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SESION DE 5 DE AGOSTO DE 1826

presa, fijando sus primeras bases, i un Gobierno, elejido por toda la Nación, formó i detalló la contrata, cuyos artículos, en la parte que obligan al Estado, todos se dirijen a protejer la empresa i los empresarios. Con esta salvaguardia hemos sacrificado nuestra fortuna i las de nuestros amigos, el jiro de nuestros negocios i los mas penosos i angustiados desvelos para establecer estos ramos en el pié de arreglo que iban tomando con los afanes i gastos de mas de un año. Pero cuando nuestras anticipaciones i fatigas prometían ménos costos i trabajos sucesivos, se ha suscitado la emulación que nos supone un porvenir el mas feliz i poderoso, i en el pueblo un gravamen intolerable. También sabemos que la provincia de Coquimbo propone al Gobierno pagar el continjente que le quepa en rateo con los demás departamentos, para satisfacer el empréstito de Londres, i que en su territorio queden libres las especies estancadas. Nosotros no divisamos cómo un Erario aniquilado pueda cubrir esta deuda sagrada, sino ocurriendo a la actual contribución indirecta del estanco; pero tampoco nos corresponden estas discusiones políticas. Lo que hai de cierto es que, subsistiendo nuestra contrata, es inadmisible la propuesta de Coquimbo, pues aun prescindiendo de que se violaban los pactos contraidos por la Nación, debe considerarse: primero, que nuestros gastos para hacer efectivo el pago anual del empréstito, suben a una cantidad mucho mayor que la importancia del dividendo, contando con las costas de la administracion i arreglo de los ramos estancados; i si Coquimbo solo fuera pensionado en el numerario del dividendo, nos dejaba sin el resarcimiento que le corresponde a esa provincia de los costos administrativos, que no solamente son locales, sino jenerales. Lo segundo i principal, que, siendo Coquimbo un territorio unido al resto del Estado con la única línea divisoria del corto rio de Choapa, si allí fuese libre la introducción i jiro de los ramos estancados, se formaría en ese departamento el almacén jeneral que surtiese a buena cuenta de aquellas especies, a todo el Norte de de Chile. Nosotros nos veríamos obligados a formar un espeso cordon de guardias, desde el mar hasta los confines de la Cordillera, en toda aquella línea, i aun así, no evitaríamos el contrabando, ya marítimo o de Cordillera, en las épocas i puntos que no pueden ser custodiados permanentemente por su rijidez i falta de nuestros recursos.

Señor Ministro, los empresarios del estanco creyeron servir a su Patria en esta negociación, sin olvidar sus honestos intereses; pero ya que la emulación, la opinion o la voluntad de los pueblos, quieren ahora retraerse de los pactos establecidos, nosotros les allanamos la única dificultad, que es la de nuestro consentimiento; entiéndase, con la condicion legal i necesaria, de que se nos dé una indemnización correspondiente a nuestros gastos, empeños í afanes. No habrá un solo hombre que deje de confesar que la empresa del estanco de tabacos, etc., en los primeros dos años, léjos de ofrecer la menor utilidad, debe haber ocasionado cuantiosas pérdididas i gastos, no solo por su organización, sino especialmente por la inmensa cantidad de estos efectos que poseían los particulares, i que nosotros no pudimos haber recojido ni la mitad de ellos, atendidas las precauciones que ha tomado cada individuo. Estos vendedores clandestinos introdujeron sus especies de contrabando, i pueden venderlas baratísimas (como en efecto lo hacen) disminuyendo i aun casi aniquilando las ventas legales.

Ya espusimos a US. en otra vez, que ellas habian bajado un cuarenta por ciento de la ascendencia en que se hallaban ántes del estado de cosas en que nos hemos visto detenidos i embarazados para evitar las ventas clandestinas, cuya esposicion estamos prontos a probar documentalmente; i es mui claro que esta baja no puede tener otro principio que el contrabando que se hace con impunidad, desde que los vendedores contando o con la opinion contra el estanco, o con el apoyo de algunos enemigos suyos, no faltos de poder, se han acostumbrado a burlar nuestras providencias. Lo mismo han hecho los sembradores de tabaco que, a pesar de nuestras reconvenciones i amenazas, que fueron necesarias hacer a algunos despues de arrancadas sus sementeras en el año anterior, las han multiplicado escandalosamente en el pasado, porque esperaban la próxima destrucción del estanco, i tenemos avisos de todos los administradores que se han hecho considerables cosechas.

Ellos han quedado impunes, porque era tanto su número que habria traido tristes consecuencias el haber procedido contra ellos, i mas cuando muchos jueces territoriales estaban comprendidos en el mismo delito. Para probar este acertó i para cuantos hagamos en el discurso de esta nota, ofrecemos documentos. Entretanto, nosotros, para acopiar dinero para remitir a Londres, pagar la multitud de jentes que ocupamos i proporcionar abastos, nos hemos visto obligados a contraer empeños í préstamos injentes con exorbitantes intereses, cuales sabe US. que se pagan en el día, sostenidos por la esperanza de nuestros futuros resarcimientos. Tales indemnizaciones no pueden quedar espuestas a las eventualidades i quebrantos de la caja fiscal. Debe, pues, ser una condicion precisa de nuestra devolución que la indemnización sea en numerario, o de tal modo segura, que satisfaga a nuestros acreedores. Ya se acerca el tiempo de remitir a Londres el dividendo del presente semestre. ¿Qué deberemos hacer nosotros en la actual perplejidad, i cuando de un momento a otro (hablemos francamente) puede trastornarse esta contrata? Seguramente tenemos que empeñarnos para conseguir estos fondos. ¿I cómo podremos hacerlo, atendida la desconfianza con que