Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XIV (1827).djvu/43

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
45
SESION DE 17 DE ENERO DE 1827


Núm. 70

No siendo posible elevar al grado de tolerancia la ereccion de nuevo partido, que ha hecho del curato de Ninhue la Corporacion Provincial de este departamento; examinados los perjuicios que van a inferirse a los habitantes de esta jurisdiccion i la de San Cárlos, le fué indispensable a esta Municipalidad dirijirse al Ejecutivo departamental con la nota oficial que en testimonio acompañamos a US. para que, instruido de ella i de las razones con que protestamos elevar por su órgano nuestros recursos a la Representacion Nacional, se digne US. favorecernos con la interpelacion de esta materia, i a este objeto indicaremos las siguientes.

El año pasado de 23 para la creacion del nuevo partido de Coelemu se les agregó á éste, de Quirihue, la mitad de su jurisdiccion, quedando por este motivo demasiado diminuto, i que solo consta de ocho diputaciones, las mas de ellas miserables. De éstas se le han quitado ocho para darle al de Ninhue, siendo éstas las mas pobladas de habitantes e intereses, de forma que Quirihue queda tan reducido que no cuenta con mas vecinos que un corto número, i los mas de ellos insolventes. La poblacion de esta villa cabecera iba progresando, de modo que en pocos años seria una de las mejores de que se compone esta provincia; pero léjos de alcanzar este bien se verá en tal abandono que hará odiosa i miserable su mansion. Una parte de sus pobladores la componen vecinos de Ninhue, i los demas con esta falta se verían en la necesidad de abandonarla, respecto a que el comercio i demas recursos de industria quedan en estado de nulidad. Un rejimiento de milicias disciplinadas que se halla en el mejor pié i arreglo se compone su fuerza de individuos de los distritos segregados. Sus recursos quedan agotados, de tal modo que el Gobierno Supremo debe mirarle precisamente como parte exacta de la República, siendo por esta causa despreciable su tránsito de fuerzas militares, aun cuando las circunstancias mas graves lo exijiesen, a ménos que en sus marchas por este punto contasen con el acopio de los auxilios necesarios; a mas de lo dicho, el partido de San Cárlos, que no numera mas brazos ni intereses que los que componen los territorios que tambien se le segregan, queda por este motivo reducido únicamente a su poblacion i campos desiertos i en el estado mas ruinoso por su miseria e indefension, en circunstancias que el vecindario necesita sostener indispensablemente una parte de las milicias de que se le despoja, para no verse obligado a desamparar la poblacion o aguardar por momentos a ser todos víctimas de la horda de enemigos execrables de que se compone el grupo del perverso Pincheira.

La cabecera de aquel partido, aun terminados los bandidos, no puede contar con mas poblacion que la que tiene, i la que, precisamente, léjos de ir en aumento, vendrá al cabo a arruinarse por falta de vecinos. La villa de Ninhue, para llegar a poblarse, necesita un trascurso dilatado de años, i en este intermedio las poblaciones de Quirihue i San Cárlos deben irse estinguiendo por falta de pobladores, de suerte que de resultas de la creacion de una nueva villa se van a destruir dos que probablemente una de ellas podia incrementarse otro tanto mas que la imajinada. Últimamente este Cabildo está cierto que solo fines particulares de tres o cuatro individuos que funcionaban en la Honorable Asamblea les estimularon a dictar tantos males a los habitantes de este partido i el de San Cárlos, i de ningun modo las ventajas ilusorias con que tal vez colorizaron esa sancion. ¿Podrá creerse que pueda redundar bien alguno a un corto número de vecinos insolventes a que van a reducirse ámbas jurisdicciones con esa nueva gubernatura? ¿Habrá quién no penetre que, por el contrario, se les dispone su mayor ruina así por los justos motivos espuestos i otros que omitimos por no ser difusos? En esta intelijencia suplicamos a US. se sirva interponer este recurso al Congreso Nacional, a nombre de esta Municipalidad i vecindario, apoyándola con las mas razones conducentes que crea oportunas, a fin de que quede sin efecto lo acordado por la indicada Asamblea.

Los que suscriben así lo esperan de su celo, integridad i luces, asegurándole, con este motivo, las consideraciones de su mas distinguido aprecio. —Cabildo de Itata, Quirihue, Enero 6 de 1827. —Manuel González. —Antonio Melo.—Rafael Benavente. —Mateo Francisco González. —Diego Gómez. —Francisco Merino. —José María Betancur. —Santiago Pantoja. —Juan de Dios Vergara. —Francisco Muñoz. —Señor don Diego Benavente, Diputado por esta Municipalidad en el Congreso Nacional.


Núm. 71

A consecuencia de haber trasmitido a la Corporacion Provincial la representacion de US., datada el 8 del corriente, ha comunicado con fecha de ayer la resolucion siguiente:

Reunida la Representacion Provincial la tarde de ayer con el objeto de traer a la vista dos comunicaciones de los pueblos Quirihue i San Cárlos, que en copia las data US. el 6 i 8 del corriente, se ha resuelto prevenir a US. se lleve a debido efecto el comparendo del gobernador del segundo partido ante la Sala como estaba acordado.

Al mismo tiempo, que tome US. todas las providencias que crea oportunas para realizar la lei sancionada, relativa al reconocimiento de la villa Ninhue i plantel de sus competentes autoridades, que hasta la fecha se vé sin efecto; circunstancia que desea la Sala se esclarezca a fin de continuar su augusta marcha i preponiéndose los obs