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CÁMARA DE SENADORES

le consta es casado con una hija del pais i con familia i tener un regular principal en jiro. I que es la verdad del juramento hecho, en que se afirmó i ratificó leida que le fué; que no le tocan las jenerales; que es de veintidós años de edad i firmó; de que doi fé. —Eusebio Silva. -Ante mí, Aliaga.

En el mismo dia, la parte presentó por testigo a don Francisco Echazarreta, quien, prévio el juramento, prometió decir verdad en lo que supiere i le fuere preguntado, i siéndolo por el escrito de la vuelta, dijo: conoce a don Ramon Olivares mas de doce años, i que durante este tiempo ha observado en él la mejor conducta en esta capital; que también le consta ser casado con una hija del pais i con familia, i que se halla jirando un principal regular. I que es la verdad del juramento hecho, en que se afirmó i ratificó leida que le fué; que no le tocan las jenerales; que es mayor de edad i firmó; doi fé. —Francisco de Echazarreta. -Ante mí, Aliaga.


Núm. 1100

Ilustre Municipalidad:

Don Ramon Olivares, natural de España, ante V.S., con mi mayor respeto, hago presente que deseo pertenecer a la Nacion chilena, i en conformidad del artículo 6.º, partida 3.ª de la Constitucion jurada i promulgada el 25 de Mayo de 1833, declaro ante V. S. mi intencion de avecindarme en esta República de Chile; para lo cual tengo las cualidades que previene la espresada Constitucion, como lo acreditan los documentos de informacion que en debida forma acompaño.

En esta virtud,

A V. S. suplico se sirva mandar refrendar dichos documentos, para con ellos ocurrir a la autoridad competente para obtener la carta de naturalizacion; que es gracia que espero, etc. —A ruego de Ramon Olivares, Antonio Arizmendi.


Santiago, Octubre 15 de 1835.

Habiendo acreditado el interesado su intencion i ánimo, ante la Ilustre Municipalidad, de avecindarse en Chile, ésta, en conformidad de la parte 3.ª, artículo 6.º de la Constitucion i del artículo 2.º, libro 4.º, boletín número 5.º, refrenda los justificativos que se acompañan, i con ellos puede ocurrir a la autoridad competente por la carta de naturalización que solicita. —Huici. —Carrasco, rejidor-secretario.


Núm. 1101

Mui Ilustre Municipalidad:

Andrés Videla, natural de Mendoza, con todo mi respeto, ante US. represento que, deseando pertenecer a la Nación chilena como ciudadano, en conformidad con lo prevenido por la Constitucion en esta materia, declaro ante US. mi deseo de radicarme en esta República como tal ciudadano; para lo cual creo tengo las cualidades que previene la leí, según aparece por la informacion que en debida forma acompaño.

Por tanto,

A US. suplico se digne mandar refrendar este documento, para con él ocurrir a la autoridad competente para obtener la carta de naturalizacion; que es gracia que espera. -Andrés Videla.


Santiago, Octubre 16 de 1835.

Habiendo acreditado el interesado su intencion i ánimo, ante la Ilustre Municipalidad, de avecindarse en Chile, ésta, en conformidad de la parte 3.ª, artículo 6.º de la Constitucion i del artículo 2.º del libro 4.º, boletin número 5.º, refrenda los justificativos que se acompañan, i con ellos puede ocurrir a la autoridad competente por la carta de naturalizacion que solicita. —Huici. —Carrasco, rejidor-secretario.


Núm. 1102

Señor Juez de Letras:

Andrés Videla, con todo respeto conforme a derecho, represento, nacido en Mendoza, República hermana, pretendo adquirir legalmente la ciudadanía que tengo en ésta, i para ello, se ha de servir US. mandar admitirme la informacion que ia lei exije, al tenor de las preguntas siguientes:

Primera. Si, desde que vine de Mendoza, mi suelo natal, el año de 1817, he residido constantemente en esta provincia de Santiago, ocupado en negocios de comercio estable hasta el presente.

Segunda. Si me han conocido decidido, como un verdadero chileno, por la causa de la libertad de esta República.

Por tanto,

A US. suplico que, admitiéndome la informacion que tengo espuesta i dada en la parte que baste, se sirva mandar Se me entregue para los usos de la lei. Es justicia, etc. -Andrés Videla.


Santiago, Octubre 18 de 1835.

Admítese la informacion que ofrece, ponién-