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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XIX (1830-1832).djvu/127

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SESION DE 7 DE JULIO DE 1831

Convención no podrá ocuparse de otro objeto que de la revisión, teforma, modificación o adicion de la Constitución". De la 2.ª parte se mandó formar otro ariículo que principia: "El Supremo Gobierno, el Senado i la Cámara de Diputados pueden nombrar los oradores que tengan a bien, para que asistan sin voto a las sesiones de la Convención it. Luego se procedió a la segunda discusión de los artículos que según la división del 12.º son ya el 15 i 16; i quedando pendientes, se suspendió la sesión.

A segunda hora se puso en discusión la proposicion del señor Gandarillas sobre compatibilidad del ejercicio de los empleos en los Tribunales de Justicia, con las funciones de Diputados o Senadores en el Poder Lejislativo, i habiéndose discutido en jeneral, se levantó la sesión, quedando para la siguiente los mismos negocios de que se ha tratado en ésta i el indulto pedido para el soldado Fermin Villavicencio. —JOSÉ IGNACIO, OBISPO DE RETIMO. —Juan Francisco Meneses, Secretario.



ANEXO

Núm. 174

La Comision de Justicia ha visto la solicitud de la madre de Fermin Villavicencio para que se le indulte; i es de sentir que el Senado no debe concurrir en el caso presente a abrir la puerta a estos indultos que en realidad son un mal, porque suspenden el curso ordinario de las leyes i que solo pueden concederse en un caso mui raro o estraordinario, como justamente dice la Constitución, i cumpliendo con el fin para que es concedida esta facultad de indultar, que esmitigar el rigor de la lei en los casos estraordinarios que ésta no ha podido prever i siguiendo en esto la equidad natural. El señor individuo de la Comision, don José Miguel Irarrázaval, opina por la conmutación de la pena capital en destierro al presidio de Juan Fernández. —Santiago, 4 de Julio de 1831. —Mariano de Egaña. —José Miguel Irarrázaval.