356 | ASAMBLEA DE DIPUTADOS |
Estado, si ahora no tomase providencias; i seria buena disculpa que porque no se habia dicho la misa de gracias (Risa en la barra), i no se habia prestado el juramento, no nos habíamos creido autorizados para tomar parte e interes en este asunto.
El señor ▼Zañartu. —Desharé una equivocacion. El señor preopinante dice que la instalacion se reduce a la misa de gracias; esto consiste en la posesion que se toma del empleo, porque un juez que no la ha tomado no puede actuar como juez.
El señor ▼Lazo —Desde que los pueblos nos han elejido sus representantes, ya debemos sostener sus derechos, sea en el acto que sea, i yo protesto que si solo fuera representante de Santiago, como tal mandaría que se suspendiese esa recluta porque ¿qué se ha hecho? Se ha atacado la libertad de un país libre. ¿I cómo se tolera esto? Los excesos son inauditos; se han sacado los criados de las casas; ha habido heridos i muertos. Esto me han informado. ¿I qué dia se ha hecho ésto? No en dia que se pueden tomar los vagos; en un dia de fiesta, en que el hombre laborioso se entrega al descanso i se confunde con el vago.
Ya nosotros hemos tomado la posesion del empleo i seremos malos representantes si no ponemos un remedio a estos males; de consiguiente, estamos en el caso que se mande poner en libertad a todos los que hasta aquí se hayan tomado. Señor, ni aun en tiempo de la opresion de los españoles se veia esto, pues se ponia una bandera en la plaza para alistar de soldado al que se presentase; i ya que se hacian las reclutas ¿por qué no se esperó otro dia en que se conozca cuáles son verdaderamente vagos? Que ni aun esto debia hacerse sin autoridad de la Sala; pero hubiera sido ménos mal.
El señor ▼Marín. —Protejer la seguridad individual, la libertad; protejer la porcion mas privilejiada, es decir, el pobre i desvalido, es una de las funciones mas augustas de un cuerpo soberano. Yo estoi en la intelijencia que los desórdenes han tocado los estreñios, que son mas allá de lo que ha espuesto el señor preopinante.
Hoi ha estado en casa el señor Barainca, i me ha asegurado que uno de sus sirvientes ha sido muerto, pues a mas de una feroz estocada que le dieron, la jente de a caballo pasó por sobre él. Las garantías personales no las forman las prendas i personas, cuanto mas que un déspota jamas reconoce clase ni persona en que verificar sus tiranías; i no por ser de oro las cadenas con que Aureliano ató a la princesa Cenobia, dejaron de ser cadenas.
Por otra parte, yo convengo en que el Cuerpo no está instalado; pero también es preciso convenir que, entretanto, el ▼Poder Ejecutivo no puede tomar semejantes medidas sin consentimiento del Congreso o sea de la Asamblea Provincial; pues se trata de disponer de los sujetos de la provincia, a quienes nosotros representamos. ¿Qué importa que se le diga por ahora, que debiendo la Sala ocuparse de este negocio, i que no pudiendo él hacerlo sin permiso de la Sala, por ahora suspenda todas esas medidas, si puede continuar haciendo las mismas reclutas, o al ménos retener los que han sido prendidos? A don Estanislao Portales ayer le han sacado los criados de su misma casa; su yerno fué herido; i hoi mismo parece trataba de dirijir una representacion, no sé si al Gobierno o a este Cuerpo.
En consecuencia de lo dicho, me parece que no es importuno sino conveniente que se avise al Ejecutivo para que suspenda todo aumento de tropa?, espediciones, etc., etc.
El señor ▼Eyzaguirre, don Domingo. —El Director Supremo ¿es árbitro de tomar esta medida por lei o nó? ¿La Constitucion que se dijo que se observase en lo planteado ¿se ha derogado en esta parte? Si no está derogada, parece que ha incidido; i por eso se le debe poner la nota que le corresponde.
El señor ▼Elizondo. —Señor, no hai que dudar que la Constitucion ha estado planteada en órden a las garantías, porque jamas se puede creer que los ciudadanos perdiesen aquellas seguridades que se merecen; como tampoco tiene duda que el ▼Supremo Director no puede hacer estas reclutas. La única dificultad que se ha puesto es no estar instalado el Cuerpo; la instalacion jamas la he creido como aquella colacion o posesion, de una cosa ni que imprime carácter. Yo creo que la instalacion de un cuerpo no es mas que poner en público sus funciones; i creo que desde el momento que se reune la Nacion tiene autoridad para todo. No se han hecho esas ceremonias solemnes; pero en el momento que está reunida i en un dia prefijado como el que se avisó, me parece que no tiene obstáculo para formar una lei; i mucho mas, como se ha dicho, infraganti, cualquiera tiene autoridad para contener un delito; i cómo no la tendrá el Congreso?
Así, opino i es mi dictámen que se oficie, o mas bien que se nombre una comision que haga ver al señor Director las extorsiones que ha sufrido el pueblo i las justísimas quejas que tiene; éste es mi dictámen.
El señor ▼Infante. —He oido con placer la conformidad que ha habido en la Sala en cuanto a calificar de atentado el de la recluta; solo se ha puesto la dificultad de que el Congreso aun no está instalado. El diputado que la propone conoce el mal, cree necesario el remedio; pero dice que debe diferirse; de consiguiente, debemos esperar a que el mal se consume i que el remedio se ponga cuando aquél sea irreparable. Esto me parece una sutileza escolástica. La Nacion, se dice, está reunida aquí, supuesto que se ha declarado ▼Representacion Nacional. I la Nacion ¿necesita de ceremonias para comenzar a funcionar, i mucho mas cuando la urjencia del caso lo exije? Señor, ¿hasta cuándo hemos de