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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XV (1827-1828).djvu/366

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CONGRESO CONSTITUYENTE

mante, sustituyendo estos destinos en las personas de don Francisco de Paula Latapiat i don Pedro Antonio Ramírez, siendo éstos los jefes de obra i el cabildo conferente de despachos.

No duró mucho tiempo la seduccion, pues apénas supieron los soldados que forzadamente servían a los facciosos, se preparaba por mí i el auxilio de todos los mejores vecinos de San Felipe una fuerza que pusiese a cubierto este vecindario de los insultos de aquéllos, recobraron su antigua adhesion, i no pudiendo presentarse libremente ante las autoridades lejítimas, llenos de furor i rabia contra los autores del engaño, volvieron sus armas contra ellos, ciertos de que la tropa de mi mando, que habia reconquistado ya la plaza i que serian protejidos, como en efecto así sucedió, i admirablemente ha costado el restablecimiento del órden solo un muerto i dos heridos.

Los rebeldes dejaron todas armas i emprendieron su precipitada fuga así a la villa de los Andes, esperanzados en sus protectores, el señor Infante i Campino, que a mas de preceptuarles la revolucion, les ofrecen jente i armas, i que imitarán su conducta en esa capital, i si se diese crédito a rumores populares, desde el dia de ayer corre de hecho en que en esa capital se ha realizado una formidable revolucion.

Todo lo que tengo el honor de comunicarlo a V. S. i de recomendar los servicios distinguidos de los soldados i honrados ciudadanos que me han servido en la empresa, cuyos nombres detallaré con mejor oportunidad para que lo eleve al conocimiento de S. E. el Vice-Presidente de la República.

Aprovecho esta ocasion para ofrecer a V. S. las consideraciones de mi respetuoso afecto.

San Felipe, Abril 9 de 1828. —Agustin Lopez.

Comandancia jeneral de armas de la provincia de Aconcagua. —Señor Ministro del Interior.


Acúsese recibo, encargándose al comandante de armas dé cuenta del pormenor de los acontecimientos a que se refiere esta nota, para dictar las providencias que correspondan en justicia.

Santiago, Abril 10 de 1828. —(Una rúbrica de S. E. el Vice-Presidente de la República). —Rodríguez.


Núm. 494


Mocion

El doctor don Bernardo de Vera falleció en esta ciudad el 27 de Agosto de 1827, i desde aquella fecha su familia ha sufrido sin interrupcion cuantos males es dable imajinar. Su tierna esposa, reducida a la mayor miseria, quizá hoi no tiene con que satisfacer las primeras necesidades de la vida. Es factible que aun se le quite por el Fisco, con quien litiga, la casa que habita, i este último golpe consumiria sus desgracias, i la abismaria en un torrente de desesperacion. La Nacion i el Congreso que la representa, se halla por mil razones obligado, no solo a poner término a estos males, sino tambien a protejer la familia de tan ilustre ciudadano.

Los importantes servicios que en diferentes épocas prestó a la patria, no pueden ser olvidados sin la mayor ingratitud. Es constante que la mayor parte de su tiempo lo empleaba en ilustrar la opinion pública, presentar proyectos útiles, i contrarrestar con firmeza cuanta clase de preocupaciones i abusos podian entorpecer el engrandecimiento del pais. Su pluma nos llenó de crédito entre los estranjeros, i la justicia de nuestra causa fué defendida por él con una enerjía i elocuencia poco comun. La Nacion, pues, que ha reportado tantos bienes del saber de tan digno ciudadano, ya que no puede significarle a él su agradecimiento i premiarle sus virtudes, debe al ménos enjugar las lágrimas de su desgraciada esposa, ejerciendo sobre ella un acto demandado por la mas estricta justicia. Si el doctor Vera no se hubiese contraido con tanto empeño a los asuntos públicos i de interes jeneral, habria dejado a su mujer una cómoda i regular subsistencia.

Ella carece aun de lo mas necesario, como ya se ha dicho, i el que suscribe, apoyado en estos principios, se atreve a someter a la deliberacion de la Sala, el siguiente


Proyecto De Decreto:

Artículo Primero. Se da en propiedad a la viuda del doctor don Bernardo de Vera, la casa que actualmente ocupa.

Art. 2.º Comuníquese al Poder Ejecutivo para su cumplimiento. —Santiago i Abril 14 de 1828. —Bruno Larrain.


Núm. 495[1]

Santiago de Chile, Agosto 31 de 1827.


Necrología

El 27 del presente mes, a la una i media de la mañana, ha fallecido en esta capital el doctor don Bernardo de Vera, despues de una larga i penosa enfermedad (un cirro cancroso en el estómago). La patria ha perdido en él a uno de los mas ilustres promotores i fundadores de su Independencia; la causa de la civilizacion i libertad, uno de sus defensores mas constantes e impertérritos; el foro, uno de sus mas provectos i elocuentes profesores; la literatura i las musas

  1. Este artículo ha sido tomado del volumen 13 de Periódicos, pájina 87, de la Biblioteca Nacional. —(Nota del Recopilador.)