▼tiago, Setiembre 27 de 1826. —▼Agustin de Eyzaguirre— ▼Agustín de Vial. —Al Soberano Congreso.
Núm. 171
Señor:
▼El ▼gobernador-intendente de la provincia de Aconcagua, ha remitido al Gobierno, junto con el acta de la elección de gobernador i ▼Cabildo de la villa de la Ligua, una representación de tres vecinos de aquel pueblo en que reclaman de dicha elección por los vicios que anuncian haber habido. El ▼Vice-Presidente de la República tiene el honor de acompañar al Soberano Congreso los referidos documentos para que se sirva dictar la resolución que estime justa; i logra, al mismo tiempo, esta ocasion para renovar al Soberano Congreso su mas respetuosa consideración. —Santiago, Setiembre 27 de 1826. —▼Agustin de Eyzaguirre . —José María de Astorga. —Al Soberano ▼Congreso Nacional.
Núm. 172
▼La ▼Comision, habiendo tomado en consideración el nombramiento para el ▼Ministerio de Guerra, hecha, por el Ejecutivo en la persona del jeneral don ▼Luis de la Cruz, ▼diputado del Congreso; teniendo presente el artículo 2.º de la lei de 23 de Agosto, en que se ordena no admitirse renuncia alguna de diputado, salvo que alguna circunstancia gravísima obligase a la Sala a admitírsela, en cuyo caso el diputado renunciante no dejará su asistencia hasta que sea cubierta por un sucesor en la Representación; ha creído que debia contraer su resolución a los dos puntos siguientes:
- Si el nombramiento del Ejecutivo, para el servicio del Ministerio, deba reputarse en este caso por causa gravísima, i
- Si existe quién pueda suceder en la Sala al señor Cruz, para salvar la condicion prevenida en la lei citada de 23 de Agosto.
Con respecto al primero, cree la Comision que, en las circunstancias difíciles del país, en la situación embarazosa del actual Ejecutivo, en el sumo tedio i repugnancia que se advierte en todas las personas para la admisión de estos destinos de tan gran trabajo i responsabilidad, léjos de deber poner el Lejislativo restricciones o minorar el número de personas aptas para el servicio del Ejecutivo, debia ántes prestarle todos los auxilios i facilidades que estuviesen a su alcance; i que quizá ningún recurso podria ser mas ventajoso que el sacar los Ministros del mismo Congreso, en donde se hallan reunidos los ciudadanos que tienen en su favor la elección i aprobación nacional, sirviendo también este medio para establecer la mejor armonía entre los dos Poderes i la mas acorde, fácil i espedita marcha de los negocios. Ha tenido también presente la Comision la práctica a este respecto de las naciones mas sábias, como Inglaterra i Norte América, cuyo ejemplo debe servirnos de autoridad. Ni ha olvidado tampoco lo acordado por este mismo Congreso en otro igual caso, cuando el Ejecutivo nombró al señor diputado ▼Elizondo para Ministro Plenipotenciario cerca del Gobierno del Perú, que dejó a su libre voluntad la admisión o renuncia de tal destino.
Con respecto al segundo punto, la Comision está instruida de que existe en esta capital el suplente que puede subrogar al señor Cruz, verificándose así lo prevenido en la lei de 23 de Agosto, caso que el señor Cruz dejase su asiento en el Congreso.
Por todo lo cual la Comision propone el siguiente
Contéstese al Ejecutivo que, sin embargo de estar ordenado por lei del Congreso no admitirse renuncia a ningún diputado sin causa gravísima, el ▼Congreso, en su deseo de prestar al Ejecutivo todas las facilidades que estén a sus alcances, para el mejor despacho de los negocios, ha declarado por motivo gravísimo el del nombramiento para el Ministerio de Guerra i Marina que se ha servido hacer en la persona del jeneral don Luis de la Cruz, el que queda espedito para poder aceptar el destino para que se le ha nombrado. —Santiago, Setiembre 27 de 1826. —▼Joaquín Campino. —▼S. A. Pérez. —▼J. S. Montt. —▼Ignacio Molina.
Núm. 173
Señor Secretario del Soberano Congreso:
▼Esta Municipalidad incluye a US., para que la presente al Soberano Congreso, la ▼renuncia que hace don ▼Joaquín Del Fierro de diputado suplente por esta jurisdicción. Las razones en que ella se apoya, son mui notorias a esta Municipalidad como al vecindario, i el desentenderse de ellas, seria atacar su misma existencia. Por tanto, esperan los infrascritos que, haciéndolo US. presente al Soberano ▼Congreso, accederá a su solicitud.
Dios guarde a US. muchos años. —Ligua i Setiembre 13 de 1826. —Tomas Vicuña. —José Gaete. —Juan Polanco. —Francisco Martínez. —Pedro Castro. —Señor Secretario del Congreso don ▼José Santiago Montt .
Núm. 174
Señores de este Ilustre Ayuntamiento:
▼Por comunicaciones que he recibido del señor