Convención no podrá ocuparse de otro objeto que de la revisión, teforma, modificación o adicion de la Constitución". De la 2.ª parte se mandó formar otro ariículo que principia: "El Supremo Gobierno, el Senado i la Cámara de Diputados pueden nombrar los oradores que tengan a bien, para que asistan sin voto a las sesiones de la Convención it. Luego se procedió a la segunda discusión de los artículos que según la división del 12.º son ya el 15 i 16; i quedando pendientes, se suspendió la sesión.
A segunda hora se puso en discusión la proposicion del señor ▼Gandarillas sobre compatibilidad del ejercicio de los empleos en los Tribunales de Justicia, con las funciones de Diputados o Senadores en el Poder Lejislativo, i habiéndose discutido en jeneral, se levantó la sesión, quedando para la siguiente los mismos negocios de que se ha tratado en ésta i el indulto pedido para el soldado Fermin Villavicencio. —JOSÉ IGNACIO, OBISPO DE RETIMO. —Juan Francisco Meneses, Secretario.
ANEXO
Núm. 174
La ▼Comision de Justicia ha visto la solicitud de la madre de Fermin Villavicencio para que se le indulte; i es de sentir que el Senado no debe concurrir en el caso presente a abrir la puerta a estos indultos que en realidad son un mal, porque suspenden el curso ordinario de las leyes i que solo pueden concederse en un caso mui raro o estraordinario, como justamente dice la Constitución, i cumpliendo con el fin para que es concedida esta facultad de indultar, que esmitigar el rigor de la lei en los casos estraordinarios que ésta no ha podido prever i siguiendo en esto la equidad natural. El señor individuo de la Comision, don ▼José Miguel Irarrázaval, opina por la conmutación de la pena capital en destierro al presidio de Juan Fernández. —Santiago, 4 de Julio de 1831. —Mariano de Egaña. —José Miguel Irarrázaval.