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SESION DE 20 DE JULIO DE 1826

to el influjo de varios individuos que se acercan a ese Gobierno, a los cuales se ha contestado que las escaseces del Erario no presentan recursos para habilitar muchos Enviados i que debe mirarse como preferente la misión que ya se tiene proyectada a Buenos Aires. En tales circunstancias, i sin ser impulsado como UUSS. saben, de un Ínteres personal, concebí el atrevido proyecto de solicitar a favor de esa provincia, no solo lo que era justo para la República en jeneral, sino también un privilejio por seis años, como un compensativo de los inmensos perjuicios que ha sufrido durante la guerra de quince años.

El convencimiento de que, en la equitativa imparcialidad de S. E., el Libertador, pesan igualmente los intereses de cualquier punto de América con los particulares de su ilustre Patria, Colombia, me animó, mas que la dulce benignidad con que este héroe me ha honrado, a presentarle el memorial que en copia incluyo a UUSS. El proveído con que se me ha devuelto convencerá a UUSS. de que la gracia está concedida i que se pondrá en ejercicio luego que mi personería sea acreditada con poderes suficientes de la provincia. Yo felicito a UUSS. por el logro de este importante beneficio que he procurado a mi país natal, beneficio que, en mi concepto, basta para restituir a la provincia su antiguo esplender.

UUSS. i todos los particulares Cabildos de esa provincia llenarán un acto de la mas urbana delicadeza si, al mismo tiempo de remitirme los poderes, tributan a S. E. las gracias debidas a tan señalado favor.

Saludo a UUSS. con la consideración de mi mayor respeto. —Lima, Mayo 26 de 1826. Miguel Zañartu. —Señores del mui Ilustre Cabildo, Justicia i Rejimiento de la ciudad de Concepción i demás Ayuntamientos de la provincia.

P. D. —Como puede suceder que yo tenga necesidad o permiso de restituirme a mi país ántes que la gracia sea puesta en ejercicio, convendrá que los poderes vengan con facultad de sustituirlos, que yo cuidaré de dejar al señor Hurtado o a otro chileno de igual interes patrio el cuidado de ajitar las ventajas obtenidas (Hai una rúbrica).


Núm. 201[1]

En la Sala Capitular del mui Ilustre Cabildo de la ciudad de Concepción, en tres dias del mes de Julio de mil ochocientos veintiséis años, los señores que lo componen, en sesión estraordinaria, con asistencia personal del señor gobernador intendente, sobre el contenido de una nota oficial de don Miguel Zañartu, residente en el Perú, i una copia de representación hecha por éste al Supremo Gobierno de aquella capital a nombre de los habitantes o hacendados de la provincia de Concepción, con el objeto de eximirlos por el término de seis años del pago de la mitad de los derechos de los efectos del país introducidos en aquél, dijeron: que el asunto guarda relación inmediatamente con los intereses en jeneral, i , por lo tanto, no puede el Cabildo resolver sin la prévia consulta al Supremo Gobierno, tanto mas cuando el Congreso Jeneral debe estar ya reunido. I aunque esta opinion tuvo otras en oposicion, pero al fin, convenidos de la propia utilidad i resultados, convinieron unánímente se consultase; encareciéndole al Director Supremo la necesidad del pronto despacho, por refluir el asunto inmediatamente a favor de la provincia, en circunstancias de escaseces i continuados sacrificios. Así lo acordaron i firmaron, de que doi fe. —Rivera. —Manzanos. —Rio. —Godoy. —Gana. —Palma. —Alemparte. —Castellón. —Urrutia. —Moreno. —Juan Ignacio de Vargas, secretario.

Adición

Acordaron, asimismo, se escribiese al señor Zañartu dándole noticia de lo acordado. —(Hai ocho rúbricas). —Vargas, secretario.

Es copia de sus orijinales que obran a fs. 17 del Libro Municipal. —Concepción, fecha ut supra. —Juan Ignacio de Vargas, escribano de Cabildo.


Núm. 202[2]

Excmo. Señor:

Miguel Zañartu, por sí í a nombre de los vecinos de la provincia de Concepción, lleno de respeto i confianza, ante V . E. digo: que cuando Lima jemia bajo duro despotismo de sus Virreyes, cometió la injusticia de llevar el funesto presente de sus cadenas a la feraz i floreciente provincia de Concepción de Chile, en términos que, estableciendo en ella el cuartel jeneral de sus ejércitos, hizo desaparecer de aquel privilejiado suelo la exuberancia con que la naturaleza le habia distinguido. En recompensa de estos males, aquella virtuosa provincia aniquiló a su vez sus últimos recursos para traer a Lima la libertad i la felicidad que ésta le habia arrebatado. Sus sacrificios han sido de grande conducencia para proporcionar al Perú, con la venida de V. E. el triunfo de su independencia, el mejor apoyo de su libertad i de su gloria permanente..



  1. Este documento ha sido trasciito del volumen titulado Intendencia de Concepción, tomo I, años 1810 a 1827, pajina 555, del archivo de la Biblioteca Nacional. (Nota del Recopilador.)
  2. Este documento ha sido trasciito del volumen titulado Intendencia de Concepción, tomo I, años 1810 a 1827, pajina 557, del archivo de la Biblioteca Nacional. (Nota del Recopilador.)