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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XII (1826).djvu/132

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130 CONGRESO NACIONAL

que los intendentes no fuesen removidos, por la necesidad de que queden en Concepción i Coquimbo los que hai, respecto a ser jefes políticos i militares; por lo demás, soi de dictámen contrario i opino por la sanción del artículo.

El señor Campino.—Se me ocurre hacer esta pregunta; ¿ha tenido presente la Comision que en Valparaíso, siendo un punto militar, el gobernador no puede ser nombrado por el pueblo?

El señor Vicuña. —Sí, señor, se tuvo presente, i lo mismo respecto a Valdivia i Chiloé, en cuyos gobernadores, siendo jefes militares, no debe hacerse novedad.

El señor Pedro De la Arriagada. —Cuando se pidió votacion sobre el anterior artículo, se preguntó por uno de los representantes si era relativo a todas las intendencias en jeneral o nó; se le contestó que habia otro artículo en que se especificaba que las provincias de Aconcagua, Colchagua i Maule no eran comprendidas, porque prevenía que cesasen sus intendentes. Yo creo, señor, que si en estas circunstancias prosiguiesen como ántes los intendentes de estas nuevas provincias, me baria responsable al pueblo de que dependo. El no cesa de reclamar los perjuicios que le ocasiona el estar en Curicó la capital. Un sujeto que tenga algún negocio puede venir a Santiago sin esponerse a nada; pero para ir a Curicó no puede hacerlo sin esponerse a tristes desgracias por los bandidos que continuamente salen por aquella parte; es necesario que se acompañe de cuatro o cinco hombres para poder caminar con alguna seguridad, i esto, ¿qué gastos no le causa? El pueblo de San Fernando no creo que haya merecido el desprecio de la Nación para que se le obligue a permanecer en un estado tan perjudicial.

Así, es mi dictámen, que las intendencias establecidas anteriormente, como la de Santiago, Concepción i Coquimbo, continúen como ántes, i que las nuevas se suspendan, i esas provincias se reduzcan a su antigua demarcación hasta que el Congreso sancione la que ha de rejir en lo sucesivo.

El señor Romero. —La provincia del Maule está perfectamente demarcada en las confluencias del Ñuble i del Itata; esta provincia, luego que se demarcaron todas, no puede negarse que recibió un placer, i permanece mui conforme con lo determinado acerca de ella por el Consejo Directorial. Si se trata de hacer novedad en aquella de que ha hablado el señor preopinante, yo pido que no se haga en la mia, penetrado de que un movimiento de esta clase traería un trastorno, que seria principio de nuestros males.

El señor Elizondo. —Anoche hemos oido producirse a los señores diputados de Concepción, que no quieren se dé a la de Maule el carácter de provincia, porque se empeñan en que la provincia de Concepción se estienda hasta el Maule. Yo no sé como salvar esta diferencia. Usía (al señor Romero) pretende que permanezca el gobierno intendencia de Cauquénes, i los diputados de Concepción no quieren que subsista esa demarcación.

El señor Lazo. —No puedo pasar en silencio lo que acabo de oir al señor Vice–presidente. Este señor diputado ha dicho que en Valparaíso no debe hacerse novedad respecto del gobierno, porque es un jefe militar. Prescindo de que en aquel puesto se necesita un sujeto de los conocimientos i bondad del gobernador actual; pero no puedo pasar por que el pueblo de Valparaíso, que consta de mas de dieziseis mil almas, no pueda nombrar su gobernador que lo mandeasu satisfacción. Creo que la Sala deberá tomar en consideración este punto, i yo recomiendo a su consideración, que aquel pueblo es el canal de la riqueza de Santiago i de toda la República, i que no puede ser de peor condicion que otros que tienen ménos poblacion i ménos riqueza.

El señor Fernández. —Contrayéndome al punto en cuestión que dice: "quedan en suspenso las nuevas intendencias de Aconcagua, Colchagua i Maule,ii vuelvo a repetir que no opinaré a favor de ella, i quiero que la Comision bata los fundamentos en que me apoyo. Creo que debe hacerse una formal distinción entre los intendentes i los gobernadores de distrito; creo que en nada tiene atinjencia la demarcación con la lei de elecciones de gobernadores.

El señor bcnbio:Pedro_María_De_la_Arriagada_Argomedo. —Cuando he hablado en particular de los males que sufre la provincia de Colchagua, en virtud de la nueva demarcación, no he tenido otro objeto que hacerlos presentes, para que no se crea que mi pueblo está conforme con ella; en lo demás convengo con lo que espone el señor preopinante.

El señor Benavente. —He dado mi opinion para que no se haga novedad en las nuevas provincias, así como en las antiguas; esta determinación solo servirá para el momento, porque mui luego se ha de hacer la demarcación, i porque en las nuevas se comprende Valdivia i Chiloé, cuyos gobernadores intendentes, a mas de serlo en lo político, ejercen el mando de la plaza. Las mejoras que se han propuesto en la discusión, parece que ya no permiten decidirse por el artículo en los términos en que se ha presentado, i seria conveniente que pasase otra veza la Comision este artículo para que lo reformase.

El señor Vicuña. —La Comision también tuvo en consideración las provincias de Chiloé i Valdivia, i creo que juzgó que, en todos aquellos pueblos donde fuese necesario un jefe militar, no se hiciese novedad, porque ellos deben ser a satisfacción del Gobierno.

El señor Benavente. —Yo mui bien comprendo que la lei es puramente para gobernadores políticos; mas, los intendentes quedan por ahora sin nombrarse, i como dentro de cuatro o cinco dias debe tratarse de la elección de intendentes, no era nada lo que se aventajaba con removerlos; i por esto he dicho que convendría volverse el ar