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CONGRESO CONSTITUYENTE

del coronel don Enrique Campino, elejido para que la desempeñe, despues de saberse que por su parte no ocurre el menor inconveniente siempre que la representacion Nacional, a quien pertenece como uno de sus miembros, se preste, como lo espera el Gobierno, a la separación en que le empeñan las instancias de éste i su ardiente anhelo de concurrir al servicio público donde sus esfuerzos sean necesarios.

El Gobierno con este motivo protesta nuevamente a la sala las seguridades de su adhesión i respeto. —Santiago, Mayo 5 de 1828. —F. A. Pinto. Carlos Rodríguez. —Al Congreso Nacional.


Núm. 18

El Gobierno tiene la honra de acompañar al Congreso Nacional los documentos relativos a la ejecucion del acuerdo en que dispuso la comparecencia ante sí mismo del editor del Verdadero Republicano i por los cuales consta haber sido ordenada en defecto de éste, al individuo responsable de la imprenta en que se publicó el número primero de aquel periódico.

El Gobierno reitera al Congreso Nacional las seguridades de su respetuosa consideracion. —Santiago, Mayo 12 de 1828. —F. A. Pinto. Carlos Rodríguez. —Al Congreso Nacional.


Núm. 19

Acompaño a V. S. las dilijencias obradas en orden a la indagacion del autor del Verdadero Republicano, las que no habiendo surtido el fin deseado se le ha ordenado al impresor don Francisco Bradeng se presente a disposicion del Soberano Congreso en el lugar donde éste fijó su permanencia el 15 del corriente.

Tengo la satisfaccion de haber cumplido del mejor modo posible lo que V. S. me ordena en nota de 22 del mes próximo pasado que tengo el honor de contestarla.

DIos guarde a V. S. muchos años —San Felipe, Mayo 5 de 1828. Martin Prats. —Intendencia de Aconcagua. —Al señor Ministro del Interior.


Núm. 20

Por el Ministro del Interior, con fecha 22 del que rije, se me ordena lo siguiente: Santiago, Abril veintidós de mil ochocientos veintiocho. —El Congreso Nacional ha determinado se haga comparecer ante él al editor del periódico titulado Verdadero Republicano para proceder a la declaracion de que si este escrito es o no abusivo. Como él se ha publicado en la ciudad de San Felipe, V. S. dará las órdenes convenientes para que tenga efecto esta resolucion, disponiendo la comparecencia del impresor en caso que las indagaciones no basten a descubrir la persona del autor, a fin de que aquél pueda contestar los cargos que la Representacion Nacional quiera hacer a éste.

Dios guarde a V. S. Carlos Rodríguez. —Al intendente de la provincia de Aconcagua. —Lo transcribo a V. S. para que tenga el debido cumplimiento i que por todos los trámites judiciales proceda V. S. a la averiguacion del verdadero autor, precedidas que sean las dilijencias con respecto al impresor don Francisco Bradeng.

Aprovecho esta ocasion para ofrecer a V. S. las consideraciones de aprecio. Martin Prats. —San Felipe, Abril 25 de 1828. —Señor juez de derecho de esta provincia.


Por recibido, tómese declaracion al impresor don Francisco Bradeng i practíquense todas las demás dilijencias conducentes para el cumplimiento de la resolución, del Soberano Congreso, hasta hacer comparecer al autor del Verdadero Republicano, i en su defecto al impresor, para los fines que espresa dicha soberana resolución, todo a virtud de este decreto que proveí ante testigos a falta de escribano. —Cobos. —Testigos: José Antonio Espinosa. —José Pacífico González. —San Felipe, Abril 25 de 1828.


En la ciudad de San Felipe, a veinticinco dias del mes de Abril de mil ochocientos veintiocho años, constituido yo, juez de derecho de la provincia, en la prision donde se halla don Francisco Bradeng, el impresor i responsable de la imprenta de este pueblo, por la causa que se le sigue ante mi juzgado por insultos contra el señor intendente, le hice comparecer ante mí i testigos a falta de escribano, a efecto de tomarle su declaracion en virtud del decreto que antecede, i habiéndole recibido juramento en forma bajo del cual prometió decir verdad en cuanto supiere i le fuere preguntado, requerido por el nombre del editor del periódico titulado el Verdadero Republicano,impreso en esta ciudad, en su imprenta, dijo: —que ignora el nombre del editor; que el orijinal le fué remitido de Valparaíso con un mozo que no conoció i aunque venia firmado no se acuerda como es el nombre, i que el orijinal firmado lo tenia guardado en el cajón del bufete en que ésto se escribe, el cual tenia en la imprenta i que su hermana doña Francisca Bradeng sacó los papeles de dicho cajón o ha debido sacarlos porque a ella le envió a pedir los trastes. Que lo dicho es la verdad, so cargo del juramento hecho, en que se afirmó i ratificó, leida que fué esta declaración, dijo ser de 25 años de edad i firmó conmigo i uno de los testigos por no saberlo hacer el otro que lo es Sebastian Donoso. De que certifico. —Cobos. —Francisco P. Bradeng. —José Pacífico González, testigo.


En veintiséis dias del mismo mes i año pasé con testigos a casa de doña Francisca Bradeng