Ir al contenido

Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XI (1824-1825).djvu/85

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
85
SESION DE 18 DE MARZO DE 1825

do se le llame, por ser nombrado a Cortes estranjeras, i se resolvió que debia venir a la Sala.

Leyéronse varias representaciones: una de don Juan Vargas, para que se le tenga presente en la reforma, i se remitió a la Comision de Hacienda; otra de don Paulino Mackenzie, sobre su pronto despacho, i se mandó tener presente; otra de don Manuel José Jara, oficial de la secretaría de Valdivia, sobre gratificacion por los servicios prestados en clase de secretario al gobernador de aquella plaza, i pasó a la Comision de Gobierno.

Presentóse una renuncia del señor diputado don Francisco Calderon, en que dice que por sus achaques no puede asistir mas al Congreso i que ya lo ha avisado a su pueblo comitente, La Florida; pero encarga dos mociones interesantes que tiene hechas, una sobre la sal i otra sobre mayorazgos; i se remitió a la Comision de Poderes.

En este estado, se levantó la sesión, anunciándose para la próxima, la continuacion de proporcionar recursos al Gobierno para medio año.José Miguel Infante, Presidente.


ANEXOS

Núm. 127

Con la nota del Comandante Jeneral de Armas, tiene el honor de incluir a US., el Ministro que suscribe, la razón nominal de los cuerpos de milicias que en ella se contienen, para los fines que US. solicita en su honorable nota, de 11 del corriente, i que, de suprema órden, contesto con la mas alta consideracion. —Ministerio de la Guerra, Santiago, Marzo 17 de 1825. Francisco R. de Vicuña. —Al señor Secretario del Congreso Nacional.

Núm. 128

Señor Ministro:

En cumplimiento del supremo decreto de 12 del que corre, tengo el honor de acompañar la razón que me pide de los cuerpos de milicias que tiene la República en esta provincia i la de Coquimbo. De la de Concepción hasta ahora no se ha pasado a este Estado Mayor noticia alguna de los cuerpos que allí hai; pero la tengo pedida.

Debo advertir a US. que, ínterin no se dicte i publique una lei bajo de sérias penas, que todo hombre deba reconocer cuerpo, considero imposible el que las milicias se organicen de un modo que puedan ser útiles. Detesta todo hombre este alistamiento i lo odian los vecinos pudientes para servir en la clase de oficiales. Aquí se ve esto visiblemente. Hai escuadrones que no tienen sino un oficial porque no admiten los despachos bajo pretestos de enfermedad, de tener negocios en otras partes, i en fin, que hai otros en sus asuntos contraidos i que ellos no son de peor condicion que aquéllos. Lo mismo se ha esperimentado en los partidos de afuera, i así puede decirse que un solo cuerpo no hai organizado.

A mas de la lei que a nadie exceptúe, es preciso también formar un cuerpo de asamblea para la instrucción i mantener el arreglo de las milicias, o que sus planas mayores sean veteranas, lo que seria mas gravoso a la República. En tiempo de los españoles, se adoptó lo primero como mas ahorrativo i el cuerpo se hallaba repartido en todo el Estado para atender en tiempo oportuno a la disciplina e instruccion de estos cuerpos.

Se necesita igualmente de un inspector para que anualmente examine por sí mismo el estado de ellos i lo que ubiesen hecho los de asamblea, como para su organización i uniformidad.

Sin estos medios, jamas podrá contarse con milicias útiles por mas providencias que se den. —Dios Nuestro Señor guarde a US. muchos años.—Comandancia Jeneral de las Armas, Santiago, 16 de Marzo de 1825. —Luis de la Cruz. —Señor Ministro de la Guerra.


Santiago, Marzo 17 de 1825.—Pase esta nota i la relacion adjunta, con el oficio de estilo, al Secretario del Congreso Nacional. - (Hai una rúbrica.) — Vicuña.



Núm. 129


RELACION DE LOS CUERPOS DE MILICIAS DE ARTILLERÍA, INFANTERÍA I CABALLERÍA DE QUE SE TIENE CONOCIMIENTO EN EL ESTADO MAYOR JENERAL, QUE HAI EN LOS LUGARES SIGUIENTES:
Capital de Santiago

Dos batallones de infantería, 1.º i 2.º, i otros escuadrones de lanceros de milicias de la Patria.

Melipilla

Un Tejimiento de caballería i un batallón de infantería.

Rancagua

Un batallon de infantería, un Tejimiento de caballería i dos compañías cívicas de plaza, una de infantería i otra de caballería.

San Fernando

Un rejimiento de caballería.