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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXIV (1835-1839).djvu/212

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CÁMARA DE DIPUTADOS

tendrá fuerza ¡ vigor desde el dia que se promulgue como lei del Estado.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 20 de 1835. —Jose Vicente Izquierdo. José Santiago Montt, diputado-secretario. —A. S. E. el Presidente de la República.


Núm. 234

El Congreso Nacional, despues de haber considerado la solicitud de don Clemente Lantaño i don Juan de Dios Jiménez, solicitando esperas i el oficio acompañatorio de V. E., fecha 26 de Agosto último, ha acordado lo siguiente:

"Se autoriza al Presidente de la República para que conceda esperas, sin gravámen de intereses, al coronel don Clemente Lantañoo i don Juan de Dios Jiménez, para el pago de las cantidades que por sentencia judicial han sido condenados a pagar al Fisco, con las seguridades i por el tiempo que estimare conveniente."

Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 20 de 1835. —Jose Vicente Izquierdo. Montt, diputado-secretario. —A. S. E. el Presidente de la República.


Núm. 235

El Congreso Nacional ha acordado lo que sigue:

"Artículo único. El primer oficial de la Secretaría de la Intendencia de Concepción gozará en adelante de la dotacion de 600 pesos."

Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 20 de 1835. —Jose Vicente Izquierdo. -José Santiago Montt, diputado-secretario. —A. S. E., el Presidente de la República.