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318 CONGRESO DE PLENIPOTENCIARIOS


Art. 10.º Serán alistados para el servicio en los espresados batallones, todos los chilenos residentes en esta ciudad que tengan desde 18 hasta 40 años de edad.

Art. 11.º Son esceptuados: 1.º los eclesiásticos seculares i regulares; 2º todos los funcionarios públicos; todos los empleados en los establecimientos de educacion i escuelas de primeras letras; los médicos, cirujanos i farmacéuticos.

Art. 12.º El gobernador local queda encargado del cumplimiento de este decreto, que se publicará por bando, comunicándose antes al Excmo. señor Capitan Jeneral del ejército de Chile, impriniléndose i tomándose razon en las oficinas donde cortesponda. —Santiago, Enero 16 de 1830. —Ovalle, —Errázuriz. —Guzman. —Meneses, Secretario.


Núm. 416

Tengo el honor de acompañar a V. S. la comunicacion que hoi mismo recibo del jeneral don Ramon Freire en contestación al oficio de 17 de Febrero, en que, como Presidente del Congreso Nacional, previniéndole su instalacion i la eleccion de los señores Presidente i Vice de la República, le exijo preste su reconocimiento i obediencia, para que presentándola V. S. a su consideracion, acuerde acerca de ella lo que estime conveniente.

Con este motivo me ofrezco a V. S. con las consideraciones de mi miyor aprecio. —Hacienda de Espejo i Abril 15 de 1830. —Fernando Errázuriz. —Señor don Ignacio Molina.


Núm. 417

Mi amigo:

Solo anoche he recibido una comunicacion de V., datada el 17 de Febrero pasado, i en que me exije preste reconocimiento i obediencia a las sanciones del titulado Congreso de Plenipotenciarios.

Por respuesta diré a V. que, habiéndose creado ese Congreso por un tratado celebrado el 16 de Diciembre último por solo dos divisiones belijerantes, el cual ha sido quebrantado en todas sus partes i del modo mas escandaloso i cruel por el jeneral revolucionario don Joaquin Prieto, tanto yo como el virtuoso ejército que tengo el honor de mandar, faltaríamos a nuestro deber si asintiésemos a semejante reconocimiento i no castigásemos como corresponde a los autores de los males que hoi aflijen a la patria.

Ese Congreso ¿por ventura ha podido tener tambien lugar contra la Constitucion que han jurado todos los pueblos de la República i contra todas las leyes vijentes, después de que, depuestas las autoridades lejítimas i destruido ese mismo sagrado código por medio de la fuerza armada, se ha hecho el nombramiento de los miembros que le componen, atrepellando todas las formas establecidas, sin sujeción la menor al reglamento de elecciones i poniéndose en ejercicio toda clase de maniobras, seducciones i engaños?

Además de esto ¿ignora V. que ese Congreso, obra de un club secreto de revolucionarios destructores de la República, lo mismo que las demás autoridades que tambien han creado la intriga i la perversidad mas refinada, no ha dado un paso desde que se instaló hasta ahora que no haya sido un nuevo i mas horroroso ataque a la Constitucion que con aplauso jeneral recibieron los chilenos? Mucho podria decir a este respecto; pero es escusado cuando está al alcance de todos.

Yo mismo, por otra parte, he sido invitado por don Francisco Ruiz Tagle i otros amigos de V., que no quiero nombrar, para entrar en ese club abominable de que le hablo; pero no se sacó de mí otra contestacion que la mas terminante negativa. Esta, sin duda, ha sido la causa de que en sus reuniones privadas se haya decretado mi muerte, para cuyo efecto sé de positivo que se han comisionado los mas viles asesinos.

Me he admirado, por tanto, que a pesar de todos estos antecedentes i de otros muchos que omito por no perder tiempo, se solicite de mí con tanto descaro un reconocimiento i obediencia que inevitablemente completaria la ruina de la patria. I no me ha sido menos admirable que V. después de haber trabajado con tanto empeño el año de 823 en defensa de la libertad, se haya mancomunado ahora pública i privadamente con los mismos que entonces la tenian usurpa da a la nacion i que se propusieron no existiese jamás en Chile. Ya han renovado con mayor calor su plan inicuo en union de los mas declarados enemigos de la independencia; pero no lograrán llevarlo a cabo porque este no es el tiempo de usurpar sus derechos a los pueblos.

Yo, entre tanto, sostendré como hasta aquí la justa causa de éstos con toda la firmeza que debe caracterizar a un republicano. I deseo que V. no abandone estes buenos sentimientos, que vuelva sobre sí i que medite los males que se van a seguir i entre los cuales será envuelto como el que mas. Mande con este motivo a su affmo. S. S. Q. B. S. M. —Barco de Maule, 5 de Abril de 1830. —Ramon Freire. —Señor don Fernando Errázuriz.


Núm. 418

El Congreso Nacional de Plenipotenciarios, en vista de la Bula i certificado de consagracion del Ilustrísimo Obispo de Retimo, doctor don José Ignacio Cienfuegos, con que S. E. el Vice-Presidente de la República acompaña