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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XI (1824-1825).djvu/116

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116 CONGRESO NACIONAL

comerciantes de aquella ciudad, en demanda de que se les exima de sacar patente, pues el principal con que jiran los mas de ellos no alcanza a la suma de doce pesos que la patente importa. (Anexos núms. 195, 196 i 197. V . sesiones del 17 de Julio de 1824 i del 8 de Agosto de 1826.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Aprobar el informe de la Comision Interior sobre la solicitud de los edecanes para pasar por separado la revista de comisario. (Anexo núm. 198. V. sesión del 17 de Setiembre de 1825.)
  2. Aprobar la licencia de un mes concedida por el señor Presidente al señor Lazo, con calidad de que en lugar de éste quede como secretario el señor Elizalde, i citar a su suplente don Agustín Larraín. (Anexo núm. 199. V . sesión del 4)
  3. Rechazar la solicitud de los regulares en demanda de que se les devuelvan las propiedades confiscadas. ( V. sesiones del 6 de Abril i del 9 de Mayo de 1825.)
  4. Que la autoridad civil dé a estos bienes el destino que el Congreso determine; que miéntras se dicta una lei sobre el particular continúe la administracion actual de ellos; i que el proyecto de lei sobre esta materia sea formado por las Comisiones de Lejislacion, de Hacienda i Eclesiástica. ( V. sesiones del 6 i del 20 bis.)
  5. Nombrar para vocales de la Comision de Lejislacion a los señores Rodríguez i Zañartu, en lugar de los señores Vera i Campino, i agregar el señor Infante a la de Hacienda.
  6. Disponer que en lo sucesivo se celebre sesión con el número de diputados que asista. ( V. sesiones del 4 de Abril i del 3 de Setiembre de 1825.)
  7. Mandar que a cada diputado se dé una dicta de cuatro pesos por dia; que solo se exceptúen los diputados que perciben sueldo como empleados; que cuando el sueldo de alguno de éstos sea menor que la dieta se le aumente hasta igualarla; que las dictas se abonen a contar desde el dia de la incorporacion de los diputados; que a aquel que no asista a alguna sesión le sean suspendidas hasta el dia en que vuelva a asistir; que la misma suspensión sufrirá el que llegue después de leida el acta o se retire ántes de levantada la sesión; i que para el cumplimiento de estas disposiciones se lleve por los secretarios una razón exacta de los asistentes e inasistentes i la pasen mensualmente a las oficinas correspondientes. (Anexo núm. 200. V. sesiones del 14 de Enero, del 4 de Marzo, del 4 i del 15 de Abril de 1825, documento 3.º de los llegados al Congreso despues de su clausura, i sesiones del 18 i del 27 de Julio i del 25 de Setiembre de 1826.)
  8. Conceder al señor Elizalde una licencia de 25 dias.
  9. Conceder a don Rafael Eujenio Muñoz la prórroga de licencia que solicita i llamar a su suplente don Santiago Palacios. (Anexo núm. 201.)
  10. Dejar en tabla el proyecto relativo a las propiedades de los regulares i el de garantías ( V. sesiones del 13 de Marzo i del 18 de Abril de 1825) i la renuncia del señor Marin. ( V. sesiones del 23 de Marzo i del 11 de Abril de 1825.)

ACTA

Se abrió con asistencia de los señores Araos, Arriagada, Baquedano, Bezanilla, Barros, Cáceres, Calderón, Concha, Eyzaguirre, Elizalde, Echeverría, Euenzalida, Huid, Hurtado, Infante, Lazo, Luco, Mendiburu, Meneses, Merino, Novoa, doctor Ovalle, licenciado Ovalle, don Vicente Ovalle, Olmedo, Palazuelos, Pérez, Pradel, Rodríguez, Vera, Urízar, Vicuña i Zañartu.

Leida el acta de la anterior, fué aprobada i rubricada por el señor Presidente.

Leyóse un informe de la Comision Interior sobre la representación de los edecanes para que se les pase revista de comisario por separado, i fué aprobado por la Sala; i una solicitud del diputado secretario don José Silvestre Lazo, en que pide licencia por un mes, dejando en la Secretaría hasta su regreso, para que haga sus veces, al señor diputado Elizalde, i todo fué aprobado, debiéndose llamar a su suplente.