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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XI (1824-1825).djvu/337

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SESION DE 9 DE SETIEMBRE DE 1825 337

son tan sensibles i que solo juzgan por lo aparente de las cosas, no se conformarian ni respetarian las autoridades, si no las viesen rodeadas de toda la pompa i aparato necesario para imponer a los demas.

De las ceremonias relijiosas ¿qué tenemos que decir? ¿Cuál nacion de la tierra, en qué relijion i aun entre los jentiles no es lo primero que se ha hecho implorar el amparo del cielo, ántes de emprender cualquiera empresa? ¿I por qué no hemos de seguir su ejemplo, para que, a mas de conseguir el buen éxito de nuestros trabajos, haga augusto ese acto, por otra parte tan importante? ¡Ojalá pudiéramos concurrir todos con el corazon mas puro! Nosotros somos un Congreso; así lo ha opinado la Sala; yo tambien lo espongo así a las provincias en el oficio que traigo i que se me ha encargado por la Sala; pero aun cuando no lo fuéramos, siempre deberiamos darnos algun aparato, por lo mucho que esto influye en la respetabilidad de estos cuerpos. Nosotros debemos estar perfectamente unidos al Supremo Director, que hoi es el vínculo de union entre los pueblos, i yo tengo motivos, que me puede creer efectivamente la Sala, que se logrará lo que tanto deseamos, cual es la union de las provincias, si nosotros primero aceleramos el escribirles, manifestándoles nuestros deseos i los motivos poderosos que ocurren para que se apresure la reunion de un Congreso. Decir que nosotros no sabemos lo que somos, es una equivocacion; lo que somos es diputados al Congreso, i que, como se dijo entónces, tenemos suspendidas todas aquellas funciones que pueden afectar en jeneral a la Nacion; pero en lo demas ¿no se ha dicho que como Congreso trataremos de todo lo que es preparatorio, de todo lo que es conciliatorio, basta que se logre la reunion de nuestros hermanos? Lo somos legalmente; que de hecho suspendamos el ejercicio de nuestras funciones, es lo mismo que hacen todos los cuerpos deliberativos; lo mismo que hacen siempre los parlamentos de Inglaterra, que suspenden sus funciones por algunas causas o motivos estraordinarios. ¿Otras veces no sucede que se suspenden ciertas resoluciones por algunas ocurrencias, hasta cierto punto? Esto es lo que vamos a hacer, hasta que nuestros hermanos los de Concepcion i Coquimbo lleguen a formar un solo cuerpo con nosotros; esto ni refluye sobre las atribuciones de este Cuerpo, ni hace que el Congreso tenga distinto carácter. Por consiguiente, siendo como somos diputados al Congreso jeneral i ya lo hemos declarado ayer, ¿por qué se vacila en hacerse la apertura de este Cuerpo con el ceremonial que corresponde?

El señor Infante. —Ya algo ha dejado entrever el señor preopinante, los motivos para estos aparatos; es decir, para que todo esto sirva a las demas provincias de estímulo i se facilite la reunion del Congreso; yo no puedo fijarme si en esto se propone un fin bueno o malo, aunque me inclino a lo último. Porque si la reunion se desea para que de ella resulte la disolucion de las Asambleas, es desear el mayor mal. Ayer he leido, i he leido con gusto, una carta en que un individuo de Coquimbo me dice que es innumerable el concurso a la barra de aquella Asamblea. ¿I no es de la mayor importancia que siempre subsistan esas escuelas públicas para la ilustracion comun? Ha indicado mas el señor preopinante en su discurso, pues dice que, como Congreso, debemos suspender nuestras funciones hasta que esas provincias concurran. De suerte que, como un cuerpo jeneral, nada hacemos; como particular, ya se nos ha dicho en la sesion anterior que este Cuerpo tampoco puede dictar leyes provinciales.

El señor Egaña. —Permítame US. Yo opino que nosotros debemos organizar lo económico de la provincia, ínterin llegan los diputados de Concepcion i Coquimbo. Si vamos a hacer una Nacion consolidada, dictaremos tambien reglamentos orgánicos que preparen los trabajos del Congreso, i esas ¡deas se aclararán mas. Si, efectivamente, nuestra desgracia o nuestra fortuna, yo no sé; para mí será desgracia.

El señor Infante. —Seguiré, señor. Yo me alegro de oir al señor preopinante esta nueva esposicion, porque, conforme a ella, la Sala podrá, como providencias económicas, remover a los delegados i dejar en libertad a los pueblos para que elijan sus gobernantes; abolir el impuesto de alcabalas i otros de esta naturaleza; obligar a los cuerpos militares de la provincia a prestar juramento a la Asamblea etc., etc., etc.

El señor Egaña. —Le digo a US. de que, si las autoridades son jenerales, no prestarán ese juramento a este Cuerpo, si se declara Asamblea Provincial.

El señor Infante. —Ya se anuncia otra pretension. La Asamblea nada puede porque se nos dirá "todo es asunto jeneral." La Corte Suprema, la Corte de Apelaciones, el ejército, todo es jeneral; mas, entretanto, el Director Supremo ejerce esas atribuciones jenerales sin que la Asamblea de Santiago pueda limitárselas, como lo han hecho las otras provincias.

El señor Infante. —Miéntras tanto se decide, salga un oficio nuestro. Todo lo nacional está paralizado i debe estarlo de parte de esta Asamblea como de parte del Jefe Supremo de la República, i este Cuerpo queda en la libertad o de declararse un Congreso jeneral i con facultad de poner leyes coactivas al resto de la Nación (cosa en que yo no entraré) o de declararse una autoridad soberana provincial, independiente de las otras. Mas, miéntras que esta provincia haya de separarse de las demas, debe tambien huir de hacer tal declaracion; por eso no debe tocar en las majistraturas supremas, por ahora, miéntras recibe la contestación de estas provincias; pero para eso es preciso que empiece a declararse.