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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XI (1824-1825).djvu/282

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ANTECEDENTES

ella en mi contra. Presénteseme uno con quien la haya ejercido; estoi seguro que no lo habrá, miéntras que yo podría designar infinitos en quienes los referidos cabecillas emplearon las armas de la seduccion, Seduce a otro el que con engaños i finjidos hechos le hace variar de ideas, i esto solo se ha observado en los tales cuatro, que no perdonan ardid ni falsedad alguna a trueque de llevar a su dictámen a los hombres sencillos.

De espionaje hablan por desahogar el prurito de decir cuanto malo pudiera haber hecho, pero no porque se hizo. No serian capaces de señalar una persona que se hubiese dedicado a este objeto, i la habrían nombrado mil veces si existiera.

La ilegalidad que encuentran en espresar un pueblo sus sentimientos por medio de una aclamacion jeneral, es porque ella no cooperó con sus miras. Si hubiese sucedido lo contrario, serian los primeros panejiristas en ese método solemne de votar, que todo hombre sensato cree lejítimo, i solo en el código de los cuatro, tiene leyes prohibitivas desconocidas para los demás. Cuando el espresado método de significar el pueblo su voluntad hubiese sido vicioso, el insano orgullo del procurador jeneral, su falta de principios i moderacion, sus excesos, en fin, habrían tenido la culpa. Este joven sin pulso, creyéndose un personero del común para aquellos actos, se empezó a dar el aire de tribuno, sin que nadie se lo hubiese encomendado; hacia mociones a nombre de la delegacion, sin ser autorizado ni haber recibido instrucción alguna; i abandonándose al exceso de conceder i negar la palabra a los ciudadanos que querían tomarla, i aun a poner groseros insultos, cuando alguno intentaba manifestar su opinion, puso al vecindario en tal estado de efervescencia, que levantó en alto la voz i espresó su voluntad sin las trabas que ese jóven inesperto queria oponerle por efecto de mera arbitrariedad.

Resulta, pues, que aunque este método hubiese sido vicioso, no es el procurador ni sus tres compañeros quienes podian tacharlo cuando por ser aquél la causa, se le debia de estimar como el oríjen de lo causado; mas, nada hai de ilejítimo en este paso, mucho ménos cuando la votacion interrumpida por aquel acto, continuó despues de un modo mas solemne, si cabe, corroborándose por el resultado que esa voluntad jeneral espresada en la aclamacion, no era la obra de un acaloramiento repentino, sino de la meditacion mas profunda sobre lo que convenia a los sufragantes i al país en jeneral.

Que se dió sufrajio a los que no lo tenian, dicen los cuatro, i es mui estraño que no los designen i espongan los vicios que los inhabilitan, así como lo es que no hubiesen hecho esta objecion ante los escrutadores que componían la mesa respectiva. Yo no sé qué reglamento se respeta al sentar esta proposicion, porque sí es el que nos rije para elecciones, de los pocos concurrentes que conforme a él no podian sufragar, es el primero, i tal vez único, el jóven procurador jeneral, por falta de edad, de opinion, de propiedad i por mil otros capítulos que lo inhabilitan, i no es esta la ocasion de puntualizarlos.

La imputacion que se hace a los escrutadores sobre abrir las cédulas ántes de ponerlas al cántaro, es, como todas las demas, obra del lujo censurador que tienen los cuatro sobre todo lo que no fué procedimiento suyo. Tal vez alguna casualidad o una precaución justa para que, al favor de la doblez de una cédula, no se introdujesen dos, pudo producir esa operacion sencilla, que nada tiene de malo para los que carecen de la perversidad de opinar siniestramente de cuanto ven. Estoi persuadido de que ni aun esto hubo, i que la imputacion procede de que dos sujetos, de representacion en el lugar [1], por hallarse impedidos de concurrir personalmente, sobrecortaron sus sufrajios a los escrutadores, i era necesario abrirlos. Los autores de ese escrito nada de esto presenciaron, porque estaban metidos en sus casas, haciendo el ridículo papel de diputados, i creyendo que todo lo invalidaba la falta de su presencia. Sin embargo, alguno les refirió esta especie i ellos la vistieron con otro ropaje para sacar el partido que su infundado orgullo les hacia prometerse posible.

Por el modo con que se esplican los cuatro al hablar de la oposicion del Cabildo, manifiestan que allí aparecían o quisieron ser considerados como una autoridad que debia imponer con su opinion i no con el carácter de ciudadanos sufragantes, sin prerrogativa alguna i en todo iguales a cualquiera de los demás. Este error ha producido su principal descontento, porque de lo contrario, esto es, considerándose como cuatro simples ciudadanos que iban a decir su opinion, no se habrían estimado ofendidos, si ella no era seguida de los demás, ni habrían creído que su presencia fuese tan apreciable i necesaria que sin ella debia suspenderse el acto. Esta presuncion vana, despues de los azares que les ha ocasionado, les traerá tambien un desconcepto público, cuya causa deben buscar en sí mismos.

Cuando hablan de la oposicion del Cabildo, mezclan al pueblo sensato i es de mi deber preguntarles ¿cuál es éste? ¿Lo componen esos veintiun individuos que se retiraron? ¿Esos serian los sufragantes mas calificados que se dice haber desertado la votacion? No entremos en comparaciones que regularmente son odiosas i que no se necesitan para manifestar que, aunque dichos veintiun sujetos fuesen efectivamente los mas calificados, es un desatino solemne hacer recaer sobre ellos el nombre del pueblo. Yo no sé hasta cuándo dejaremos esa terrible manía de dar mas valor que el que en sí tiene a la opinion de mu

  1. Don Sebastian Fuenzalida i don Miguel Darot, fueron los ciudadanos que mandaron sus votos cerrados con un sobre a los escrutadores.