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SESION DE 21 DE ENERO DE 1822

protesté, a presencia de la diputacion, de que cuando llegase el terrible lance de no haber con qué suministrarles el sustento, yo, en persona, saldría a pedir limosna de puerta en puerta por las calles. Un juéves santo, Excmo. Señor, fué el dia mas amargo que pudo haberse presentado a un corazon sensible, pues me avisa el ecónomo de que al otro dia no habia mas sustento para suministrarles a los pobres enfermos, que una tasa de caldo. El Ente Supremo se valió de un débil instrumento para que en dia tan aciago se colectasen 200 pesos, de un modo milagroso. El facultativo exijia con instancias la compra de una caja de cirujía, que solo importaba 150 pesos. Lo propuse a algunos de los diputados, quienes, aflijidos, contestaron que si no habia para caldo para los enfermos, cómo habria para ese gasto, i no pasó ni un mes sin que se enterase la dicha suma, por la caridad de varios sujetos a quienes se les hizo presente tan grave necesidad. Los pobres enfermos se hallaban sin colchones i sin dinero para comprar 300 varas de brin, i para ello se solicitaba que el vendedor, al mismo tiempo que diese alguna limosna, hiciese alguna baja, i la piedad divina presentó al anglicano don Juan Ort, para que diese de limosna, no solo las 300 varas de brin, sino, lo que es mas, las piezas que restaban al entero de 150 pesos que ofreció i enteró. Hiciera un catálogo, Excmo. Señor, de sucesos, no solo de las estremas escaseces de aquella casa desdichada, sino de los portentos asombrosos con que Dios la sostiene. V.E. es su imájen sobre las tierras de su padre, es su protector, i no dudo que la ternura de su corazon compasivo se habrá conmovido al oír pasajes tan melancólicos i tristes.

Empeñe V.E. toda su autoridad no solo para que dicho principal i sus intereses queden a beneficio de la casa, sino también para que se incrementen sus haberes. Así se lo suplica del modo mas rendido toda la diputación entera, el último de los protectores i esa humanidad espirante que desde el potro de sus camas, con toda la languidez i debilidad del que agoniza, repiten las súplicas de que se le erogue esa gracia. —Santiago i Enero 18 de 1822.


Cuando dicté la anterior representacion, aun no se me habia pasado la Gaceta número 47, tomo III, de la semana próxima pasada, i jamas me persuadí que, ántes de escribirla ante V.E., el mismo panteon habia de perorar a mi favor i que habia de hacer ver a V.E. i a todo el mundo que debe de volver al hospital su cementerio i que, léjos de hallarse necesitado el hospital de socorrer al panteón, ántes éste debe hacerlo con el hospital. Véalo V.E. patentísimo por ese público documento que, estractado de los libros del panteon, ha dado a luz don Manuel Valdivieso. El asegura, no bajo de su palabra, sino con referencia a unos libros llevados por tres manos sagradas, que en solo los veintiún dias de Diciembre anterior, han ingresado novecientos doce pesos. Jiremos, pues, la cuenta de este modo: si veintiún dias me dan novecientos doce pesos, trescientos sesenta i cinco dias, ¿cuánto me darán? i de esta regla de proporcion o de esa llave de oro, con que desde ahora se descubren en el público las riquezas venturas del panteon, resulta que 15,851 pesos que con los cuatrocientos de los cuartos de la caridad llega su ingreso a 16,251 pesos sin contar las limosnas i otros emolumentos del panteon; i en este caso ¿quién a quién debe dar? o el hospital al panteon o el panteon al hospital? Qué cuentas tan exactas habian jirado los oblatores de las propuestas ya espresadas, porque admitidas por cinco años debian tener un ingreso de 81,250 pesos! Si V.E., al principio de la adjudicacion, hubiera tenido presentes estos datos indudables, no hubiera ni aun imajinado el privar a un hospital miserable de ese principal e intereses, pues ya lo tiene V.E. acreditado; i si ántes pedí que los intereses reservados del principal se aplicasen al panteon, por el tiempo que la prudencia de V.E. dictase, ahora concluyo con la instante súplica de que se reforme el citado rescripto i se declare haber cesado los caudales de esa adjudicacion, i que el hospital continúe en la posesion i propiedad, no solo del terreno adjudicado, sino también de lo demás correspondiente al cementerio, i que en su virtud se suspendan los pregones i señalamiento de dia para el último i su remate. —Santiago i Enero 19 de 1822. —Excmo. Señor. —Lorenzo José de Villalon.


Núm. 653

Excmo. Señor:

El Tribunal de Cuentas no ha exijido el derecho de media annata, de la gracia que V.E. hizo al Supremo Director, para que pudiese sacar del canal de Maipo doce regadores de agua. Ha creído que este derecho está comprendido en la misma gracia; pero, para salvar cualquiera responsabilidad, lo hace presente a V.E. para en caso contrario pasar a la tesorería jeneral el billete de estilo. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Sala del Tribunal de Cuentas i Enero 21 de 1822. —Ecxmo. Señor. Rafael Correa de Saa. —Al Excmo. Senado.


Núm. 654

Excmo. Señor:

Segunda vez ocurro a implorar la piedad de V.E., sobre los pobres prisioneros que están en los campos sirviendo de peones, i los que habitan en esta ciudad en la misma calidad. Casi todos los dias se me presentan, pidiendo que remedie sus almas, que se hallan viviendo mal