suspendió la sesion i se anunció para la siguiente los mismos negocios. —Diego Antonio Elizondo. —Montt.
ANEXOS
Núm. 463
▼El ▼Congreso Nacional, en sesion de hoi, ha decretado lo que sigue:
▼Artículo primero. Se pasará una razon que contenga:
- La suma total a que asciende el producto del ▼Estanco.
- La de sus gastos en sueldos fijos, comisiones, casa, almacenes i un cálculo de los estraordinarios.
- El capital empleado en valores corrientes de los artículos estancados.
- El producto líquido, deducidos capital i gastos.
Art. 2.º Se pasará igualmente una razon de la suma importante de los ▼derechos de importacion de los artículos estancados, tomada de los años anteriores al establecimiento del Estanco, proporcionalmente.
Art. 3.º El Poder Ejecutivo dará las órdenes convenientes para que las oficinas a quienes incumba el conocimiento de estas noticias las pasen a la mayor brevedad a la ▼Comision de Hacienda del Congreso Nacional.
El Presidente de la Sala, al comunicarlo al ▼Vice-Presidente de la República, tiene la honra de saludarle con las consideraciones de su distinguido aprecio. —Congreso Nacional, Mayo 25 de 1827. —Al Excmo. Señor Vice-Presidente de la República.
Núm. 464
▼El ▼Congreso Nacional, considerando que el compromiso ajustado con los empresarios del ▼Estanco, no se ha espedido en el término fijado por la lei, ha acordado:
▼Que, siendo necesaria una nueva resolucion, el Poder Ejecutivo pasará a la Lejislatura los documentos de esta referencia, informándole sobre los particulares que crea conducentes a la mejor espedicion de este negocio.
El Presidente de la Sala saluda, con este motivo, al ▼Vice-Presidente de la República con los sentimientos de su mayor consideracion. —Congreso Nacional, Mayo 25 de 1827. —Al Excmo. Señor Vice-Presidente de la República.