Ir al contenido

Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XIV (1827).djvu/181

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
183
SESION DE 24 DE FEBRERO DE 1827

bramiento de gobernador, no tuvo lugar por entónces, por oposicion que se advirtió en la misma mesa, demostrando que ya yo era el electo, miéntras que a este mismo reparo no accedió con respecto al nombramiento de representante. En la misma mesa se pidió la renuncia o causa que habia para que se me quitasen los nombramientos de la materia, i no hubo mas resolucion que hacer ver era todo por órden de US., leyéndola al efecto. Ignoro el cumplimiento del artículo 6.º de la lei del 18 de Julio de 1826, ni cuál sea el motivo o causa que US. haya tenido para ordenar que se me retiren los poderes, nombrándose otro en mi lugar, en circunstancias que no habiendo nada de esto, ni habiéndose hecho saber para usar de mi derecho, creo que, conforme a la lei, no puedo ser removido ni despojado de la representacion, si es que ella rije. Suplico a US. se sirva decirme lo que hai en el particular para, en su vista, usar de mi derecho.

Saluda a US. su atento servidor. —Concepcion, Febrero 15 de 1827. —Pedro Barnachea. —Señor Intendente don Santiago Fernández.


Núm. 205

Los pueblos pueden, cuando quieren i tengan por conveniente, retirar sus poderes a sus apoderados, o llámense diputados o representantes, sea con causa o sin ella, i sin necesidad de indicar el motivo que les mueve; bajo este principio ha procedido el pueblo de la Laja en el retiro de los poderes que habia conferido al recurrente para diputado de la Asamblea de esta provincia, sin que aparezca ninguna indicacion por parte de este Gobierno, que no tiene necesidad de ocultar sus providencias. —Concepcion, Febrero 16 de 1827. —Fernández.


Núm. 206

Señor:

Ya no es posible tolerar el absolutismo con que se conduce el señor intendente de este departamento, don Santiago Fernández; pues que sus arbitrarios procedimientos han llegado hasta lo sumo. Despreciando la lei, le rije su capricho, i por fin, sus disposiciones atentatorias i atacantes a todo derecho, las hace prevalecer a todo trance, asilado en el antemural de los tiranos: la fuerza. No contento con los procedimientos de que ha dado cuenta a Vuestra Soberanía i al Ejecutivo, el Presidente de esta Asamblea, en notas de 30 de Enero último i de 4 del corriente i sin mas ocurrencia, ha ordenado se me retiren los poderes (como lo ha hecho con otros diputados) que la parroquia de Penco me habia conferido, haciendo que se haga nueva eleccion e imponiendo a mis comitentes en falsos e imajinarios motivos para abusar de su obediencia i sencillez. Todo lo ve Vuestra Soberanía en los documentos que tengo el honor de incluir, i por todos conocerá que el señor Fernández, declarándose protector del partido de los siete protestantes ante él, lleva el intento de quitar de la sala a los demás que le hacen oposicion, para, por este resorte, lograr tengan efectos las arbitrarias resoluciones a que aspiran.

El cuadro melancólico que presentan estas ocurrencias, su continuacion i demás, me hacen presentir que es llegado ya el desgraciado tiempo en que cada uno hace lo que quiera, si Vuestra Soberanía no pone remedio oportuno a estos males, pues que, con el actual intendente, aunque se pida justicia, todo es negarse, todo dejar al silencio i desprecio los reclamos, por mas conformes a la lei i justificados que sean. La dolorosa esperiencia me ha hecho ya ver esta verdad en fuerza de la que, como único recurso, apelo a Vuestra Soberanía para evitar otros procedimientos que acaso la desesperacion baga admitir, agotada la paciencia.

Sírvase Vuestra Soberanía tener presente esta solicitud i determinar lo que su soberana voluntad crea arreglado, admitiendo los respetos de su humilde servidor. —Concepcion, Febrero 16 de 1827. —Félix A. Novoa . —Soberano Congreso Constituyente.


Núm. 207

Se me ha noticiado que, en la doctrina de su mando, se ha procedido a nueva eleccion de diputado para esta Asamblea, saliendo electo don Fernando Figueroa. Ignoro los motivos por que se me quieran retirar los poderes, que esos dignos habitantes me confiaron, cuando mi comportacion no ha dado mérito. Pero, por fin, para usar de mi derecho, quiero saber por órden de quién se ha procedido a la reunión de ese pueblo para la eleccion i cuáles los motivos que se les han dado a mis comitentes, pues que, hasta ahora nada sé, sino de oídas, que me lo afirman, i por las que me creo se tratará de suspenderme los poderes.

Saluda a Ud. su atento servidor. —Concepcion, Febrero 15 de 1827. —Félix Antonio Novoa. —Señor comandante de Penco.

Es copia. —Félix A. Novoa.


Núm. 208

Penco i Febreto 15 de 1827.


señor don félix antonio novoa.

SEÑOR

Mi amigo:

El dia 11 del actual, a las 3 de la tarde, recibí.