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SESION DE 20 DE OCTUBRE DE 1826

sidente; don José Tomás Ovalle, para Vice-Presidente, i don Manuel José Gandarillas, para secretario.

Con este motivo, saludo a V. E. con todos los sentimientos de consideración i aprecio. —Secretaría de la Asamblea, Santiago, i Octubre 19 de 1826. —Manuel Ortúzar. —Excmo. señor Presidente del Congreso Nacional.



Núm. 324


Esposicion que hace ante el Excmo. señor Presidente de la República el apoderado de la ciudad de Talca, en cumplimiento de su deber, i desagravio de sus poderdantes.

Excmo. Señor:

El apoderado de la ciudad de Talca, con el debido respeto, ante V. E. espone que, en la sesión pública de 12 del corriente Octubre, ha oido un oficio del gobernador de Curicó remitido por V. E. al Soberano Congreso, por el que dicho gobernador se queja de no ser obedecido en las órdenes i decretos que comunica a las autoridades de dicha ciudad, aparentando por ello males que solo existen en la fantasía de su señoría, i formando una alarma que, a no ser sobre una cuestión que se ha hecho de moda, merecía, en todo sentido, dejarla descansar sobre un bufete. El que suscribe lo habría hecho así si el compromiso de su honor i confianza que ha depositado la ciudad de Talca, no le obligasen imperiosamente a justificar ante V. E. la conducta de mis poderdantes, tan injustamente ultrajada por dicho gobernador.

Mis poderdantes, en su comunicación de 25 de Setiembre del presente año, dirijida a V. E. por el Ministerio del Interior, se han anticipado a manifestar a V. E. el voto jeneral del pueblo de Talca sobre la presente cuestión; ántes de ella, cuando el Consejo Directorial emitió el proyecto de demarcación, fué igualmente unísono i uniforme el disgusto que sintió la poblacion a solo la noticia de él; por manera que las autoridades que entónces les presidian, se vieron forzosamente impelidas a reclamar la suspensión de dicha demarcación. De todo ello obran documentos incontestables en el despacho del gobernador, en que, al hablar de la renuncia de sus decretos, se esprime con las voces de que "ella es la maniobra o el producido de cuatro díscolos". Difícilmente se presentará en la revolución un hecho en que se vea mas bien espresada la voluntad jeneral de aquel pueblo, la que, a la verdad, da un peso inmenso a su opinion. Esta sola circunstancia debió hacérsela respetar al gobernador, i por supuesto a las autoridades que les presiden, aun cuando hubiesen de emitir su dictámen, no como hombres públicos sino como ciudadanos particulares. ¿Quién ignora que los pueblos tienen un admirable tino cuando se trata de su bienestar? ¿Quién duda que cuando un pueblo fija sus votos sobre una proposicion de un modo constante i uniforme como el presente, adquiere ésta tal grado de certidumbre i evidencia que exije necesariamente el respeto público? I este dogma político que en todas materias tiene lugar, lo es con especialidad cuando se versa la cuestión sobre la conveniencia e interes particular del mismo pueblo, lo que es justamente nuestro caso. La esencia del proyecto parte orijinalmente de la conveniencia que resulla a los pueblos demarcados; este es i no puede tener otro objeto la demarcación; por consiguiente, toda vez que los pueblos o un gran pueblo se resiste a ella, es porque ciertamente no descubre las ventajas que le atribuyen sus autores, i como en esta cuestión ellos son los solo interesados, a ellos esclusivamente corresponde su resolución. Por haberse escusado este paso, se ve i se verá constantemente rechazada la demarcación que se ha hecho en jeneral de la República i en particular de la que le ha tocado a Talca. Mis poderdantes han visto emitiise i plantearse el proyecto por una autoridad incompetente. El Consejo Directorial no pudo formar el proyecto de demarcación, aun cuando se creyese apoyado de la autoridad del Congreso del año 23, porque se duda si algún Congreso tenga facultad para delegar esta atribución i mucho ménos para depositada en el Poder Ejecutivo; pero permitido que la tuviese, ¿por dónde pudo estenderse a plantearla, cuando el mismo Congreso, en su decreto de 9 de Octubre, no le otorga este poder i mucho mas le embaraza el peligroso i vicioso concurso de lejislador i ejecutor de la lei, como sucedió con el proyecto de demarcación? Este vicio insubsanable, unido a los antecedentes que han concurrido en este negocio, le han hecho odiable desde su cuna; para ello, ruego a V. E. mande traer a la vista el reglamento orgánico i acta de unión i la demarcación presentada por el Senado Conservador i Lejislador al Ejecutivo, para que la hiciese publicar bajo su responsabilidad. La simple lectura de estas piezas dan desde luego una idea mui poco favorable a la imparcialidad que debió servir de base al proyecto, por consiguiente, no seria estraño, o diré con mas propiedad, nada mas natural que sufra la resistencia de los pueblos i al fin tenga quizas la misma suerte que tuvo el plan de la carta orgánica i demarcación propuesta por el Senado Conservador i Lejislador. Estas observaciones que a la demarcación en jeneral presajian un período insubsistente, contraidas a Talca, le hacen absolutamente, en el dia, inverificable, tanto mas cuanto se empeñe el gobernador de Curicó en mandar sobre Talca. Si cuando se emitió el proyecto de demarcación de la cuarta provincia, se dejara a los pueblos que la componían, como debió ser, el resolver la odiosa cuestión sobre la capital o la silla de su gobierno, el Ejecutivo jeneral no se viera en el