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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo V (1821-1822).djvu/472

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SENADO CONSERVADOR

por los remordimientos; mientras jimen encorvados bajo el duro yugo de las rivalidades, de esas pasiones viles i rastreras, propias de las almas mezquinas, el doctor Marin será igual en todos tiempos; su cerviz se mantendrá siempre erguida, su corazon disfrutará del júbilo, de la alegría pura i tranquila que inspira el testimonio de la buena conciencia, i en la integridad de sus principios, en su corto mérito literario encontrará injentes i copiosos recursos con que humillarlos, del mismo modo que lo fueron aquéllos que procuraban desairar al viejo Carvajal, de la conquista, cuando estaba constituido en el último, en su mayor infortunio.

Finalmente, contento con la estimacion de los virtuosos, he cifrado mi gloria en que mi conducta no vaya de acuerdo con la de los desmoralizados; que siempre me alimentaré de la máxima del sabio Arnaldo, cuando dijo: Preciare nobiscum actum arbitramur, si a provis viris veniam et humanitatem obtinere pas est; de reliquis antem ac presentim invidulis quibusdum hominucio hominibus ois nobis laborandum censemus.

En consecuencia de lo dicho, i de que la venganza es una de las pasiones que desconocen las leyes, promovido siempre el derecho, exije de los jueces toda la imparcialidad posible, previniéndoles se abstengan de conocer en las causas de aquellos litigantes, donde medien motivos de odio, enemistad, relación de interes i sangre, etc.; bajo de este principio i de ser notoria la rivalidad de Ud. para conmigo, he hecho uso del remedio que me dispensa la majestad de la lei, al paso que, por otra parte, me ha sido i me será sensible el que se me haya puesto en la dura alternativa de suscribir a mi desaire, o el de recordar lances que, aunque constantes al público, estaban, en cierto modo, sepultados en el olvido. Yo espero, pues, que, en vista de lo dicho, sobresea Ud. en el conocimiento de la causa, en intelijencia que no lo asciendo, i sin ser necesario mas escrito, apelo de cualquiera providencia que se librare en contra, pidiendo, como pido, se me dé testimonio de haberlo verificado en tiempo i forma; a cuyo efecto,

A Ud. pido se sirva hacer i proveer, según i como he pedido, que es justicia.

Otrosí, que, para la resolucion del artículo, se ha de servir la justificacion de Ud. asesorarse con asesor letrado, que es justicia, ut supra. José Gaspar Marin.


Núm. 636[1]

Mi venerado señor:

Recordará V.E. que repetidas ocasiones he significado que, para lograr de tranquilidad en el gobierno de esta provincia, era de necesidad que Marin saliese de ella. Su carácter insultante, atrevido i díscolo, cada dia se me hacia mas insoportable, hasta que, apurada i agotada mi natural moderacion, he dispuesto hacerle salir de esta ciudad al sosiego de su casa i familia.

Protesto a V.E., que justamente debia hacérseme cargos de mi tolerancia en este particular, como que de ella han dimanado, los disturbios políticos, desaveniencias i partidos en que se consumia este pueblo el tiempo que permanecí en ésa capital; pero esta tolerancia, esta prudencia estaba apoyada en mi propio honor, pues, mediando anticipadas diferencias con este individuo, desde el tiempo de mi emigración, quería evitar que se atribuyese a personalidad, lo que justamente debia hacer la autoridad en que estoi constituido, i en obsequio de la tranquilidad que V.E. tanto me ha recomendado; la esperiencia adquirida en la misma revolución me enseña que no hace poco un gobernante en mantener el órden en su pueblo, aunque su falta de luces i conocimientos le impidan mayores progresos; esta es la máxima que me ha dirijido desde que V.E. (a mi pesar) me colocó en el mando de esta provincia.

Este hombre jamas se ha satisfecho con insultar ciudadanos honrados, Cabildos, alcaldes i otras autoridades de este pueblo, prescindiendo de las que ha dirijido a mí i al empleo que obtengo, que he disimulado con prudencia, hasta que últimamente ha elejido el arbitrio de ver modo de malquistar unas autoridades con otras, con el fin de que, introducido el desórden, pueda desquiciar mi gobierno, como lo ha practicado con los anteriores; a esto dirije sus esfuerzos, procurando rebajar el regular concepto que merezco a estos habitantes, suponiéndome crímenes i compromisos para realizar sus proyectos. Dice que conserva documentos, i yo espero que esos mismos, manifestados a V.E. o a otro tribunal, me hagan el mejor honor; nada temo, i por lo mismo he querido franquearle libertad para que se esprese con V.E., ya que aquí no ha de encontrar juez ni tribunal que me juzgue.

El último exceso, i que me ha obligado a abrazar esta resolucion, es el escrito que a V.E. adjunto, dirijido al alcalde de primer voto, que hacia de intendente interino durante la pequeña ausencia de ocho dias que he estado fuera del Gobierno; por él verá V.E. su costumbre de insultar por escrito i de palabra a estos majistrados; repase asimismo cómo se jacta i lisonjea de haber hecho lo mismo con el alcalde anterior i demás cabildantes, de cuyos justos reclamos no puedo desentenderme, principalmente cuando ellos han reprimido su autoridad para escarmentarlo solo por mi consideracion i por las relaciones que me unen a su familia; observe al mismo tiempo V.E el espíritu de su esposicion, no solo dírijida a estinguir la union i reciprocidad que

  1. Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Miscelánea, 1808 a 23. tomo 149, pájina 314 del archivo del Ministerio de Hacienda. (Nota del Recopilador.)