'Higgins. —▼Echeverría.
Núm. 566[2]
▼Cuando estuve en esa capital signifiqué a US. la urjente necesidad que tengo de dos oficiales para el despacho de la secretaría, cuyo desempeño se hace cada dia mas insoportable por uno solo, i quedó acordado el sueldo que éstos habian de percibir; ámbos quedaron propuestos al Ministerio de Estado para que se les librasen sus títulos, pero resta la órden de su asignacion de prest, que espero, por conducto de US., para debida constancia. —Dios guarde a US. muchos años. —Serena i Abril 14 de 182 1. —▼Joaquin Vicuña. —Señor Ministro de Estado en el departamento de Hacienda.
Santiago, 28 de Abril de 1821. —Venga por el Ministerio de Estado, despues de acusado el recibo. —(Hai una rúbrica.) —Dr. ▼Rodríguez.
Núm. 567[3]
▼Por el mérito del primer oficial don Diego Cavada, contraído en el servicio de esta secretaría en el término de cinco años que la desempeña, i el doble trabajo que se le prepara respecto del segundo don Pascual Molina, me parece que al primero no se le podrán asignar ménos de los seiscientos pesos, los mismos que habia acordado con el Ministerio de Hacienda, i al segundo, que da principio como un auxiliar, se le podrán asignar trescientos i cincuenta pesos, que es lo que me parece en justicia, por el conocimiento que me asiste del trabajoso ejercicio en que se emplean.
En cuanto al ramo de que deban ser pagados dichos oficiales, dejando exentos los de aduana, se podrá asignar el de ventavo i minería que pagan los cobres al tiempo de su estraccion, i que lo recauda el teniente de los Ministros de la Tesorería. Espero la suprema aprobacion sobre este particular, pues la necesidad de estos oficiales se aumenta a proporcion de la duplicacion del despacho. Con lo que contesto a la honorable nota de US. de 4 del presente. —Dios guarde a US. muchos años. —Serena i Mayo 22 de 1821. —▼Joaquin Vicuña. —Señor Ministro de Estado en el departamento de Gobierno.
Santiago, Setiembre 24 de 1821. —Se aprueban las asignaciones. Contéstese. —▼O'Higgins. —▼Echeverría.
Núm. 568[4]
▼En contestacion a la honorable nota de US., de 19 del corriente, incluyo las actuaciones obradas en este departamento de mi cargo, sobre el nombramiento de los oficiales de la secretaría del Gobierno de Intendencia de Coquimbo i asignacion de sus sueldos. —Dios guarde a US. muchos años. —Ministerio de Estado i Noviembre 23 de 1821. —▼J. de Echeverría. —Señor Ministro de Estado en el departamento de Hacienda.
- ↑ Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Varios, tomo I, pájina 69, del archivo del Ministerio del Inierior. (Nota del Recopilador.)
- ↑ Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Varios, tomo I, pájina 70, del archivo del Ministerio del Interior. (Nota del Recopilador.)
- ↑ Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Varios, tomo I, pajina 71, del archivo del Ministerio del Interior. (Nota del Recopilador.)
- ↑ Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Varios, tomo I, pájina 72, del archivo del Ministerio del Interior. (Nota del Recopilador.)