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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XIV (1827).djvu/35

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SESION DE 15 DE ENERO DE 1827

por este Cuerpo i esplanados los males e indudables perjuicios que refluyen a sus habitantes i al partido de San Cárlos, no ha podido ménos que mirarle con asombro, mayormente cuando ni siquiera tuvieron la dignacion los señores diputados de esta jurisdiccion de pasar una noticia anticipada a este Ayuntamiento, como debia esperarlo, i se les previno espresamente en sus poderes. Este acuerdo que miramos bien de cerca como uno de los mayores males, no podemos silenciar sin atacar tácitamente las fortunas de unos habitantes que desequilibradas con la guerra, principiaban a nacer en su adelanto estendidos aquellos obstáculos.

"La agotacion de recursos en que quedaría un partido que considerado nominal se le preparaba su última ruina i miseria. En este mismo caso se halla el de San Cárlos con la nueva division, de suerte que a uno i otro se dejan en estado de inaccion, incapaces de adelantar i alcanzar los bienes que debian obtener en su tranquilidad, adquirida a gran costa. Estos motivos i otros poderosos que se han tomado en consideracion i que por ahora se omite el individualizarlos, estimulan a este Cuerpo a suspender directamente los poderes conferidos a los señores doctor don Juan Bautista Zúñiga i don Damian de la Vega. En consecuencia, se suplica a US. se sirva trasmitir esta comunicacion a la Honorable Asamblea para que sean paralizadas sus funciones de los indicados diputados, i en el entretanto, esta Municipalidad i vecindario eleva sus reclamos al Soberano Congreso Nacional, a donde protesta hacer ver su justicia i convincentes razones en que se apoya para que quede sin efecto la citada sancion. Suplica a US. al mismo tiempo tenga a bien suspender la ejecucion de lo acordado por la indicada Honorable Asamblea, advirtiendo a US. que sin dispendio de tiempo debe marchar este recurso.

"Con este motivo, reiteramos a US. los sentimientos de nuestra mas alta consideracion i respeto.

"ADICION. —Para que no se paralicen las funciones de la Corporacion Provincial con la suspension de poderes, queda este Cabildo tomando sus prontas medidas para la nueva eleccion de diputados." —Intendencia del Maule, Cauquénes, Diciembre 27 de 1826. —Eduardo, diputado secretario. —Al Presidente de la Sala de la Honorable Asamblea Provincial.


Núm. 58


mocion hecha por don Matías Romero,diputado por linares

Honorable Asamblea:

No se duda que la soberanía de los pueblos es enajenable; pero no por esto están efectivamente autorizados para cometer tropelías e inferir agravios de algun bulto a sus representantes, ni ménos a la Corporacion en jeneral. Tal procedimiento se observa en el Cabildo de Quirihue, pues él ha retirado los poderes a sus diputados sin otro principio que el creerlos cooperantes en la sancion del curato de Ninhue o villa i partido, cuando uno de ellos no asistió a la sesion a causa de una grave enfermedad que le tenia tirado en cama, i el otro, aunque se halló presente e hizo la oposicion que estuvo a sus alcances, nada sacó, porque la mayoría se decidió por lo sancionado. Si por una deliberacion tan justa como ésta i que probablemente refluye en bien de la jeneralidad, i que un gran número de habitantes debe estar conforme con ella, se conmueven los pueblos i tratan de su esterminio, ¿qué resultado debemos esperar cuando se sancionen otras ménos cómodas i asequibles? Seguramente iguales o mas funestos que los que hasta ahora se están esperimentando. ¿Seria acaso compatible que, por miras particulares de individuos, se accediese a la solicitud de Quirihue, dejando sin efecto lo sancionado i quedando catorce o quince mil habitantes, que son los ménos de que debe de componerse el nuevo partido de Ninhue, hundidos en la ignorancia como saben hasta ahora i en otros mayores males? ¿Ni cómo podrá ser justo postergar el engrandecimiento de nuestra provincia el que ciertamente resulta de algunos nuevos establecimientos cuales son éstos? ¿I será posible que aun entre los mismos americanos existan hombres opuestos al bien de su país i guarden todavía una completa uniformidad con las antiguas ideas de los déspotas? Aun creo que quedan todavía entre nosotros reliquias de la tiranía española. Estoi bien cierto que los señores representantes de Quirihue, no han tenido en esta materia por objeto el traicionar a sus comitentes, i si alguna parte hubiesen tomado, sí, habria sido por cumplir con su deber i hacer en cierto modo un bien de bastante precio a multitud de habitantes que han mirado a tan larga distancia los recursos en sus negocios; pero en otro sentido han traicionado las miras particulares del gobernador local i tal vez la de una que otra persona de las que componen la Municipalidad aquélla, como lo demostraré en dos razones. ¡No le es lo mismo al hombre de bien i que solo se interesa en prestar un servicio a la Patria i a sus conciudadanos el que su autoridad sea estensiva solamente a una corta comprension que a un largo espacio! Juzgue, pues, cualquier hombre sensato e imparcial detenidamente sobre el anterior punto, i verá que solo encierra en sí un cúmulo de egoísmo i ambicion. Mi padre es gobernador en Lináres, i sin embargo de ser tan reducida la estension de aquel partido ¡ojalá mañana se dividiera en dos! pues conozco que en todas partes es en favor de la humanidad esta medida.

En conformidad de todo lo espuesto, creo que la Sala no permitirá que los diputados de Quiri