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90 CONGRESO NACIONAL

tres clases de gobiernos distintos unos de otros, porque la Rusia vive bajo un imperio absoluto; la Inglaterra está constituida bajo el plan de una monarquía moderada i los Estados Unidos bajo el sistema federal. Sin embargo, las tres son las que han aventajado mas a las otras potencias, i es porque gozan igualmente de las garantías de seguridad i propiedad. Cualquiera de estas formas que adopte Chile disfrutará de la misma felicidad que aquellas naciones, siempre que las garantías de los ciudadanos sean conservadas i respetadas. El Estado de Chile, en jeneral, lo que quiere es un gobierno democrático o popular; esto es lo que quiere; si éste ha de ser federal o solidado, está reservado a la sabiduría de este Cuerpo el decidirlo, i no me parece que los pueblos puedan contraerse a las formas que admite el sistema popular representativo, de federalismo, etc., sino salo a una base de gobierno electivo. Por consiguiente, siendo la materia de tanta gravedad, me parece que, para tratar con acierto este punto tan interesante, es necesario que la Comision de Constitución informe acerca del proyecto. También creo de necesidad que la Sala se complete por parte de aquellos diputados que deben elejirse por ella misma; tales son los de Chiloé, porque siendo esta provincia una parte constitutiva del Estado, parece mui conveniente que se elijan, no habiéndolo podido hacer ella misma, para que aquel pueblo tome parte en un asunto de que depende su suerte futura, como la de toda la Nación. Creo, pues, que se debe esperar a los demás diputados que aun no han llegado o no se han incorporado al Congreso.

El señor Fariñas. —Los votos jenerales de Chile, a no ser que se nos quiera envolver en escolasticismos, son por el sistema federal mas o ménos estenso, según convenga a sus intereses. Las utilidades del sistema de federación son bastante conocidas; los votos del país por constituirse bajo esta forma, son también manifiestos i mui conformes a la esperiencia adquirida en dieziseis años de contrastes i desgracias. Los progresos que ya presenta la república mejicana, limítrofe de la de Estados Unidos, son un ejemplo de lo que puede este sistema en favor de los pueblos que se gobiernan por él. ¿I por qué omitimos a ponernos en igual marcha? ¿Por qué se ha de retardar a Chile este principio de su dicha i engrandecimiento? No hace cuatro dias que esta Sala resonaba en aplausos del sistema federal, i ahora ya se nota una oposicion. No puedo creer que varíen hoi los mismos diputados que ayer han convenido en los principios de la federación.

Que la Sala esté completa es mui bueno; pero ¿quién nos ha dado autoridad de nombrar representantes por otros pueblos? ¿Tenemos algunos derechos o poderes de la provincia de Chiloé que nos autoricen a hacerlo? Esa voluntad moral o presuntiva es, por desgracia, como entre los hombres, la voluntad del pecado orijinal, propagada según los teólogos hasta ahora; si los intereses de la provincia de Chiloé están circunscritos a sus habitantes, no encuentro autoridad en ninguno de nosotros para poder usar de ellos.

El gobierno federal, por su naturaleza, defiende i respeta los derechos del ciudadano, éste no tendrá ya que temer los ataques de la arbitrariedad; la marcha del Ejecutivo será en adelante dentro de sus límites; las provincias de la República reconocerán intereses propios, hasta aquí desconocidos, podrán disponer de un modo mas conveniente sus Gobiernos interiores i económicos; mas, si prevalecen las ideas absolutas i degradantes de las anteriores administraciones, ojalá bajemos al sepulcro ántes de ver el último fallo de nuestra miseria i desgracia.

El señor Infante. —Yo quisiera que el Presidente de la Sala se hallara presente; esto podria influir en si se resuelve o nó el punto en cuestion; sin embargo, creo que éste es el dia en que empiezan a temblar los tiranos, i los hombres libres a llenarse de consuelo, al oir decir: Federación. ¡Con qué especiosidades, señor, se ha tratado de alucinar a los pueblos, diciéndoles: "La federación va a producir el desorden, ella nos sumirá en la anarquía i el país se hará desgraciado para siempre"!

En estas acerciones no se hace otra cosa que hacer trepidar por un momento la opinion de los pueblos, porque ellos, al cabo, conocerán sus intereses. El sistema federal, contra el cual se han hecho tantos esfuerzos para desacreditarlo, es el mas conforme a los principios sociales i el mas ventajoso a las naciones. Por él, las provincias quedarán, bajo un respecto, independientes, pero dependientes bajo otro; su independencia no tendrá mas estension que la necesaria a producir el bien; serán dependientes en todo lo que haga relación a los intereses de la Nación. Quiero patentizarlo con un ejemplo. Una provincia elije su gobernante; ¿qué tiene que hacer la Nación en esto? ¿No es mui justo? Una provincia quiere dictar leyes municipales que solo tienen atinjencia con sus intereses locales; ¿por qué la Lejislatura Nacional se las ha de dar, cuando puede tener una provincial que las dicte mejor? Esto es por lo que respecta al Gobierno político. Por lo que hace al judicial, he oido decir siempre que no todas las provincias podrán costear un tribunal de justicia. Señor, declare la lei que esas provincias dispongan como quieran acerca de este particular, entretanto tengan inconvenientes para mantener un tribunal. En nada se opondría el sistema federal a que de esas provincias acudan a la capital o a la mas inmediata que tenga tribunal de justicia; pero tendrán la seguridad que el dia que quieran o que les sea posible, lo establecerán.

El sistema unitario, meditado solo por los déspotas, les negaba este derecho i los condenaba a sufrir el gravámen de tener que ocurrir necesariamente a la capital. ¿I será posible que nos ne