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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXIX (1841).djvu/344

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340 CÁMARA DE SENADORES

habilitacion que se solicita por el interesado. —Santiago, 24 de Setiembre de 1841. —A . Bello. —J. M. Ortúzar .


Núm. 548

SOLICITUD DE M. LOPEHANDIA

La Comision de Gobierno es de sentir que la solicitud es arreglada i que puede espedirse la declaracion que se solicita, con arreglo al artículo 7.º de la Constitucion. —Santiago, 24 de Setiembre de 1841. —A. Bello. —J. M. Ortúzar.


Núm. 549

SOLICITUD DE G. DE LA QUINTANA

La Comision de Gobierno encuentra arregla da esta solicitud i que puede el Senado espedir la declaracion prevenida en el artículo 7.º de la Constitucion. —Santiago, 24 de Setiembre de 1841. —A. Bello. — J. M. Ortúzar.


Núm. 550

SOLICITUD DE J. D. HERRERA

La Comision de Gobierno encuentra arregla da esta solicitud i cree que puede espedirse la declaracion prevenida por el artículo 7.º de la Constitucion. —Santiago, 24 de Setiembre de 1841. —A. Bello . —J. M. Ortúzar.


Núm. 551

SOLICITUD DE S. SANGLEY

La Comision de Gobierno halla arreglada esta solicitud; i es de opinion que puede el Senado conceder la declaracion que se pide; con arreglo al artículo 7.º de la Constitucion. —Santiago, 24 de Setiembre de 1841. —A. Bello. —J . M. Ortúzar.


Núm. 552

SOLICITUD DE T. SANDERS

La Comision de Gobierno encuentra arreglada esta solicitud i es de opinion que puede darse por el Senado la declaración prevenida en el artículo 7.º de la Constitucion. —Santiago, 24 de Setiembre de 1841. —A . Bello. —J. M. Ortúzar.


Núm. 553

SOLICITUD DE E. WHITE

La Comision de Gobierno, en vista de los antecedentes, encuentra arreglada la solicitud, i es de opinion que puede el Senado hacer la declaracion prevenida por el articulo 7.º de la Constitucion. —Santiago, 24 de Setiembre de 1841. —A. Bello, — M. J. Ortúzar.


Núm. 554

SOLICITUD DE L. DEFERARI

La Comision de Gobierno vistos los antecedentes encuentra arreglada la solicitud i es de opinion que puede el Senado hacer la declaracion prevenida por el artículo 7.º de la Constitucion. —Santiago, 24 de Setiembre de 1841. —A. Bello. —J. M . Ortúzar.


Núm 555

El Senado, en sesion de 24 del corriente, se ha servido acceder a la representacion de don José María Serra, en que solicita rehabilitacion de ciudadanía i que se remitió a esta Cámara por V. E. con su apreciable nota de 5 de Agosto próximo pasado.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Setiembre 29 de 1841. —A S. E . el Presidente de la República,


Núm. 556

A consecuencia de las solicitudes de don Martin Lopehandía, natural de España i avecindado en Santa Rosa de los Andes; de don Gabriel de la Quintana, natural de España residente en Valparaíso; de don Edmundo White i de don Santiago Sangley, naturales de Inglaterra i residentes en Valparaíso; de don Tomas Sanders, natural de Inglaterra i residente en el Puerto de Talcahuano; de don José Dámaso Herrera natural de la provincia de Mendoza i avecin