Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXIII (1834-1836).djvu/417

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
417
SESION DE 28 DE AGOSTO DE 1835

vertirá esta obra jigantezca en cierto número de ensayos parciales, cuya accion se podrá mas fácilmente moderar i correjir si pareciere preciso; no habrá que luchar con todas las dificultades a un tiempo, i veremos ir desapareciendo gradualmente los vicios envejecidos de un sistema que se nos ha hecho en cierto modo natural. En paises donde la voluntad de un hombre hácia la lei o la distancia del antiguo al nuevo órden de cosas no era tan grande como debe ser entre nosotros, pudo adoptarse un modo de proceder mas simple i espedito. A mí me parece que nuestra Constitucion i la naturaleza misma de la obra prescriben una conducta diversa en el caso presente.

Miéntras se pronuncia sobre este punto, la opinion pública i se acuerda lo que pareciere mas conveniente, juzgo de mi deber señalar algunas de las necesidades que envuelven peligros graves. Tal es la de un juzgado de comercio en Valparaíso, revestido de calidades i atribuciones proporcionadas a la cuantía i trascendencia política de las causas que allí se ventilan.

Tal es, sobre todas, la de una competente administracion de justicia en los departamentos distantes, que apenas tienen los primeros rudimentos de ella i ven las venerables funciones de la judicatura en manos inespertas, privadas de casi todas los medios de dar vigor i eficacia a la lei.

No hai ordenanzas que deslinden la accion de las autoridades establecidas por nuestro Código Constitucional; los jueces no tienen una inspeccion moderada que prevenga o reprima los estravíos de su conducta oficial; i las causas criminales, que exijen una atencion preferente, padecen grandes retardos por falta de acusadores i defensores en las cabeceras de departamentos, habiendo algunas en que por este motivo se omite la secuela de los juicios.

En la provincia de Coquimbo hai para lo civil i criminal un solo juez letrado, que ademas tiene que despachar consultas de todo jénero i que atender a los negocios de hacienda; i no es mas consolador el estado del órden judicial en otras secciones de la República.

Los jueces del campo, destituidos por la mayor parte, de los conocimientos indispensables i ocupados en sus negocios domésticos, no observan las leyes que previenen se proceda a la formacion de sumaria luego que se comete el delito, i se limitan a enviar los delincuentes a las cárceles de los pueblos con una carta de remision, que frecuentemente no da las luces necesarias. Se acumulan así los reos en cárceles estrechas i miserables; se multiplican los gastos para su mantencion i seguridad; se facilita su fuga o se les hace sufrir una larga confinación, las probanzas se dificultan, se eternizan las causas, i se frustran al cabo todos los fines de la recta administracion de justicia.

Si en medio de la ineficacia de los juicios crimínales vemos disminuirse los crímenes, (como ha sucedido indisputablemente en las mas de las provincias i en una progresion mui satisfactoria) se debe solo a la influencia bienhechora de la paz, a la difusion de la industria i al celo personal de un cierto número de majistrados.

En el ramo civil, los principales inconvenientes nacen de la falta de conocimientos forenses en los jueces de primera instancia, de la nulidad en que ha caido el trámite inicial de conciliacion, que ha dejado de ser un medio de avenimiento i solo sirve para prolongar inútilmente los juicios, de la cavilosidad i mala fé de los individuos que por falta de letrados dirijen a los litigantes, i del abuso escandaloso de las recusaciones.

En todas partes el juicio ejecutivo es ilusorio por la inobservancia de las leyes antiguas.

Todo falta, en una palabra; i la seguridad de los archivos, la conservacion del sagrado depósito de los actos judiciales i de los títulos de propiedad, no es lo que ménos invoca la atencion del Congreso.

Culto. —El estado de la Iglesia i de la educacion relijiosa es todavía mas triste. A donde quiera que se vuelvan los ojos, se ven templos ruinosos ya por su antigüedad i por la neglijencia en repararlos, ya por efecto de los terromotos pasados.

Hállanse en esta situacion aun algunos departamentos ricos i no distante de la capital, como el de Valparaíso, donde las iglesias recuerdan todavía los estragos del temblor de 1822, i la parroquial, ademas de la poca seguridad que ofrece, no tiene la decencia i capacidad que corresponde a la numerosa i acomodada poblacion de aquel puerto, i a la asistencia de los Cónsules i oficiales estranjeros que suelen concurrir a ella en nuestras festividades nacionales.

Si esto sucede en la segunda poblacion de la República, no será difícil formar juicio del estado de las otras, aun sin contar aquéllas que el último terremoto ha dejado cubiertas de escombros.

Pero, la escasez de pastores es un mal todavía mas grave; i si no se le pone pronto remedio, tendremos el dolor de ver casi estinguida la instruccion relijiosa en algunos distritos i privada de la administracion de sacramentos i de los consuelos espirituales una parte no corta de la poblacion; que, careciendo al mismo tiempo de todo jénero de enseñanza i acostumbrada a vivir errante, sin sentir casi nunca el freno de la lei, vendría probablemente a caer en un estado de completa barbarie. La pintura que hacen los intendentes de las necesidades que padecen bajo este respecto un gran número de departamentos, es a cual mas melancólica. Contrayéndome a las provincias de Valdivia i Chiloé, donde la urjencia se hace sentir con mas fuerza, debo hacer presente a las Cámaras que en la primera no hai mas de dos curatos, cuyos feligreses están esparcidos sobre un territorio estensísimo, i que, por la falta de competente instruccion cristiana, sub-