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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XIV (1827).djvu/409

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SESION DE 25 DE MAYO DE 1827

suspendió la sesion i se anunció para la siguiente los mismos negocios. —Diego Antonio Elizondo. —Montt.


ANEXOS

Núm. 463

El Congreso Nacional, en sesion de hoi, ha decretado lo que sigue:

Artículo primero. Se pasará una razon que contenga:

  1. La suma total a que asciende el producto del Estanco.
  2. La de sus gastos en sueldos fijos, comisiones, casa, almacenes i un cálculo de los estraordinarios.
  3. El capital empleado en valores corrientes de los artículos estancados.
  4. El producto líquido, deducidos capital i gastos.

Art. 2.º Se pasará igualmente una razon de la suma importante de los derechos de importacion de los artículos estancados, tomada de los años anteriores al establecimiento del Estanco, proporcionalmente.

Art. 3.º El Poder Ejecutivo dará las órdenes convenientes para que las oficinas a quienes incumba el conocimiento de estas noticias las pasen a la mayor brevedad a la Comision de Hacienda del Congreso Nacional.

El Presidente de la Sala, al comunicarlo al Vice-Presidente de la República, tiene la honra de saludarle con las consideraciones de su distinguido aprecio. —Congreso Nacional, Mayo 25 de 1827. —Al Excmo. Señor Vice-Presidente de la República.


Núm. 464

El Congreso Nacional, considerando que el compromiso ajustado con los empresarios del Estanco, no se ha espedido en el término fijado por la lei, ha acordado:

Que, siendo necesaria una nueva resolucion, el Poder Ejecutivo pasará a la Lejislatura los documentos de esta referencia, informándole sobre los particulares que crea conducentes a la mejor espedicion de este negocio.

El Presidente de la Sala saluda, con este motivo, al Vice-Presidente de la República con los sentimientos de su mayor consideracion. —Congreso Nacional, Mayo 25 de 1827. —Al Excmo. Señor Vice-Presidente de la República.