Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo V (1821-1822).djvu/416

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
416
SENADO CONSERVADOR

Santiago, Noviembre 24 de 1821. —Por recibidos los documentos, agréguense i pase con la nota correspondiente al Excmo. Senado. —O'Higgins. Vial.


Núm. 569

Excmo. Señor:

Reproduciendo las observaciones que en 17 de Setiembre tuve el honor de hacer a V.E. acerca del senado consulto de 29 de Agosto último, i recomendando nuevamente los servicios prestados por don Estanislao Lynch, tengo el honor de pasar a manos de V. E. la representacion, que me ha dirijido su apoderado, para que V. E. se sirva acordar lo que estime conveniente. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Palacio Directoría!, Noviembre 27 de 1821. —Bernardo O'Higgins. —Agustin de Vial. —Excmo. Senado.


Núm. 570

Excmo. Señor:

Con la mas alta consideracion, paso orijinal a manos de V. E. la solicitud que ha instaurado doña Josefa Irigóyen, sobre ser eximida de la contribucion perteneciente al ramo de licores, en virtud del senado consulto que en ella se cita, para que V. E., con su acostumbrado tino se sirva proveerla conforme estime de justicia. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Palacio Directorial en Santiago de Chile, Noviembre 28 de 1821. —Bernardo O'Higgins. —Agustin de Vial. —Excmo. Senado de la República.


Núm. 571

Excmo. Señor:

Tengo la honra de incluir dos comunicaciones del Ministro Enviado cerca del Gobierno de Buenos Aires, con los documentos que contienen, en las que avisa el ceremonial diplomático establecido en aquella capital i de las atribuciones de que gozan los Enviados con carácter público. V. E. se servirá examinarlo todo, i decirme lo que, por nuestra parte, debemos practicar en los casos que ocurran. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Palacio Directorial de Santiago, Noviembre 28 de 1821. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 572

Excmo. Señor:

Tengo la honra de incluir la nota ministerial del Gobierno del Perú, que propone el establecimiento de una comunicacion frecuente, ordenada i recíproca entre éste i aquel Gobierno, por medio de correos marítimos, para que V. E. se sirva comunicarme su dictámen en la materia. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Palacio Directorial de Santiago, Diciembre 1.º de 1821. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 573[1]

Lima, Octubre 16 de 1821. —Una de las cosas que mas confunden a los pocos enemigos que aun tenemos, es la buena armonía subsistente entre los Gobiernos que hoi rijen los destinos de la América del Sud. La regularidad con que mutuamente se tienen las noticias, contribuye mucho al fomento de la opinion i al abatimiento de los contrarios de la causa. El Excmo. Señor Protector, tomando en consideracion éstas i otras mas ventajas que produciría para ámbos Estados una comunicacion frecuente i ordenada, me ha mandado proponga a US. el establecimiento de correos marítimos, costeados por los respectivos Gobiernos, i que sin interrupcion salgan los dias 1.º i 15 de cada mes de los puertos de Valparaíso i el Callao, siempre que, en los dias espresados o los inmediatos, no se proporcione algún buque cuyo destino sea uno de los dos puertos mencionados.

Sírvase US. elevarlo a consulta del Excmo. Señor Supremo Director de ese Estado, i comunicarme su superior resolucion para conocimiento de S. E. el Protector. —Tengo la honra de reiterar a US. los sentimientos de mi mas alta consideracion. —J. García del Rio. —Señor doctor don Joaquin de Echeverría, Ministro de Estado i Relaciones Exteriores.


Santiago, Diciembre 1.º de 1821. —Pase en consulta al Excmo. Senado. —O'Higgins. —Echeverría.


Núm. 574

Excmo. Señor:

Cada dia ocurren en mi despacho dudas graves, no solo sobre el pago de intereses, sino sobre la perpetuidad de los capitales que los producen, i por ello en las defensas, en las consultas i en los juzgamientos me ha sido preciso proceder por identidad de razon en muchos casos, i por doctrinas que he adaptado indirectamente, ajustadas a la recta razon.

La Bula Viana, espedida de propio motu en

  1. Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Lejislaturas, 1820-23, pájina 206, del archivo del Ministerio de la Guerra. (Nota del Recopilador.)